Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 15 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18664
Juicio verbal 75/2015 sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª. GEMA BURRIEL MANZANARES, Letrada de la Administración de JUsticia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento JVB 75/2015 seguido a instancia de MIGUEL FORTEZA-REY COLOM frente a GLORIA LUDMILA RIVACOBA WAMBA se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

“ SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a nueve de diciembre de dos mil quince, el Sr. D. Carlos Augusto de la Fuente de Iracheta, Magistrado-Juez de Primera Instancia del Juzgado nº Quince de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, ha visto los presentes autos de JUICIO VERBAL seguidos ante este Juzgado con el nº 75/2.015, a instancia de D. MIGUEL FORTEZA-REY COLOM, representado por el Procurador Sr. Arbona Casasnovas, y dirigido por el Letrado D. Ignacio Forteza-Rey Bover, colegiado nº 827 del ICAIB, contra Dª GLORIA-LUDMILA RIVACOBA WAMBA, con DNI nº 14952846V, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad. “

“FALLO

QUE ESTIMANDO íntegramente la demanda formulada por formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Arbona Casasnovas, en nombre y representación de D. MIGUEL FORTEZA-REY COLOM, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada Dª GLORIA-LUDMILA RIVACOBA WAMBA, a pagar a la actora la suma de CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.532,77 euros), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda (30 de enero de 2015) hasta la fecha de la presente resolución, a partir de la cual se devengará, a favor del acreedor, un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos hasta su completo pago, todo ello con expresa condena de las costas causadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el cual se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente al de su notificación en la forma establecida en el artículo 458 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo, adviértase a las partes que el recurso no se admitirá a trámite si no acreditan, al interponerlo, haber constituido, mediante su consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, un depósito por importe de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, así como, en su caso, el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2013), modificada nuevamente por el artículo 11 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social (BOE núm. 51, de 28 de febrero de 2015).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. “

Y encontrándose dicha demandada, GLORIA LUDMILA RIVACOBA WAMBA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

PALMA DE MALLORCA a nueve de Diciembre de dos mil quince.

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA