Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PARTICIPACIÓN, TRANSPARENCIA Y CULTURA
Núm. 715
Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura por la que se modifica la Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 21 de julio de 2015 por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 21 de julio de 2015, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº. 111, de 23 de julio, se delegaron determinadas competencias, y también la firma de algunos documentos, en determinados órganos de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura y se fijó el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura, todo eso en el marco de la nueva estructura organizativa de la Administración autonómica a raíz del Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma.
2. Se ha advertido un error en la redacción del apartado 4 de la Resolución publicada relativo al régimen de suplencias; por lo tanto, es oportuno corregirlo.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 17 y 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Los artículos 32, 33 y 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el apartado 4 de la Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 21 de julio de 2015 por la que se delegan varias competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia, que pasa a tener la redacción siguiente:
4. Fijar el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura en los términos siguientes:
a) En los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante de la secretaria general de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura, la tienen que suplir, en el despacho ordinario y en la tramitación de los actos que son competencia propia o delegada, y por este orden, los órganos directivos siguientes:
— El director general de Deportes y Juventud
— El director general de Participación y Transparencia
— El director general de Cultura
— La directora general de Política Lingüística
b) En los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante de cualquiera de los directores generales de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura, les tiene que suplir, en el despacho ordinario y en la tramitación de los actos que son competencia propia o delegada, la secretaria general de esta Consejería.
2. Disponer que esta Resolución tenga efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, a 25 de enero de 2016
La consejera de Participación, Transparencia y Cultura
Esperança Camps i Barber