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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 268
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la CT de Ibiza, promovida por Gas y Electricidad Generación SAU consistente en la instalación de un sistema de depuración de gasóleo (IPPC M18/2014)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de noviembre de 2015,

 

"CONSIDERANDO

1. Que GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU ha solicitado una modificación de la AAI consistente en la instalación de un sistema de depuración de gasóleo.

2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 10. 2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio y del arte. 14 del RD 815/2013.

3. Que la modificación implica una mejora ambiental y de proceso con la eliminación de las impurezas del gasóleo antes de su combustión.

4. Que los informes emitidos por los diferentes departamentos son favorables y consideran la modificación como no sustancial.

 

ACUERDA

Informar favorablemente el otorgamiento de la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de CT de Ibiza, consistente en la instalación de un sistema de depuración de gasóleo, con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto técnico que acompaña la solicitud.

En cumplimiento del artículo 82 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, para el inicio y desarrollo de la actividad , el titular deberá presentar una declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad ante la conselleria competente en materia de medio ambiente, acreditativa de las obras realmente ejecutadas y, si es necesario, las variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado.

La declaración responsable deberá acompañar del certificado final de obra del técnico director.

También se recuerda:

a) De acuerdo con el informe del Servicio de Seguridad Industrial, una vez se haya ejecutado la instalación de productos petrolíferos, el titular deberá registrarse la instalación en el Registro de Instalaciones de Productos Petrolíferos de la DG de Industria y Energía.

1. De acuerdo con el informe del Servicio de Ordenación de Emergencias, se actualizará el Plan de Autoprotección, según el Real Decreto 393/2007, de 27 de marzo, mediante el cual se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar lugar a situaciones de emergencia, cumpliendo, asimismo, el Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de ordenación de emergencias en las Illes Balears. "

 

Interposición de recursos

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación del acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

 Palma, 8 de enero de 2016

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias