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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 667
Bases reguladoras de las subvenciones municipales para el fomento de rehabilitación de fachadas

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Texto

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de día 18 de enero de 2016, acordó aprobar las bases reguladoras de les subvenciones municipales para el Plan de fomento de rehabilitación de fachadas en el ámbito del conjunto histórico y inmuebles incluidos en el catálogo municipal de la Ciutat d’Alcúdia del año 2016.

El Texto de las bases aprobadas es del siguiente tenor:

  

"BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES MUNICIPALES PARA EL FOMENTO DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS EN EL ÁMBITO DEL CONJUNTO HISTÓRICO Y INMUEBLES INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALCUDIA DEL AÑO 2016

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA

Es objeto de las presentes bases establecer y regular las ayudas económicas que, con cargo a la partida núm. PA336.781.000 de los presupuestos del Ayuntamiento de Alcúdia, se pretenden destinar al fomento de las actuaciones de adecuación, mejora, rehabilitación o conservación de las fachadas de los inmuebles emplazadas en el àmbito del Conjunto Histórico de la Ciutat d'Alcúdia, así como a los incluidos en el catálogo municiapl de ésta; todo con la finalidad de garantizar la colaboración entre la administración pública y los particulares para la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de Alcúdia.

SEGUNDA

La ejecución de las acciones o la presentación de documentación definida en estas bases será requisito imprescindible para la obtención de la subvención y su incumplimiento será motivo de denegación.

TERCERA

En todo lo no previsto en estas bases, se aplicará con carácter supletorio las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan la actividad de las administraciones públicas.

CUARTA

Corresponderá al Alcalde del Ayuntamiento de Alcúdia u órgano municipal competente resolver sobre la concesión o denegación de las subvenciones objeto de esta ordenanza.

QUINTA

Con la finalidad de mantener unas condiciones especialmente ventajosas para las obras objeto de esta ordenanza, se declaran expresamente compatibles las ayudas aquí previstas con los establecidos por otras administraciones públicas siempre que no se supere con las subvenciones concedidas el coste total de la obra.

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

SEXTA

Serán objeto de las ayudas establecidas en estas bases las actuaciones que se lleven a cabo dentro de los siguientes ámbitos:

 Ámbito 1 (A1): Incluye los inmuebles comprendidos dentro del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia (intra-muros).

 Ámbito 2 (A2): Incluye los inmuebles comprendidos en el entorno de protección, nueva delimitación del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia.

 Ámbito 3 (A3): Los edificios incluidos en el catálogo del patrimonio histórico y artístico del medio rural y solo urbano de Alcúdia aprobado.

SÉPTIMA

Los inmuebles objeto de estas bases no podrán haber sido construidos, ni haber sufrido una rehabilitación sustancial en los últimos 30 años excepto en los casos en que se especifique otra cosa.

OCTAVA

Quedan excluidas del ámbito de la subvención regulada por la siguientes bases:

a. Fachadas de edificios en situación de fuera de ordenación.

b. Obras que impliquen la demolición de fachadas.

c. Actuaciones que representen el vaciado estructural o derribo general del immueble en que se pretende actuar.

d. Fachadas de edificios en los cuales se haya iniciado, resuelto o no, un expediente de infracción urbanística.

NOVENA

Los elementos de la fachada que podrán ser objeto de subvención son:

- El propio paramento de la fachada

- Las puertas y ventadas (incluso las destinadas a instal.laciones de contadores o similares)

- Cornisas y aleros

- Canales y bajantes de aguas pluviales.

- Fiolas, dinteles, umbrales, jambas y zócalos.

- Eliminación del cableado de fachada.

 

REQUISITOS GENERALES y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

DÉCIMA

 a. Para acogerse a las ayudas de estas bases, los promotores de la obra tendrán que reunir las siguientes condiciones:

Ser personas físicas o, en el caso de edificaciones en régimen de propiedad horizontal, Comunidades de Propietarios.

• Ser propietarios, arrendatarios, usufructuarios del inmueble o titulares de otros títulos jurídicos de igual naturaleza admisibles en derecho.

• Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de acuerdo con las normas vigentes.

El beneficio que se reconozca por razón de una determinada actuación entenderá a quien se subrogue en la titularidad o uso de la finca y de la licencia de obras, previa acreditación documental.

b. El solicitante perderá todos los derechos sobre las ayudas concedidas en el supuesto de que se ejecuten las obras fuera de los parámetros autorizados en la licencia municipal de obras o de cualquier modificación concedida que no haya sido previamente autorizada.

c. Se establece una carencia de 10 años en el derecho de los promotores para volver a solicitar ayudas por el mismo concepto. con la excepción de obras incluidas por decreto en el Plan de Fomento de rehabilitación de fachadas en el año inmeditamente anterior al presente y que no pudieran haber presentado la solicitud y documentación de finlaización de las obras comprendida en la base 17ª de las presentes bases por causas imputables a este Ayuntamiento.

UNDÉCIMA

Los beneficiarios de las ayudas otorgadas están obligados a:

a. Tener capacidad jurídica de obrar.

b. Obtener la licencia municipal de obras previamente al inicio de las mismas.

c. Realizar las obras en los plazos máximos establecidos en las condiciones de la licencia de obras.

d. Justificar la inversión de las cantidades declaradas en la sol.licitud.

e. Permitir la actuaciones de comprobación, control y seguimiento de la obras a la corporación municiapal.

f. Comunicar al Ayuntamiento, con acreditación documental al efecto, la tramitación y obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos recibidos de otras administraciones por el mismo concepto.

g. Comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras y cualquier incidencia significativa que se produzca en la misma.

 

CUANTÍA y TIPO DE LAS AYUDAS

DUODÉCIMA

La subvención consistirá en una cantidad equivalente al 40% del coste real de la obra multiplicado por el coeficiente de corrección determinado en la base 13ª, con un máximo de 8.000, - euros.

Las ayudas incluyen, además, la bonificación del 95% del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Así como de la tasa de expedición de licencia urbanística, de ocupación de vía pública y cortes de calle.

A efectos de las presentes bases se considerará coste total de la obra la suma de:

- Importes contractuales de la ejecución de las obras de los diferentes contratistas a intervenir.

- Honorarios facultativos referentes a la gestión y dirección i, si cabe, los referentes a costes de diagnóstico y estudio previos y de elaboración de proyecto.

DECIMOTERCERA

La determinación de la cuantía de las subvenciones incluirá un coeficiente de corrección que vendrá determinado por el ámbito de actuación.

Los coeficientes de corrección son los siguientes:

F1: Correspondiente al ámbito de actuación A1 determinado en la base 6ª

Coeficiente de corrección = 1.

F2: Correspondiente al ámbito de actuación A2 determinado en la base 6ª

Coeficiente de corrección = 0,75

F3: Correspondiente al ámbito de actuación A3 determinado en la base 6ª

Coeficiente de corrección = 0,75

DECIMOCUARTA

Cuando coincidan en un mismo edificio la ejecución de obras de rehabilitación en diferentes viviendas promovidas por un mismo interesado, se entenderá que se trata de una única intervención y por tanto estará sujeto a las limitaciones establecidas en el artículo 13º aunque estas obras no sean coincidentes en el tiempo o en los conceptos.

TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES Y DOCUMENTACIÓN DE INCLUSIÓN EN EL PLAN

QUINCENA

Solicitudes de inclusión en el Plan

1.- Las solicitudes de inclusión en el Plan (anexo 1) se formularán en este Ayuntamiento con posterioridad al momento de solicitar la licencia de obras correspondiente y como máximo en el período de vigencia de ésta. Dichas solicitudes de deberán presentar con los modelos oficiales establecidos, acompañados de la documentación especificada en el punto 4º de la presente base.

2.- La tramitación de la solicitud de ayudas económicas estará vinculada a la tramitación del expediente de otorgamiento de licencia de obras, de tal forma que la no aceptación de la licencia de obras supondrá la no aceptación de la concesión de ayudas.

3.- Una vez presentada la solicitud de inclusión, los servicios técnicos del área de patrimonio la revisarán para verificar los requisitos y emitir informe sobre la conformidad o no de ésta.

4.- La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

o Solicitud de inclusión en el Plan debidamente cumplimentada. (Anexo 1).

o Fotocopia del DNI o del NIF del sol • solicitante, en caso de una comunidad de vecinos.

o Copia compulsada del título de ocupación (escritura de propiedad o contrato de alquiler) y, en su caso, autorización de la propiedad.

o Si el solicitante es una comunidad de propietarios, certificación del acta en la que se aprueben las obras de rehabilitación, con la relación anexa de copropietarios firmada por los representantes de la comunidad.

o Se deberá presentar declaración jurada del titular de la propiedad y / o del promotor de la obra conforme la vivienda se destinará a residencia habitual y permanente o a alquiler durante los próximos 10 años y que no será destinado a la explotación turística ni comercial (anexo 2).

o Número de cuenta de la entidad financiera en la que el solicitante quiere que el Ayuntamiento le abone la ayuda, si esta le es concedida (Anexo 3).

o Certificación de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcúdia, el Estado y con la Seguridad Social.

o Certificación de no incurrir en ningún supuesto contemplado en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (anexo 5).

o Certificación de no encontrarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo. (anexo 5).

o Plano de emplazamiento del inmueble.

o Fotografías del estado actual del edificio.

o Licencia municipal de obras o justificante de haberla solicitado.

o Plazo de ejecución de las obras.

o Presupuesto detallado de las obras (con mediciones de las partidas a realizar y precio unitario de cada una de ellas).

o Memoria descriptiva del tipo de intervención (materiales, acabados, etc.) o, en su caso, proyecto técnico debidamente visado.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si la solicitud de subvención no cumple los requisitos que se indican o no se incluye la documentación que corresponde, se requerirá a la entidad para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud.

 

RESOLUCIÓN, DOCUMENTACIÓN DE CONCESIONES DE LAS SUBVENCIONES I PAGO

DECIMOSEXTA

Procedimiento de resolución de las subvenciones:

1.- Presentada la documentación y solicitud conforme la base 15ª (anexo1) y, previo informe técnico, se resoldrá la inclusión, favorable o desfavorablemente, de cada una de las obras solicitadas.

2.- Finalizadas las obras incluidas en el Plan, se presentará la documentación y solicitud (anexo 4) conforme la base 17ª y, previo informe técnico, se concederá o denegará la subvención justificando el/los motivo/s.

3.- El plazo para resolver la concesión o denegación de las subvenciones será de 1 mes a contar desde el plazo establecido para presentar la solicitud de concesión y documentación establecida en la base 20ª.

4.- La concesión de las subvenciones se realizará siguiendo por orden de fecha de Resolución de Alcaldía, o regidor delegado, de inclusión de las obras incluidas en el Plan y, una vez se haya presentado, en plazo, la documentación y solicitud de la concesión de subvención y se haya emitido informe favorable por parte de los Sevicios Técnicos de Patrimonio conforme la base 17ª.

5.- La subvención se denegará una vez que se haya terminado la partida presupuestaria destinada al presente Plan.

6.- Cuando la partida presupuestaria fuese insuficiente para cubrir la última subvención concedida, se abonará la cantidad remanente de la partida presupuestaria destinada al Plan.

7.- Las subvenciones concedidas y las condiciones con las cuales se haya concedido serán aceptadas sin reservas por parte del beneficiario en el momento de concesión de la subvención.

8.- El silencio administrativo tendrá efecto negativo.

DECIMOSEPTIMA

Pago de las subvenciones

1.- El pago de la subvención se efectuará, previa solicitud, informe y resolución. Una vez realizadas las obras y previa aportación, juntamente con la solicitud de la concesión de la subvención (anexo 4), de la siguiente documentación:

* Certificación final de obras, suscrita por el facultativo o técnico que haya ejecutado la obra en el caso de obras mayores y del maestro de obras en el de obras menores.

* Justificación económica de la ejecución de las obras incluidas (facturas que demuestren el coste real de las obras de rehabilitación realmente ejecutadas y declaradas en la sol.licitud de inclusión en el Plan).

* Fotografías de la obra terminada.

2.- Una vez entrada la documentación y sol.licitud (anexo 4), los servicios técnicos municipales de patrimonio comprobarán que la obra objeto de la licencia se haya ejecutado correctamente y emitirán informe al respecto. Elaborado diho informe, se propondrá y resoldrá, favorable o desfavorablemente, el otorgamiento de la subvención.

PLAZOS

DECIMOCTAVA

El plazo de presentación de las solicitudes de inclusión en el Plan (anexo 1) empieza al día siguiente de la aprobación definitiva de las presentes bases, y finaliza un mes antes de la finalización del plazo para presentar la solicitud de concesión de subvención.

El plazo para presentar las solicitudes de concesión de subvención (anexo 4) acaba día 28 de octubre del año 2016.

 

PRÓRROGAS

DÉCIMONOVENA

Las solicitudes de concesión de prórrogas, debidamente motivadas, de los plazos de ejecución y justificación de las actuaciones aprobadas, se tendrán que presentar con anterioridad al vencimiento de los mismos. Se concederán por los siguientes supuestos:

 - Fuerza mayor.

 - Causas económicas.

 - Cualquier otra justificación que pueda ser apreciada por el Ayuntamineto como causa de la dilación temporal en la ejecución del proyecto.

