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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 56
Procedimiento ordinario 330/2011 sobre otras materias

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Texto

NOTIFICACION DE SENTENCIA

D./Dña.  JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN, Letrado de la Administración de Justicia del JUZGADO DE  PRIMERA INSTANCIA N. 10 de PALMA DE MALLORCA,

HAGO SABER:

En los autos de referencia se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento es:

“SENTENCIA nº 135/14

En Palma de Mallorca, a 31 de octubre de 2014.

Vistos por SSª Doña María Pilar Esteban Pellicer, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Palma de Mallorca, en juicio oral y audiencia pública, los Autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos en este Juzgado bajo el número 330/11, a instancia del Procurador de los Tribunales Doña Eulalia Arbona Niell, en nombre y representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ANTONIO VIVALDI Nº 1, contra la entidad RUSTIC HOTELS, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Mateo Cabrer Acosta.  Mediante Decreto de fecha 6 de abril de 2011, se admitió a trámite la demanda presentada dándose traslado junto con sus documentos a la parte demandada para su contestación en el plazo de veinte días, lo que se verificó por medio del Procurador de los Tribunales D. Mateo Cabrer Acosta, actuando en nombre y representación de la entidad RUSTIC HOTELS, S.L., en fecha de 20 de mayo de 2011, quien interesó la llamada al proceso de los arquitectos DON RAFAEL VIDAL JUSTE y DON JOAN BALLE MONJO, el arquitecto técnico DON ALEJANDRO FERNÁNDEZ CARDONA, la mercantil EJECUCIÓN BALEAR DE CONTRATAS S.L., la entidad ASISTENCIA TÉCNICA Y CONTROL DE CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN S.A., PINTURAS Y RESTAURACIÓN OLIVER HERMANOS S.L., y CERRAJERÍAS ARVI S.L, admitiéndose la intervención mediante Auto de fecha 12 de marzo de 2012. “

Y en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a la entidad EJECUCION BALEAR DE CONTRATAS SL la sentencia nº 135/14 dictada en el presente procedimiento, haciéndole saber que dicha resolución  se halla a disposición del demandado en la Secretaria de este Juzgado y  se le hace saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial ante este mismo juzgado en el término de 20 días y líbrese testimonio que se unirá a las actuaciones quedando el original archivado en el libro de sentencias del Juzgado.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA