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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJO ESCOLAR

Núm. 91
Orden del consejero de Educación y Universidad de día 18 de diciembre de 2015, de cese y nombramiento de determinados miembros suplentes, del Consejo Escolar de las Illes Balears

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Texto

El artículo 9 del Decreto legislativo 112/2001, de 7 de septiembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de consejos escolares de las Illes Balears, modificado por la disposición final 2ª del Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas, establece la composición del Consejo Escolar de las Illes Balears.

El artículo 9.2 del citado Decreto legislativo 112/2001 dispone que los vocales del Consejo Escolar de las Illes Balears serán nombrados por orden del consejero competente en materia de educación, de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos correspondientes en los términos que reglamentariamente se determinen.

El artículo 10 g del Decreto legislativo 112/2001 dispone que uno de los motivos de cese en los cargos de los vocales es la pérdida de la condición de representante del organismo que los propuso.

De acuerdo con la propuesta, de nombramiento de nuevos representantes, titulares y suplentes en el Consell Escolar de les Illes Balears, de la presidenta de COAPA Balears.

El presidente del Consejo Escolar de las Illes Balears ha formulado la propuesta de  nombramiento mediante escrito de 6 de octubre de 2015, de acuerdo con lo que dispone el artículo 17o del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears.

Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el artículo 9.2 del Decreto legislativo 112/2001, dicto la siguiente

 

ORDEN

Primero

Cesar como miembros del Consejo Escolar de las Islas Baleares a las personas que  a continuación se indican, agradeciéndole su colaboración:

Grupo b: Representantes  padres y madres de alumnos

Suplente: Sr. Josep Valero González

Suplente: Sr. Miquel Àngel Guerrero Company

Segundo

Nombrar como nuevos miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears a las  personas que a continuación se indican:

Grupo b: Representantes  padres y madres de alumnos

Suplente: Sra. Cristina Conti Oliver

Suplente: Sra. Gloria Ferrer Camps

Tercero

De acuerdo con el artículo 10 del Decreto legislativo 112/2001, los consejeros son nombrados por un periodo de cuatro años, sin perjuicio de las previsiones sobre renovación de la mitad de cada uno de los grupos que dispone el apartado 1 y de los cambios que se puedan producir en la composición del Consejo por las causas previstas en el apartado 2 del mismo artículo 10.

Cuarto

Esta Orden tiene efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 18 de diciembre de 2015

  

El consejero de Educación y Universidad

Martí March Cerdà