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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 134
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos que presta el Consell de Mallorca (revisión según el IPC para el año 2016)

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Texto

En fecha 8 de octubre de 2015, el Pleno del Consell Insular de Mallorca aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos que presta el Consell de Mallorca (revisión según el IPC para el año 2016), publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, nº. 161, de fecha 3 de noviembre de 2015 y en uno de los diarios de mayor difusión de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, durante un plazo de 30 días hábiles.

Habiendo transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública previsto en el  acuerdo de aprobación inicial, en cumplimiento del punto 17.1 del Real Decreto legislativo 2/20004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y visto que no se han presentado reclamaciones, este acuerdo queda elevado a definitivo de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 17.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 65 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

 

Palma, 21 de diciembre de 2015

El secretario general
Jeroni Miquel Mas Rigo

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO CUARTO Y LA DISPOSICIÓN FINAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA SERVICIOS DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS

Artículo 4º- TARIFA.

La tasa se exigirá de acuerdo a las siguientes tarifas:

SERVICIOS

COSTE UNITARIO (€)

18

Emisión de duplicado de hoja de inspección periódica y/o adhesivo

4,36 €

19

Inspección periódica tractores agrícolas

21,77 €

20

Inspección periódica remolques agrícolas

13,08 €

21

Inspección previa a matriculación vehículos de tráfico comunitario o de importación

126,44 €

22

Inspección previa a matriculación vehículos exentos de homologación y vehículos históricos

102,46 €

23

Inspección previa matriculación vehículos españoles o importados por representante oficial y por cambio de matricula española

44,27 €

24

Reformas con proyecto

27,12 €

25

Reformas sin proyecto

13,55 €

26

Duplicados de Tarjeta de ITV

8,96 €

27

Verificación y precintaje de aparatos taxímetros

14,17 €

29

Anotación Tarjeta de ITV

6,34 €

30

Carpeta e impresos

1,25 €

31

Emisión certificado sin inspección previa

4,49 €

32

Emisión certificado con inspección previa

13,55 €

33

Desplazamiento por inspección de vehículos agrícolas con un importe máximo de 7,91€ [p = 54,52€+ (n-1) x 5,46€]

7,92 €

54,57 €

5,47 €

34

Certificados ATP y ADR

45,26 €

* n = número de vehículos a inspeccionar en un mismo desplazamiento

  • Para la segunda inspección de comprobación de la corrección de los defectos observados en la inspección periódica de vehículos agrícolas con resultado desfavorable, se efectuará una inspección parcial de los defectos.
  • A las inspecciones periódicas en tractores y remolques agrícolas se aplicará la tasa de desplazamiento [p = 54,52€+ (n-1) x 5,46€,] cuando  sea necesario, limitado su importe en 7,91€ como máximo por vehículo.
  • Las tasas caducarán al año de la fecha de apertura de los expedientes que las motivan.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza, que fue aprobada provisionalmente por el Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 8 de octubre de 2015, entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el BOIB, será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2016 y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”