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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 434
Procedimiento oredinario 88/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000088/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. MIGUEL ANGEL MACIAS GOMEZ contra la empresa  MAIL DIRECT ENTRY SPAIN, SL, y FOGASA sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. MIGUEL ANGEL MACIAS GÓMEZ contra MAIL DIRECT ENTRY SPAIN, S.L., y condeno a MAIL DIRECT ENTRY SPAIN, S.L., a hacerle pago al actor, de la cantidad de 3.127 euros, en concepto de salarios pendientes, más el 10 % de interés por mora.

Se condena igualmente a la demandada al abono de las costas, a la parte actora, por un importe de 300 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  MAIL DIRECT ENTRY SPAIN, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a veintitrés de Diciembre de dos mil quince.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA