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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 260
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Convenio colectivo del Acuerdo de la Comisión Negociadora, de ampliación del plazo de ultraactividad del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Menorca (exp.: CC_AU_03/195, código de convenio 07001051011988)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El día 11 de mayo de 2015, la representación del Consejo de Menorca y la de su personal laboral suscribieron el texto del Acuerdo de ampliación del plazo de ultraactividad del Convenio colectivo de trabajo.

2. El día 13 de mayo, la señora Ana María Aramayo Vicente, en representación de la Comisión Negociadora, solicitó el registro, el depósito y la publicación del Acuerdo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Inscribir y depositar el Acuerdo de la Comisión Negociadora de ampliación del plazo de ultraactividad del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Menorca en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta resolución a la Comisión Negociadora.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua castellana y hacer constar que la versión catalana es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión castellana es su traducción.

4. Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

     Palma, 9 de noviembre de 2015

   

La directora general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral

Isabel Castro Fernández

Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria (BOIB 105/2015)

  

ACUERDO DE PRÓRROGA DE LA ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO QUE RIGE LAS RELACIONES ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y SU PERSONAL LABORAL

REUNIDOS:

Por la corporación:

Sra. Pilar Pons Faner, consejera ejecutiva de Servicios Generales, Trabajo e Innovación

Por los trabajadores:

Representante del Comité de Empresa

Sra. Judith Aisa Garbayo, CCOO

Sr. Miguel Pérez Villatoro, CCOO

Sra. Mª José Moragrega Luis, CCOO

Sra. Agueda Rodríguez Sánchez, CCOO

Sr. Luis Foyé Motnaner, CCOO

Sr. Miquel Preto Fernández, CCOO

Sra. Mª Victoria Suarez Bilbao, CCOO

Sra. Ana Mª Encinas Quesada UGT

MANIFIESTAN:

1. Que el 12 de mayo de 2014 la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral de la Consejería de Economía y Competitividad comunicó al Consejo Insular de Menorca la recepción del escrito de denuncia del Convenio colectivo que regula las relaciones entre el Consejo Insular de Menorca y su personal laboral.

2. Que, posteriormente, se designaron los miembros de la mesa de negociación que prevé el Estatuto básico del empleado público y la normativa laboral vigente.

3. Que el artículo 86.3 del Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), en la redacción establecida por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, dispone que “(...) transcurrido un año desde la denuncia del Convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquel perderá, salvo pacto expreso en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación”.

4. Que todas las partes quieren que se mantenga la vigencia del convenio colectivo antes citado hasta que finalicen las negociaciones que actualmente se están realizando.

Por todo ello,

ACUERDAN:

1º. Prorrogar las negociaciones, con el compromiso de intensificar, agilizar y cerrar este proceso lo más pronto posible con la firma de un nuevo convenio colectivo.

2º. Mantener la vigencia del convenio colectivo regulador de las relaciones entre el Consejo Insular de Menorca y su personal laboral mientras continúen el proceso de negociación y se firme un nuevo convenio.

3º.Comunicar este acuerdo a la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral de la Consejería de Economía y Competitividad a los efectos correspondientes.

 

Mahón, 11 de mayo de 2015

CONSEJERA DE SERVICIOS GENERALES, TRABAJO E INNOVACIÓN

PRESIDENTA COMITÉ DE EMPRESA

Firmado

Firmado

Pilar Pons Faner

Sra. Judit Aisa Garbayo (CCOO)

MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA

Firmado

Firmado

Sra. Mª Victoria Suarez Bilbao (CCOO)

Sr. Miguel Pérez Villatoro (CCOO)

Firmado

Firmado

Sr. Luis Foyé Motnaner (CCOO)

Sra. Mª José Moragrega Luis (CCOO)

Firmado

Firmado

Sr. Miquel Preto Fernández (CCOO)

Sra. Águeda Rodríguez Sánchez (CCOO)

Firmado

Sra. Ana Mª Encinas Quesada (UGT)