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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 55
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de diciembre de 2015 por la cual se conceden ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro durante el curso 2015-2016

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Texto

Hechos

  1. El 31 de octubre de 2015 se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 por la que se convocaron ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro durante el curso 2015-2016 (BOIB núm. 159).
  2. El crédito disponible máximo destinado a las ayudas que se han de distribuir en esta convocatoria es de 0 euros en el presupuesto para el ejercicio 2015 y de 481.250,00 euros para el ejercicio 2016 a cargo de la partida presupuestaria 13401/421G01/48000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2015 por el cual se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2015 incluye la posibilidad de otorgar las ayudas económicas mencionadas.
  4. La directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado, de forma motivada y en base al informe de la Comisión Evaluadora, publicó el día 23 de noviembre de 2015 en la página web <http://formacioprofessional.caib.es> la propuesta de resolución provisional de concesión y de denegación de las ayudas, con la lista de entitades beneficiarias propuestas para el otorgamiento de la subvención.
  5. Las entidades interesadas no presentaron ninguna alegación.
  6. El día 11 de diciembre de 2015, a las 13:30 h. se publicó la propuesta de resolución definitiva en la página web http://www.formacioprofessional.caib.es
  7. La propuesta de resolución definitiva se eleva al consejero una vez que las entidades beneficiarias que se proponen hayan aceptado expresamente o tácitamente la subvención.
  8. Todas las entidades beneficiarias que se proponen han aceptado tácitamente la subvención, ya que han transcurrido ocho días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva y no han hecho constar lo contrario, tal como indica el artículo 16.2 de la convocatoria.
  9. Las entidades que se proponen como beneficiarias de la ayuda están al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y de las obligaciones con la Hacienda autonómica.

Fundamentos jurídicos

  1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre).
  2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).
  3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma (BOIB núm. 44, de 3 de abril de 2003).
  4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 122, de 2 de septiembre).
  5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB nº. 100, de 11 de julio de 2009).
  6. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 por la cual se convocan ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro durante el curso 2015-2016 (BOIB núm. 159, de 31 de octubre de 2015).

Por todo ello y de acuerdo con el punto 17 de la convocatoria mencionada, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, dicto la siguiente

Resolución

  1. Conceder a las organizaciones no gubernamentales i asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro especificadas en el anexo 1 las ayudas que constan y que han solicitado para desarrollar los programas de formación profesional básica que figuran.
  2. Condicionar la concesión de las ayudas a que hace referencia el apartado anterior al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y las subvenciones públicas.
  3. La concesión de la subvención está sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar el cumplimiento de la obligación.
  4. Adscribir las organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro para desarrollar los programas de formación profesional básica durante el curso 2015-2016, a los centros educativos que se indican en el anexo 3 de esta Resolución a los efectos de custodia de las actas finales, de los expedientes académicos del alumnado, una vez finalizado el programa de formación profesional básica.
  5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 23 de diciembre de 2015

 

El consejero

Martí X. March Cerdà

      

 

ANEXO 1

Relación de entidades beneficiarias.

 Curso 2015-2016

Núm.

Entidad

CIF

Programa

Presupuesto aprobado

Importe solicitado

Cuantía otorgada

1

Fundació Patronat Obrer de Sant Josep

G07794910

Programa de FPB de Auxiliar de técnicas estéticas

39.862,53 €

39.862,53 €

39.862,53 €

2

AMADIBA

G07758667

Programa de FPB de Auxiliar de servicios de restauración

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

3

Fundació Projecte Jove

G07803570

Programa de FPB de Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

4

APROSCOM  Fundació

G07065386

Programa de FPB de Auxiliar de servicios de restauración

41.026,75 €

40.000,00 €

40.000,00 €

5

AMADIP.ESMENT Fundació

G07065709

Programa de FPB de Auxiliar de cocina

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

6

Associació Aula d'Ensenyament Permanent

G57817330

Programa de FPB de Auxiliar de  técnicas estéticas

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

7

Projecte Socio-Educatiu NAÜM (Germanes de La Caritat de Sant Vicenç de Paül)

R0700009D

Programa de FPB de Auxiliar de fontanería i climatización doméstica

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

8

Fundació Nous Vents

G57390320

Programa de FPB de Auxiliar en viveros, jardines y centros de jardinería

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

9

Associació Aula Cultural

G07444086

Programa de FPB de Auxiliar de oficina

32.783,90 €

32.783,90 €

32.783,90 €

10

Fundació Patronat Obrer de Sant  Josep

G07794910

Programa de FPB de Auxiliar de peluquería

39.862,53 €

39.862,53 €

39.862,53 €

11

Fundació Projecte Jove

G07803570

Programa de FPB de Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

12

Fundació Nous Vents

G57390320

Programa de FPB de Auxiliar en viveros, jardines y centros de jardinería

37.619,00 €

37.619,00 €

37.619,00 €

 

ANEXO 2

Adscripción de los programas de formación profesional básica a centros educativos

Curso 2015-2016

Entidad

Programa

Centro de adscripción

Población

Fundació Patronat Obrer de Sant Josep

Auxiliar de técnicas estéticas

IES Francesc de Borja Moll

Palma

AMADIBA

Auxiliar de servicios de restauración

IES Juníper Serra

Palma

Fundació Projecte Jove

Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones

IES Son Pacs

Palma

APROSCOM Fundació

Auxiliar de servicios de restauración

IES Son Servera

Son Servera

AMADIP .ESMENT Fundació

Auxiliar de cocina

IES Juníper Serra

Palma

Associació Aula d’Ensenyament  Permanent

Auxiliar de técnicas estéticas

IES Pau Casesnoves

Inca

Projecte Socio-Educatiu Naúm (Germanes de la Caritat de Sant Vicenç de Paül

Auxiliar de fontanería y climatización doméstica

IES Son Pacs

Palma

Fundació Nous Vents

Auxiliar en viveros, jardines y centros de jardinería

IES Josep Sureda i Blanes

Palma

Aula Cultural

Auxiliar de oficina

IES Ses Estacions

Palma

Fundació Patronat Obrer

Auxiliar de peluquería

IES Francesc de Borja Moll

Palma