El procedimiento para la tramitación de las prórrogas se iniciará a solicitud del interesado y se resoldrá por el órgano competente.

MODIFICACIÓN, INCUMPLIMIENTO y REINTEGRO

VIGÉSIMA

La alteración de las condiciones que determinaron la concesión de la subvención, y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas que superen el coste de las obras realmente realizadas puede dar lugar a la modificación de la resolución de otorgamiento.

VIGÉSIMO PRIMERA

El incumplimiento por causas imputables al beneficiario de las obligaciones impuestas como consecuencia de la concesión de las subvenciones, así como el falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados que hayan servido para la concesión de las subvenciones, conllevará la pérdida total o parcial de las mismas, y si procede, el reintegro con el abono de los intereses de demora, según lo establecido en la legislación vigente.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera

En todo lo no previsto en estas bases específicas se aplicará la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley general de subvenciones; así como el resto de normativa que le sea de aplicación.

 

ANEXO 1
SOLICITUD DE INCLUSIÓN EN EL PLAN DE FOMENTO DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS EN EL ÁMBITO DEL CONJUNTO HISTÒRICO Y IMMUEBLES INCLUIDOS EN EL CATÀLOGO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALCÚDIA DEL AÑO 2016

DATOS SOLICITANTE

Nombre y apellidos                                                                                                           CIF o NIF

Dirección                                                                                                                           Población

Dirección electrónica                                                            Código Postal                                               Teléfono

Nombre y apellidos representante y concepto

DESCRIPCIÓ DEL PROJECTE QUE MOTIVA LA SOL·LICITUD, AMB DETALL DEL PRESSUPOST

Breve descripción:

Aportación propia                                                                          Otras aportaciones

DOCUMENTACIÓ ADJUNTA

o Instancia del solicitante para la inclusión de la obra en este plan. (anexo 1).

o Fotocopia del DNI o del NIF del solicitante, en caso de una comunidad de vecinos.

o Copia compulsada del título de ocupación (escritura de propiedad o contrato de alquiler) y, en su caso, autorización de la propiedad.

o Si el solicitante es una comunidad de propietarios, certificación del acta en la que se aprueben las obras de rehabilitación, con la relación anexa de copropietarios firmada por los representantes de la comunidad.

o Se deberá presentar declaración jurada del titular de la propiedad y / o del promotor de la obra conforme la vivienda se destinará a residencia habitual y permanente o a alquiler durante los próximos 10 años y que no será destinado a la explotación turística ni comercial (anexo 2).

o Número de cuenta de la entidad financiera en la que es solicitante quiere que el Ayuntamiento le abone la ayuda, si se convierte en beneficiario (Anexo 3).

o Certificación de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcúdia, el Estado y con la seguridad social.

o Certificación de no incurrir en ningún supuesto contemplado en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (anexo 5).

o Certificación de no encontrarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo. (anexo 5).

o Plano de emplazamiento del inmueble.

o Fotografías del estado actual del edificio.

o Licencia municipal de obras o justificante de haberla sol • licitado.

o Plazo de ejecución de las obras.

o Presupuesto detallado de las obras (con mediciones de las partidas a realizar y precio unitario de las mismas).

o Memoria descriptiva del tipo de intervención (materiales, acabados, etc.) o, en su caso, proyecto técnico debidamente visado.

SOLICITAR:

Il·lm. Sr. BATLE - president de l’ajuntament d’alcúdia.

ALCÚDIA, de de 2016

De De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal le informamos que la recogida de sus datos personales es necesaria para la gestión de las ayudas y subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, y que serán conservadas por el Ayuntamiento de Alcúdia. Asimismo, informamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación • cancelación y oposición de los datos facilitados, en la siguiente dirección: Ayuntamiento de Alcúdia, Mayor, 9-07400.

 

 ANEXO 2
DECLARACIÓN DE OTRAS SUBVENCIONES SOLICITADAS

Apellidos y nombre

NIF

En representación de

Comunidad

CIF

En relación con solicitud de subvención correspondiente al ejercicio 2015 del programa de fomento de la Rehabilitación de Fachadas en el Ámbito del conjunto Histórico, el entorno de protección y inmuebles incluidos en el Catalogo Municipal de la Ciudad de Alcúdia y bajo mi responsabilidad,

DECLARO,

(   ) Que la edificación se destinará a residencia habitual y permanente o a alquiler durante los próximos 10 años y que no será destinado a la explotación turística.

