Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 121
Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas a programa de deporte en Formentera para el año 2015 y apertura del plazo para la presentación de instancias
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera en sesión celebrada el 18/12/2015, aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas al programa de deporte en Formentera para el año 2015 y apertura del plazo para la presentación de instancias, conforme al siguiente acuerdo:
Primera.- Aprobar la convocatoria y las BASES REGULADORES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES Y AJUDAS AL PROGRAMA DE DEPORTE A FORMENTERA PARA EL AÑO 2015 con una dotación de 74.000,00€, con cargo a la partida 2016.341.48000.01, de las cuales constan adjuntas en este documento como ANEXO I
Segundo. - Publicar las presentes Bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Formentera y en la página web de esta Administración a los efectos legales oportunos.
Tercera. - Abrir un plazo para la presentación de solicitudes según lo previsto en la base quinta de la presente convocatoria.
ANEXO I.
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL PROGRAMA DE DEPORTES EN FORMENTERA PARA EL AÑO 2015
Justificación
Dado que la importancia del deporte fue recogida en el conjunto de principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española, y así su artículo 43.3 establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte, y facilitarán la adecuada utilización del tiempo libre.
Por su parte, la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares ya en su exposición de motivos destaca que “El deporte, entendido como la expresión de la actividad física, reglada o no, es un bien para la sociedad y hace falta tener cuidado, potenciarlo y posibilitar que toda la ciudadanía de las Islas tenga opciones de practicarlo, de forma individual o formando parte de las diferentes y necesarias organizaciones deportivas que lo gestionan y que son igualmente valoradas y necesarias en la sociedad.”
Asimismo, su artículo 3 dice que “La actividad física y el deporte son funciones sociales que contribuyen al desarrollo y a la formación integral de las personas y a la mejora de su calidad de vida.”
Y su artículo 11 establece que una de las competencias de los consejos Insulares es: “Definir, planificar y ejecutar los programas dirigidos a una mayor práctica deportiva en los diferentes ámbitos y sectores sociales, y participar.”
Por todo esto, el Consell Insular de Formentera, mediante su departamento de Deportes, quiere fomentar la práctica deportiva con esta convocatoria de subvenciones y ayudas.
En ejercicio de esta competencia, se hace la presente convocatoria conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
El Consell Insular de Formentera a través del Área de Deportes convoca la concesión de subvenciones destinadas a clubes y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Formentera, en régimen de concurrencia competitiva, que colabore con el Consell de Formentera en la promoción, desarrollo y práctica deportiva, para los siguientes valores;
Segunda.- Dotación económica.
Para las ayudas objeto de esta convocatoria irán con cargo a la partida presupuestaria, 2016.341.48000.01 del ejercicio presupuestario del año 2016, y quedará repartidas de la siguiente manera:
2.1 En el caso que en una línea no se agote la consignación presupuestaria, la cantidad sobrante será asignada a otra línea.
Tercera.- Requisitos generales de los solicitantes.
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de la subvención las asociaciones y clubes deportivos de Formentera que realicen actividades cuya finalidad sea el fomento y la potenciación de la práctica deportiva en el municipio.
Los clubes y asociaciones solicitantes para ser admitidas y beneficiarias de la subvención, deberán reunir los siguientes requisitos generales:
Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno Balear
Cuarta.- Obligaciones de los Clubes y asociaciones beneficiarias.
Los Clubes y Asociaciones beneficiarias de la subvención tendrán las siguientes obligaciones:
En el caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones anteriores, el beneficiario procederá al reintegro de las cantidades percibidas. Dicho reintegro también se producirá en los casos y en la forma prevista en la normativa reguladora de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Quinta.- Lugar y plazo de presentación.
Sexta.- Documentación que debe aportarse.
Las Asociaciones a que se refiere la presente convocatoria deberán presentar la siguiente documentación:
(SOLÓ SI LA ÁREA DE DEPORTES NO LO TIENE EN SU ARCHIVO)
Junto a la solicitud, se acompañara la siguiente documentación:
Si alguno de los documentos exigidos, ya estuviera en poder del área de deportes del Consell Insular de Formentera, el solicitante de la subvención podrá acogerse a lo establecido en el apartado f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento y no habiendo sufrido ninguna modificación desde su aportación.
Además de la solicitud a presentar, se incluirá un sobre por cada apartado a la que concursa, aportando la siguiente documentación en cada uno de los casos. (toda la documentación deberá de presentarse firmada por el responsable o representante de la entidad y toda la documentación presentada deberá de ser original)
Sobre de solicitud de subvención para el apartado 1.
Sobre de solicitud de subvención para el apartado 2.
Séptima- Régimen de las ayudas.
Octava.- Conceptos y actividades subvencionables.
Serán objeto de subvención los conceptos y los gastos del club que correspondan exclusivamente a los desarrollados durante el año 2015
Gastos subvencionables:
Nota: Se presentará siempre original y copia de cada documento para su compulsa. Esta documentación se compulsará (copia) y sellar (original) para controlar la concurrencia de subvenciones, efectuando la devolución del original una vez comprobado y sellado la documentación.
8.a) Una factura debe contener al menos la siguiente información:
8.b) En los pagos realizados a profesionales por servicios prestados, debe constar:
8.c) Se subvencionará con importes máximos los siguientes aspectos:
CONCEPTO |
CANTIDAD MÁXIMA |
---|---|
Teléfono |
600,00 € |
Gastos protocolarios |
1.000,00 € |
Ropa deportiva |
5.000,00 € |
8.d) Gastos no subvencionables
Novena.- Comisión evaluadora.
Habrá una Comisión evaluadora formada por:
Vocales
Son funciones de esta comisión:
Décima .- Órgano Instructor.
El órgano instructor del presente procedimiento es el área de Deportes del Consell Insular de Formentera, que debe llevar a cabo las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales dictará resolución, en el marco del artículo 16 Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
Undécima. - Propuesta de Resolución
El órgano instructor, a la vista del procedimiento y del informe propuesta emitido por la comisión evaluadora, formulará propuesta de resolución, debidamente motivada, que deberá notificarse en forma, publicándose en el tablón de anuncios del OAC del Consell Insular de Formentera.
Posteriormente, se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Duodécima. - Resolución definitiva y comunicación a las personas interesadas.
Con fundamento en el informe de la Comisión Evaluadora, el/la conseller/a del área de Deportes, elevará propuesta a la Comisión de Gobierno. Esta, como órgano competente, es la encargada de decidir la concesión o denegación de las subvenciones, y expresará la lista de beneficiarios propuestos para el otorgamiento de subvención y su cuantía, así como de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Posteriormente se dictará Resolución de Presidencia con esta lista de subvenciones otorgadas y denegadas, la que se notificará a todas las personas interesadas.
La resolución del acuerdo de la Comisión de Gobierno se hará pública en el tablón de anuncios de la corporación, a los efectos previstos en el art. 59.6. b) de la LRJAPIPAC, y de conformidad con el art. 34. 2.c) del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, así como en la página web: www.consellinsulardeformentera.cat.
Decimotercera. - Recursos
La resolución de la concesión o de la denegación de la solicitud, agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación, según lo establecido en los art. 116 y 117 de la LRJAPiPAC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde la notificación, ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Palma (Mallorca), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio, referente de la jurisdicción contencioso administrativa.
Decimocuarta. - Importe de la subvención, abono y justificación.
Una vez resuelto el procedimiento de concesión, el Área de Deportes iniciará los trámites necesarios para el pago de las correspondientes ayudas.
El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria, previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad para la que se concedió en los términos establecidos en las presentes bases.
Teniendo en cuenta que se trata de una convocatoria en la que las solicitudes se presentan una vez realizada la actividad, la justificación de los gastos se debe hacer en el momento de presentación de la solicitud de subvención, según establece el artículo 5º.
La justificación debería comprender, en todo caso, los elementos que a continuación se detallan:
1- Un dossier técnico sencillo pero bien documentado de todos los programas deportivos realizados junto con una descripción de las actividades
Los clubes deberán incluir en el dossier técnico el mayor número de datos posibles sobre las actividades realizadas, con una descripción amplia y detallada que clarifique el más importante de los contenidos deportivos.
2- Liquidación económica del programa de actividades subvencionadas, incluyendo una relación de los ingresos y gastos generados de cada una de ellas de acuerdo con lo presentado en el proyecto. En esta liquidación, la suma de los ingresos debe ser igual a la suma de los gastos más menos el remanente déficit de tesorería.
3- Relación de facturas del gasto efectuado en el año 2015, como mínimo, por el importe de la subvención concedida, las cuales deberán reunir los requisitos regulados en el RD 1496/2003 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de las obligaciones de facturar.
4- Presentar justificante del pago de las facturas presentadas en la justificación así como los documentos que justifiquen el desglose de los mismos.
5.- La liquidación de ingresos y gastos, se refiere a una relación genérica y valorada de todos los ingresos que ha obtenido la entidad beneficiaria de la subvención, así como de los gastos, todos ellos referidos al período para el que se concede la subvención. En esta liquidación la suma de los ingresos debe ser igual a la suma de gastos más / menos el remanente de déficit de tesorería.
Si del examen de la documentación presentada, resulta estar incompleta, se concederá un plazo improrrogable de diez días naturales para su subsanación, transcurridos los cuales, sin efectuar esta se perderá el derecho a la enmienda concedida con la obligación automática de reintegro de los importes previamente percibidos, junto con los intereses legales, a contar desde la fecha de su concesión y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Subvenciones del Consell Insular de Formentera.
Decimoquinta. - Reintegro de la subvención
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos;
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley General Presupuestaria.
El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Decimosexta. - Régimen de infracciones y sanciones
El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases da lugar a aplicar el régimen de infracciones y sanciones establecido en el título V del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares; en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su normativa de desarrollo.
Decimoséptima. - Normativa aplicable.
Esta convocatoria se rige por estas bases y, en lo que no esté previsto, por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, en todo aquello que sea de aplicación.
Decimoctava. - Publicación.
Según lo establecido en el artículo 34 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). También se publicarán en el tablón de anuncios de la OAC del Consejo Insular de Formentera y al sitio y la Corporación www.consellinsulardeformentera.cat. Entrarán en vigor al día siguiente de su publicación
Formentera, 16 de diciembre de 2015
La Presidenta en funciones,
Susana Labrador Manchado
BAREMO DE PUNTUACIÓN APARTADO 1 (Ayudas para potenciar y fomentar la actividad federada y competitiva, la formación y la proyección de los deportistas de Formentera a través de los clubes o asociaciones sin ánimo de lucro);
NOTA: LOS CLUBS QUE TENGUAN DOS SECCIONES PUNTUARAN POR SEPARADO Y DEBERAN PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN DE LAS DOS SECCIONES CLARAMENTE DIFERENCIADAS
Puntuación por licencia federativa;
Siempre hasta un máximo de 150 puntos.
Puntuación por deportistas de élite o tecnificación;
Siempre hasta un máximo de 100 puntos.
Puntuación por actuaciones/jornadas según calendarios oficiales en deportes de equipo y por actuaciones individuales en deportes individuales;
Siempre hasta un máximo de 100 puntos.
En deportes de competición por equipos, según número de encuentros por calendario;
(Tendrá que presentar el calendario de cada categoría).
En deportes de competición individual, según actuaciones de cada deportista federado en el club;
Puntuación por fomentar y mantener la estructura de base en el club;
Siempre hasta un máximo de 160 puntos.
Categorías que se reconocen; pre-benjamín (Sub-7 y Sub-9), benjamín (Sub-11), alevín (Sub-13), infantil (Sub-15), cadete (Sub-17), juvenil (Sub-19), junior (Sub-20 y Sub-23), absoluto.
|
MASCULÍ |
FEMENÍ |
---|---|---|
Por tener equipo en todas las categorías |
80 punts |
80 punts |
Por falta de una de estas categorías |
60 punts |
60 punts |
Por falta de dos de estas categorías |
40 punts |
40 punts |
Por falta de tres de estas categorías |
30 punts |
30 punts |
Por falta de más de tres categorías |
10 punts |
10 punts |
(En deportes individuales se entiende equipo más de 5 licencias por categoría. En aquellos deportes que se consideren de difícil promoción por el poco arraigo en el municipio u otras consideraciones como la dificultad para conseguir equipo en alguno de los dos géneros, se multiplicará por 2 el nº de puntos obtenidos, siempre según el criterio de la comisión de adjudicación).
Puntuación por crecimiento anual en porcentaje del número de licencias;
Siempre hasta un máximo de 30 puntos.
Puntuación por titulación de los entrenadores;
Siempre hasta un máximo de 160 puntos.
(Se acreditará con una copia compulsada de la licencia federativa de entrenador para la temporada presente, y por el club/asociación solicitante. Si este documento no se aporta consideraremos que no hay entrenador reconocido. En deportes individuales sólo se reconocerá entrenador por categoría cuando haya más de 10 niños en esa categoría).
Puntuación por resultados obtenidos en competición oficial con modalidad olímpica;
Siempre hasta un máximo de 200 puntos.
|
1r Clasificado |
2n Clasificado |
3r Clasificado |
|
Absoluto |
Otras categorías |
Absoluto |
Otras categorías |
Absoluto |
Otras categorías |
---|---|---|---|---|---|---|
Resultados Olímpicos |
200p |
|
190p |
|
180p |
|
Campeonato del Mundo |
150p |
120p |
140p |
110p |
130p |
100p |
Campeonato de Europa |
120p |
90p |
115p |
85p |
110p |
80p |
|
1r Clasificado |
2n Clasificado |
3r Clasificado |
4r Clasificado |
5è Clasificado |
|
C. Absoluto |
C. Otras categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Absoluto |
C. Otras Categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Absoluto |
C. Otras Categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Otras Categorías |
Individual Otras categorías |
C. Otras Categorías |
Individual Otras categorías |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
C. de España |
100p |
80p |
80p |
70p |
95p |
75p |
75p |
65p |
90p |
70p |
70p |
60p |
35p |
30p |
25p |
20p |
C. Baleares |
60p |
50p |
50p |
45p |
55p |
45p |
45p |
40p |
50p |
40p |
40p |
35p |
20p |
15p |
10p |
5p |
(En los puntos referentes a resultados europeos o superiores, no se diferenciará entre deportes individuales o colectivos, la puntuación obtenida será por título. En los otros resultados, autonómicos y nacionales, se diferenciará entre deportes individuales y colectivos según la tabla presentada. en los deportes en los que la actuación en estos campeonatos sea individual y colectiva se tendrá en cuenta el mejor resultado de los dos, obviando el otro. el cuarto y quinto lugar sólo se valorará hasta la categoría cadete.).
Puntuación por resultados obtenidos a competición oficial sin modalidad olímpica; Siempre hasta un máximo de 160 puntos.
|
1r Clasificado |
2n Clasificado |
3r Clasificado |
|
Absoluto |
Otras categorías |
Absoluto |
Otras categorías |
Absoluto |
Otras categorías |
---|---|---|---|---|---|---|
Campeonato del Mundo |
80p |
50p |
75p |
40p |
70p |
30p |
Campeonato de Europa |
50p |
25p |
45p |
20p |
40p |
15p |
|
1r Clasificado |
2n Clasificado |
3r Clasificado |
4r Clasificado |
5è Clasificado |
|
C. Absoluto |
C. Otras Categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Absoluto |
C. Otras Categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Absoluto |
C. Otras Categorías |
Individual Absoluto |
Individual Otras categorías |
C. Otras Categorías |
Individual Otras categorías |
C. Otras Categorías |
Individual Otras categorías |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
C. de España |
35p |
20p |
20p |
15p |
30p |
15p |
15p |
12p |
20p |
12p |
10p |
10p |
10p |
5p |
5p |
3p |
C. Baleares |
20p |
15p |
15p |
10p |
15p |
10p |
10p |
8p |
10p |
5p |
5p |
5p |
5p |
2p |
3p |
1p |
(En los puntos referentes a resultados europeos o superiores, no se diferenciará entre deportes individuales o colectivos, la puntuación obtenida será por título. En los otros resultados, autonómicos y nacionales, se diferenciará entre deportes individuales y colectivos según la tabla presentada. en los deportes en los que la actuación en estos campeonatos sea individual y colectiva se tendrá en cuenta el mejor resultado de los dos, obviando el otro).
BAREMO DE PUNTUACIÓN APARTADO 2 (Ayudas a escuelas deportivas)
Puntuación por número de niños en la escuela (hasta un máximo de 80 puntos);
Siempre hasta un máximo de 100 puntos
(Sólo se considerarán las escuelas cuando las edades estén comprendidas entre los 4 y 12 años, y cuando aparezcan en un listado sellado y firmado por el presidente del club).
Puntuación por la calidad de la programación (hasta un máximo de 20 puntos)
Se evaluará la calidad del a programación según los siguientes criterios:
Puntuación por la situación de los monitores (hasta un máximo de 300 puntos)
Puntuación por la titulación del monitor;
Puntuación por compra de material destinado a la escuela;
Deberá presentar documentación que pueda acreditar la compra y el destino de este material en la escuela
ANEXO I
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A PROGRAMAS DE DEPORTE A LA ISLA DE FORMENTERA EN EL AÑO 2015
DATOS DEL CLUB/ASOCIACIÓN;
NOMBRE CLUB/ASOCIACIÓN; |
C.I.F; |
Nombre y apellidos (Presidente); |
NIF: |
Domicilio (Club/Asociación) |
Población; |
Provincia |
Telf.; |
Cantidad solicitada: |
Núm. Reg. Entitats
|
APARTADOS EN LOS QUE CONCURSA;
Apartado 1 |
|
Apartado 2 |
|
(ponga una x en la casilla correspondiente) |
|
SOLICITA
Le sea concedida una subvención, por el importe correspondiente, según las bases editadas por el área de Deportes, por las que se regula la concesión de ayudas económicas Programas de Deporte Municipal, asumiendo todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la misma y comprometiéndose a cumplir todos los requisitos especificados en dichas bases y las establecidas con carácter general en el art. 14 LGS.
Al efecto, se acompaña con la documentación solicitada;
Formentera, a _____ de _____________20__
(Firma del presidente del club/asociación y sello)
ANNEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D.…………… con DNI………….. y domicilio……………………………. de Formentera Illes Balears, en representación de…………………………
DECLARO bajo mi responsabilidad que no concurro en ninguna de las siguientes circunstancias.
Formentera, _____ d _____________20__
(Firma del presidente del club/asociación y sello)
ANEXO III
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A LA QUE TRANSFERIR EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
Titular de la cuenta |
||
|
||
Entidad bancaria |
||
Domicilio |
C.P |
|
Localidad |
Provincia |
|
|
|
|
|
En Formentera a,……. de…………. de 20….
Fdo.: …………………………………………..
D.N.I.:………………………………..............................
(Nombre y Apellidos)
ANEXO IV
DATOS REFERENTES A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CLUB SOLICITANTES.
|
NOMBRE COMPLETO |
TELÉFONO |
---|---|---|
PRESIDENTE |
|
|
VICEPRESIDENTE |
|
|
SECRETARIO |
|
|
TESORERO |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
* Se acompaña de un certificado de la federación en cuestión, que no se encuentra con ninguna sanción pendiente o caso sin resolver.
Formentera, a _____ de _____________20__
(Firma del presidente del club/asociación y sello)
ANEXO V
DATOS PARA LA SOLICITUD DE AYUDA PARA EL APARATADO 1
(Ayudas para potenciar y fomentar la actividad federada y competitiva, la formación, la innovación y la proyección de los deportistas de la Isla de Formentera a través de los clubes o asociaciones sin ánimo de lucro)
FORMENTERA 20_/_
DEPORTE; |
|
|
Categories masculinas |
Núm. licencias |
Categories femeninas |
Núm. licencias |
NÚMERO DE LICENCIAS EN CADA CATEGORIA; |
Prebenjamín (Sub-7 i Sub 9) |
|
Prebenjamín (Sub-7 i Sub 9) |
|
Benjamín (Sub-11) |
|
Benjamín (Sub-11) |
|
|
Alevín (Sub-13) |
|
Alevín (Sub-13) |
|
|
Infantil (Sub-15) |
|
Infantil (Sub-15) |
|
|
Cadete (Sub-17) |
|
Cadete (Sub-17) |
|
|
Juvenil (Sub-19) |
|
Juvenil (Sub-19) |
|
|
Junior (Sub-20 i Sub-23) |
|
Junior (Sub -20 i Sub-23) |
|
|
Absoluto |
|
Absoluta |
|
SOLO DEPORTES INDIVIDUALES |
|||||
SOLO DEPORTES INDIVIDUALES |
Núm. |
SOLO DEPORTES COLECTIVOS |
|||
Deportistas con 2-5 actuaciones |
|
|
Núm. |
|
Núm. |
Deportistas con 6-10 actuaciones |
|
ACTUACIONES BENJAMINES |
