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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 39
Juicio de Faltas 74/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica la sentencia recaida en autos a ANTONIO SANTANDRGIRAR, que es del tenor siguiente: Juicio de Faltas 74/2015

Condenatoria.-SENTENCIA PENAL Nº 373/2015.-En Palma de Mallorca, a 1 de diciembre de 2015.-Vistos por mí, Laia Piñol Jové, Juez del Juzgado de Instrucción Nº 10 de Palma de Mallorca, los autos del Juicio de Faltas arriba identificado, seguidos como consecuencia de la denuncia interpuesta por (datos personales ocultos)(datos personales ocultos) asistida por la Letrada Sra. Isabel García contra ANTONIO SANTANDREU GIRART y como responsable civil la Compañía Aseguradora MAPFRE, asistidos éstos en juicio por el Letrado Sr. Antonio Tugores, por una presunta falta de lesiones por imprudencia leve.-FALLO.-Condeno a ANTONIO SANTANDREU GIRART como autor de una FALTA DE  LESIONES POR IMPRUDENCIA LEVE a indemnizar a (datos personales ocultos) en 7.211,64€ por las lesiones y los daños causados, declarándose la responsabilidad civil directa y solidaria de la compañía MAPFRE AUTOMÓVILES S.A. DE SEG. Y REASEG. que deberá satisfacer los intereses de la referida cantidad en la forma determinada en la fundamentación jurídica de la presente resolución.-Notifíquese informando que la presente resolución no es firme y que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Baleares. Para ello, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, habrá de presentarse ante este Juzgado escrito en el que se expongan ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.-Así lo acuerdo y firmo

Y para que sirva de notificación en forma a ANTONIO SANTANDREU GIRART, en la actualidad en ignorado paradero  expido la presente edicto en Palma a  18 de Diciembre de 2015.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL