Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 54
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de diciembre de 2015 por la cual se conceden ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en corporaciones locales durante el curso 2015-2016
Hechos
El 31 de octubre de 2015 se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 por la que se convacaron ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en corporaciones locales durante el curso 2015-2016 (BOIB núm. 159).
El crédito disponible máximo destinado a las ayudas que se han de distribuir en esta convocatoria es de 0 euros en el presupuesto para el ejercicio 2015 y 467.500,00 euros para el ejercicio 2016 a cargo de las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears siguientes:
13401.421G01.46000.10: 140.250,00 €
13401.421G01.46000.11: 46.750,00 €
13401.421G01.46000.20: 46.750,00 €
13401.421G01.46000.30: 140.250,00 €
13401.421G01.46000.40: 46.750,00 €
13401.421G01.46900.10: 46.750,00 €.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2015 por el cual se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2015 incluye la posibilidad de otorgar las ayudas económicas mencionadas.
La directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado, de forma motivada y en base al informe de la Comisión Evaluadora, publicó el día 23 de noviembre de 2015 en la página web <http://formacioprofessional.caib.es> la propuesta de resolución provisional de concesión y de denegación de las ayudas, con la lista de corporaciones locales beneficiarias propuestas para el otorgamiento de la subvención.
El día 11 de diciembre de 2015, la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado formuló la Propuesta de resolución definitiva de concesión y de denegación de las ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en corporaciones locales durante el curso 2015-2016.
El día 11 de diciembre de 2015, a las 13:30 h. se publicó la propuesta de resolución definitiva en la página web http://www.formacioprofessional.caib.es
La propuesta de resolución definitiva se tiene que elevar al consejero una vez que las corporaciones locales beneficiarias que se proponen hayan aceptado expresamente o tácitamente la subvención.
Los beneficiarios que se proponen han aceptado tácitamente la subvención, ya qua han transcurrido ocho días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva y no han hecho constar lo contrario, tal como indica el artículo 16.2 de la convocatoria.
Las corporaciones locales que se proponen como beneficiarias de la ayuda están al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y de las obligaciones con la Hacienda autonómica.
Fundamentos jurídicos
Por todo ello y de acuerdo con el punto 17 de la convocatoria mencionada, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, dicto la siguiente
Resolución
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 23 de diciembre de 2015
El consejero
Martí X. March Cerdà
ANEXO 1
Corporaciones locales beneficiarias de las ayudas
Curso 2015-16
Núm. |
Corporación local |
CIF |
Programa |
Presupuesto aprobado |
Importe solicitado |
Cuantía otorgada |
---|---|---|---|---|---|---|
1 |
Ayuntamiento de Son Servera |
P0706200C |
Programa de FPB de Auxiliar de servicios de restauración |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
2 |
Ayuntamiento de Calviá |
P07701100J |
Programa de FPB de Auxiliar de mantenimiento de electromecánica de vehículos |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
3 |
Ayuntamiento de Calviá |
P07701100J |
Programa de FPB de Auxiliar de actividades de comercio |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
ANEXO 2
Adscripción de los programas de formación profesional básica a centros educativos
Curso 2015-2016
Corporación local |
Programa |
Centro de adscripción |
Población |
Ayuntamiento de Son Servera |
Programa de FPB de Auxiliar de servicios de restauración |
IES Son Servera |
Son Servera |
Ayuntamiento de Calviá |
Programa de FPB de Auxiliar de mantenimiento de electromecánica de vehículos |
IES Son Ferrer |
Calvià |
Ayuntamient de Calviá |
Programa de FPB de Auxiliar de actividades de comercio |
IES Son Ferrer |
Calvià |