M… F… |
ACTUACIONES CADETES |
M… F... |
Deportistas con 11-16 actuaciones |
|
ACTUACIONES ALEVINES |
M… F… |
ACTUACIONES JUVENILES |
M… F... |
Deportistas con más de 17 actuaciones |
|
ACTUACIONES INFANTILES |
M… F... |
ACTUACIONES ABSOLUTAS |
M… F... |
DEPORTISTAS DE ELITE |
Núm. |
NOMBRES |
---|---|---|
Por el C.S.D |
|
|
Tecnificación nacional |
|
|
Tecnificación regional |
|
|
CRECIMIENTO ANUAL |
Núm. de licencias en la temporada 13-14 |
|
% DE CRECIMIENTO |
Núm. de licencias en la temporada 14-15 |
|
|
RESULTADOS DEPORTIVOS (poner el número de podium en cada campeonato) |
|||||
---|---|---|---|---|---|
|
1r |
2n |
3r |
4t |
5è |
OLÍMPICOS |
|
|
|
|
|
MUNDIAL |
|
|
|
|
|
EUROPEO |
|
|
|
|
|
ESTATAL |
|
|
|
|
|
AUTONÒMICO |
|
|
|
|
|
ENTRENADORES CON LOS QUE CUENTA EL CLUB |
||
---|---|---|
Nombre |
Titulación y Núm. de licencia |
Responsabilidad en el club |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formentera, a _____ de _____________20__
(Firma del presidente del club/asociación y sello)
ANEXO VI
DATOS PARA LA SOLICITUD DE AYUDA PARA EL APARTADO 2
(Ayudas a escuelas deportivas)
FORMENTERA 20_/_
ESCUELA |
Nº DE NIÑOS |
PROGRAMACIÓN SI/NO |
MONITOR (Nombre) |
TITULACIÓN |
CONTRATO SI/NO |
|
|
|
|
|
|
Proyectos extras para alguna de estas escuelas;
El club ha comprado material para las escuelas; |
A tal efecto, se acompaña con la documentación solicitada;
Formentera, a _____ de _____________20__
(Firma del presidente del club/asociación y sello)
ANEXO VII
MEMORIA JUSTIFICATIVA EJERCICIO 2015
(MEMORIA EXPLICATIVA DE LAS ACTIVIDADES Y LOS GASTOS REALIZADOS, SEGÚN EL PROYECTO SUBVENCIONADO 2015).
Formentera, _____ d _____________20__
(Firma del presidente/a del club/asociación y sello)
ANEXO VIII
MEMORIA JUSTIFICATIVA EJERCICIO 2015
(RELACIÓN CLASIFICADA DE GASTOS).
GASTOS |
EUROS |
INGRESOS |
EUROS |
---|---|---|---|
Alquiler de la instalación deportiva |
|
De participantes |
|
Personal: nomines, seguridad social etc |
|
Aportación de la entidad |
|
Publicitad: carteles, folletines, otros |
|
Cuotas de socios |
|
Administración (teléfono, correos, oficina) |
|
Patrocinio privado |
|
Gatos federativos: cuotas, sanciones, etc |
|
entidad bancaria |
|
Jueces, árbitros, cronometradores |
|
Fundaciones |
|
Trofeos, medallas, premios etc |
|
Empresas |
|
Licencies, mutualidad deportiva |
|
Consell Insular de Formentera |
|
Material (farmacéuticos, higiénicos, etc.) |
|
Govern Balear |
|
Servicios médicos |
|
Reclamos publicitarios |
|
Desplazamientos. |
|
Venda de entradas |
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Alojamientos-restauración |
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Bar |
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Aseguradoras. |
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Federación deportiva |
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Mantenimiento de instalación deportiva |
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Otras aportaciones |
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Otros gastos |
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Audiovisuales (megafonia, micro.) |
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TOTAL GASTOS |
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TOTAL INGRESOS |
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El presupuesto ha de estar equilibrado. Se presentaran tantas hojas de presupuestos como programas de actividades que integren el proyecto
Así mismo se manifiesta que se ha realizado la finalidad de la subvención
Formentera, …….. d……………. de 20….
Sign.: Presidente/a del club o asociación
D.N.I...................................................