 (   ) No haber solicitado ninguna subvención, ayuda, ingreso o recurso para sufragar el coste de ejecución de las obras objeto de la solicitud de subvención.

 Haber solicitado las subvenciones para rehabilitar el edificio que se señalan:

FECHA

ADMINISTRACIÓN CONCEDENTE

IMPORTE SOLICITADO

Alcúdia, de de 2016

El/la solicitante,

SENYOR BATLE – PRESIDENT DE L’AJUNTAMENT D’ALCÚDIA.

ANEXO 3
SOLICITUD DE TRASFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS DEL TESOROR DEL AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

DADES DEL CREDITOR

N.I.F.

Nombre y apellidos del creditor

C.Postal

Calle y número

Municipio

Provincia

DATOS DE LA TRANSFERENCIA

C.Banco

C. Ag.

D

C.Corriente/ libreta

Denominación de la entidad bancaria

C. Postal

Dirección agencia

Municipio

Provincia

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la cuenta corriente o libreta de ahorros abiertas a nombre mío. Y solicito también la compensación, en caso de existencia de deudas reconocidas a favor del ayuntamiento.

Diligencia de conformidad de la entidad

Estos datos coinciden con las existentes en esta entidad

 __________, ______ d__________de 201___

El Director,                                                                                                                    Fdo:

Firmado y sellado:

De conformidad con la ley 15/1999, le comunicamos que sus datos se incorporan a un fichero que se titularidad del ayuntamiento de Alcúdia (c / mayor, 9 07400-Alcudia). Estos datos serán tratados con la finalidad de poder ofrecer más servicios y de más calidad desde el ayuntamiento, así como poder disponer de una base de datos actualizada del tejido económico del municipio. Toda la información que le pedimos es necesaria para llevar a cabo de forma correcta estos fines. Asimismo, le informamos que tiene derecho a acceder, rectificar, cancelar u oponerse al tratamiento de sus datos. Para ello debe contactar con el ayuntamiento.

 ANEXO 4
SOLICITUD DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN Y COMUNICADO DE FINALIZACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PLAN DE FOMENTO DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS EN EL ÁMBITO DEL CONJUNTO HISTÓRICO Y INMUEBLES INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALCUDIA DEL AÑO 2016

DATO SOLICITANTE

Nombre y apellidos                                                                                                                                       CIF o NIF

Dirección                                                                                                                                                       Población

Municipio                                                                                                  Código Postal                                                                         Teléfono

Dirección electrónica

Nombre y apellidos representante y concepto

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO QUE MOTIVA LA SOLICITUD, CON DETALLE DEL PRESUPOSTO

Breve descripción:

Presupuesto total                                                                                                                                          Importe solicitado

Fecha de finalización                                                                                                                                   Otras aportaciones

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

o Certificación final de obras, suscrita por el facultativo o técnico que haya ejecutado la obra en el caso de obras mayores y del maestro de obras en el de obras menores.

o Justificación económica de la ejecución de las obras subvencionadas (facturas o comprobantes incluidos los bancarios, que demuestren que al menos se han invertido en las obras de rehabilitación las cantidades declaradas en la licencia de obras).

o Fotografías del estado actual de la obra terminada.

SOLICITUD:

Il·lm. Sr. BATLE - president de l’Ajuntament d’Alcúdia.

ALCÚDIA,                de                      de 2016

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal le informamos que la recogida de sus datos personales es necesaria para la gestión de las ayudas y subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, y que serán conservadas por el Ayuntamiento de Alcúdia. Asimismo, informamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación • cancelación y oposición de los datos facilitados, en la siguiente dirección: Ayuntamiento de Alcúdia, Mayor, 9-07400.

 

 ANEXO 5
DECLARACIÓN RESPONSABLE

Apellidos y nombre

NIF

En representación de

Tef.

Con domicilio en

CP

carrer

En relación con la solicitud de subvención para el ejercicio 2015 del programa de fomento de la Rehabilitación de Fachadas en el Ámbito del conjunto Histórico, el entorno de protección e inmuebles incluidos en el Catálogo Municipal de la Ciudad de Alcúdia y bajo mi responsabilidad,

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD,

(   ) Que no estoy sometido a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas, ni tengo incoado ningún procedimiento sancionador por este motivo.

(   ) Que no incurro en ningún supuesto contemplado en el art. 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Y para que conste y salga los efectos oportunos, expido y firmo la presente en

Alcúdia,            de                         de 2016.

El/la solicitante, "

Cosa que hacemos pública en

Alcúdia, 25 de enero de 2016

El Alcalde
Antoni Mir Llabrés