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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 279
Resolución del Presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares por la que se archiva el expediente núm. 15468/2010 relativo al proyecto de acondicionamiento de la Ma-3110 hasta la Ma-3011 (Algaida- Sencelles) tramo I. Tm Algaida y Sencelles

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Texto

Hechos

1. En fecha 13/05/2010 (RE CMAiT núm. 15 468) tiene entrada en la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (en adelante CMAIB) oficio de la Dirección Insular de Carreteras del Consell de Mallorca por el que solicita la emisión del correspondiente informe de fase previa de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Islas Baleares, y se adjunta la memoria resumen .

2. En fecha 24/05/2010, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Islas Baleares, la CMAIB sollicita informe a la Dirección Insular de Patrimonio y al Departamento de Territorio del Consell de Mallorca, Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Biodivarsitat, Ayuntamiento de Algaida y Ayuntamiento de Sencelles.

3. En fecha 10/06/2010 tiene entrada en la CMAIB el informe emitido por el Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Biodiversidad.

4. En fecha 05/07/2010 (RE CMAiM núm. 23428) tiene entrada en la CMAIB el informe emitido por el técnico en patrimonio etnológico de la Dirección Insular de Patrimonio.

5. En fecha 22/11/2010 se emite informe de fase previa de consulta.

6. En fecha 29/11/2010 (RS CMAiM núm. 32885) la CMAIB remite al órgano sustantivo el informe de fase previa de consulta.

7. En fecha 25/06/2012 (RS CMAiT núm. 24452) el Presidente de la CMAIB da trámite de audiencia al promotor antes de proceder a la caducidad del procedimiento y archivo de las actuaciones.

8. En fecha 09.19.2012 (RE CMAiT núm. 31897) tiene entrada en la CMAIB oficio de día 10/09/2012 por el que comunica su intención de continuar con el expediente.

9. En fecha 05.25.2015 (RS CMAiT núm. 15.741) el Presidente de la CMAIB reitera el trámite de audiencia al promotor antes de proceder a la caducidad del procedimiento y archivo de las actuaciones.

10. En fecha 07.07.2015 (RE CMAiT núm. 24649 y SAA núm. 1016) tiene entrada en la CMAIB oficio del Departamento de Urbanime y Territorio del Consell de Mallorca por el que se solicita la conservación de actos y trámites y su intención de continuar con el expediente.

11. En fecha 30.11.2015 (RE CMAAiP núm. 35.626 y SAA núm. 1.694 de 01.12.2015) tiene entrada en la CMAIB escrito del director insular de Infraestructuras y Movilidad del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca de día 11/25/2015 por el que desisten del expediente.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 87 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contempla la resolución como una de las formas que pone fin a un procedimiento administrativo. También establece el desistimiento como una de las formas que pone fin a un procedimiento.

2. El artículo 90 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que en todo interesado podrá desistir de su sol • licitud, o cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

3. El artículo 91.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que la administración aceptará el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento, salvo que habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instaran éstos su continuación.

4. El Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares de fecha 10/30/2015 de delegación de competencias del Pleno en su Presidente (1.a. Tener por desistido al promotor de un proyecto, plan o programa por falta de subsanación de deficiencias o aportación de documentación en el plazo concedido al efecto, previo informe jurídico). BOIB núm.168 de 11/14/2015.

RESOLUCIÓN

1. Aceptar el desistimiento de la petición de la dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca.

2. Archivar el expediente núm. 15468/2010 relativo al proyecto de acondicionamiento de la Ma-3110 hasta la Ma-3011 (Algaida- Sencelles) tramo I. Tm Algaida y Sencelles.

3. Notificar esta Resolución al órgano promotor de la tramitación ambiental.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución - que agota la vía administrativa - se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

          

Palma, 12 de enero de 2016

       

 El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias