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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 240
Despido/Ceses en General 409/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª BEGOÑA MARI RUIZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE PALMA DE MALLORCA. 

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª BARTOLOME LLABRES PASCUAL contra  HOTELES GAVIMAR SA, HERLLA SL, APARTAMENTOS CALA GRAN SL, LLAHO SA, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000409/2014 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a HERLLA SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 3/3/16 a las 9:30 horas, en C/TRAVESSA DEN BALLESTER - Sala 006, para la  celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. 

Y para que sirva de citación a HERLLA SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y colocación en el tablón de anuncios. 

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Enero de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA