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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 274
Cobranza de recibos del año 2016 por los conceptos de tasa por la prestación del servicio de suministro de agua a través de red domiciliaria y de tasa por prestación del servicio de alcantarillado
Sebastià Vicens i Pons, Tesorero de este Ayuntamiento y Jefe de los Servicios de Recaudación del mismo,
HACE SABER:
Que en los plazos que a continuación se señalarán, estarán puestos al cobro las liquidaciones por recibo correspondientes al año 2016, por los conceptos “Tasa por la prestación del Servicio de Suministro de Agua a través de Red domiciliaria” y “Tasa por prestación del Servicio de Alcantarillado”, en su modalidad de medición de consumos de agua a través de Red, ambos de periodicidad bimestral.
De conformidad a lo dispuesto en sus respectivas Ordenanzas reguladoras, el plazo de ingreso en período voluntario queda determinado con arreglo al siguiente calendario:
AÑO 2016
Periodo Facturado |
Plazo Ingreso en Periodo Voluntario |
---|---|
Enero - Febrero |
Del 1 al 31 de Marzo de 2016 |
Marzo - Abril |
Del 1 al 31 de Mayo de 2016 |
Mayo - Junio |
Del 1 al 31 de Julio de 2016 |
Julio - Agosto |
Del 1 al 30 de Septiembre de 2016 |
Septiembre - Octubre |
Del 1 al 30 de Noviembre de 2016 |
Noviembre - Diciembre |
Del 1 al 31 de Enero del 2017 |
Si la fecha de finalización de los plazos de ingreso fuese inhábil, se entenderá trasladada al día inmediato hábil posterior.
Las personas contribuyentes afectadas podrán realizar los ingresos citados en las Dependencias del Servicio Recaudatorio Municipal, sitas en la calle Can Vich, nº 14 de Calvià, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas, durante los plazos indicados.
Asimismo se recuerda que las personas contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación del pago a través de Bancos y Cajas de Ahorro, con arreglo a lo establecido en el Artº 38 del Reglamento General de Recaudación; dichas domiciliaciones bancarias se entenderán de aplicación conjunta a las cuotas de la Tasa por Suministro de Agua, de la Tasa de Alcantarillado y del Canon de Saneamiento de Aguas del Govern Balear.
Finalizados los respectivos plazos de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las cuotas impagadas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengando los recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y costas que se produzcan, de conformidad y en los términos y condiciones previstos en la Ley General Tributaria.
Lo que, con el Visto Bueno del Teniente de Alcalde Delegado de Economía, Empleo e Innovación se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artº 24.1 y 2 de Reglamento General de Recaudación.
Calvià, a 11 de Enero de 2016
VºBº
La Teniente de Alcalde de Economía, Empleo e Innovación
Mª del Carmen Iglesias Manjón
El Tesorero
Sebastià Vicens i Pons