Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA
Núm. 359
Procedimiento ordinario 174/2014 sobre otras materias
D./Dª. MARIA CORPUS PARRA ROPERO, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.2 de INCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de ENDESA ENERGIA SAU. frente a JAIME VILCHEZ SANCHEZ se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
“SENTENCIA
En la Ciudad de Inca, a ocho de abril del dos mil quince.
La Sra. Dª. Mª VICTORIA PELUFO ENGUIX, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad y su Partido, habiendo visto los autos del juicio ordinario con el número 174/14, seguidos a instancia de ENDESA ENERGIA SAU, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª JUANA MARIA SERRA y defendida por la Letrada Dª. VANESA LOPEZ MENDEZ, contra JAIME VILCHEZ SANCHEZ, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, se procede a dictar la siguiente resolución:
FALLO
1.-Se estima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª. JUANA MARIA SERRA, en nombre y representación de la entidad “ENDESA ENERGIA SAU”, contra JAIME VILCHEZ SANCHEZ.
2.-Se condena al demandado a abonar a la actora la cantidad de 7.815,95 euros, más los intereses legales hasta el total pago de la deuda.
3.-Se imponen a la parte demandada las costas causadas en esta instancia.
Recurso. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de su notificación. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.
LA MAGISTRADO/JUEZ,”
Y encontrándose dicho demandado, JAIME VILCHEZ SANCHEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
INCA a trece de Enero de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,