Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18634
Procedimiento ordinario 493/2014
Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ORDINARIO DE CANTIDAD 493/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JOSEFINA GONZALEZ FERRER contra la entidad AM CAPDEPERA SL, sobre ORDINARIO DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SENTENCIA N° 531/2015
En Palma de Mallorca a 22 de diciembre de 2015
DOÑA CECILIA FERNÁNDEZ PRIETO, Juez de Adscripción Territorial del TSJ de las Islas Baleares adscrita en refuerzo al Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, ha visto los presentes autos de PROCEDIMIENTO Nº 493/2014, seguido entre partes, de una como actora DOÑA JOSEFINA GONZÁLEZ FERRER representada por la Letrado Doña Cristina Pou en sustitución de su compañero Don Lorenzo Amengual y de otra como demandada AM CAPDEPERA S.L sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD y citación al FOGASA.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA JOSEFINA GONZÁLEZ FERRER frente a AM CAPDEPERA S.L debo condenar y condeno a la empresa a pagar a la actora la cantidad de 189,38 euros en concepto de indemnización por despido objetivo (60%), cantidad ésta que se incrementará en un diez por ciento de interés por mora, con absolución al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.
DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN Y DEPÓSITO.-
La anterior fue hecho pública por la Ilma. Sra. Juez que la suscribe, en el día de la fecha durante las horas de audiencia mediante depósito en esta Secretaría a mi cargo, emitiendo, seguidamente, certificación de la misma para su unión a los Autos, y archivando el original de la sentencia en el libro correspondiente. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad demandada AM CAPDEPERA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Diciembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL