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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18636
Procedimiento ordinario 540/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO DE CANTIDAD 540/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dª MARIA DEL MAR PEREZ SMITH contra la entidad LANOMAG SL, sobre ORDINARIO DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 532/2015

En Palma de Mallorca a 22 de diciembre de 2015

DOÑA CECILIA FERNÁNDEZ PRIETO, Juez de Adscripción Territorial del TSJ de las Islas Baleares adscrita en refuerzo al Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, ha visto los presentes autos de PROCEDIMIENTO Nº 540/2014, seguido entre partes, de una como actora DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ SMITH asistida de la Letrada Doña Mercedes Oliver Terrasa y de otra como demandada LANOMAG S.L. sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, con citación al FOGASA

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ SMITH frente a LANOMAG S.L. debo condenar y condeno a la empresa a pagar a la actora la cantidad de 1.986,54 euros en concepto de salarios y finiquito, cantidad ésta que se incrementará en un diez por ciento anual de interés por mora hasta la fecha de la presente resolución, todo ello con absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta  resolución  a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN Y DEPÓSITO.-

La anterior fue hecho pública por la Ilma. Sra. Juez que la suscribe, en el día de la fecha durante las horas de audiencia mediante depósito en esta Secretaría a mi cargo, emitiendo, seguidamente, certificación de la misma para su unión a los Autos, y archivando el original de la sentencia en el libro correspondiente. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad demandada LANOMAG SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Diciembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL