Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO VELÓDROMO PALMA ARENA
Núm. 290
Resolución de la presidenta del Consorcio Velódromo Palma Arena por la cual se delega la firma en el director gerente del Consorcio Velódromo Palma Arena y se establece el régimen de suplencia
Hechos
1. El artículo 14 de los Estatutos del Consorcio atribuye a la Presidencia, entre otras competencias, la de actuar como órgano de contratación y tener la firma del Consorcio en cualquier tipo de acto, contratos y convenios que formalice el Consorcio para el desarrollo de sus actividades que impliquen compromisos firmes ante terceros.
Este mismo artículo establece en el punto x que la Presidencia puede delegar sus funciones, en todo o en parte, con carácter temporal o permanente, en el director gerente, excepto las que le haya delegado la Junta Rectora.
2. Atendiendo al elevado volumen de trabajo del Consorcio y, sobretodo, por razones de operatividad, eficacia y racionalidad, se considera conveniente delegar en el director gerente del Consorcio Velódromo Palma Arena la firma de los documentos de formalización de los contratos administrativos.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 13, 16 y 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Los artículos 31, 32 y 42 d de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
3. Los artículos 13, 14 y 15 de los Estatutos del Consorcio Velódromo Palma Arena.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Delegar en el director gerente del Consorcio Velódromo Palma Arena la firma de los documentos de formalización de los contratos administrativos.
2. En el caso de ausencia, enfermedad o vacante de la presidenta del Consorcio Velódromo Palma Arena, se delegan las facultades previstas en el artículo 14 de los Estatutos en el director gerente del Consorcio.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 18 de diciembre de 2015
La presidenta
Esperança Camps i Barber