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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18619
Procedimento Ordinario 1263/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001263 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE LINARES CASTILLO, JOSE ROBLES LEON , OSCAR DAVID BONILLA PRIETO , CESAREO JIMENO MOLINERO , EMILIO JAVIER MONTERO RAMON , GREGORI FRANCISCO MUZO LOACHAMIN , FERNANDO ALVAREZ ZAMORA , PEDRO ALVAREZ CORONADO , JAIME BERGAS FERRIOL , LORENZO FELIPE ALVAREZ ZAMORA  contra la empresa  CONSTRUCCIONES COFE SA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª  RICARDO MARTIN MARTIN

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Abril de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Órgano Judicial se tramita el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 585/2014 a instancia de JOSE LINARES CASTILLO frente a CONSTRUCCIONES COFE SA y autos nº 1263/13 entre JOSE ROBLES LEON, OSCAR DAVID BONILLA PRIETO, CESAREO JIMENO MOLINERO, EMILIO JAVIER MONTERO RAMON, GREGORI FRANCISCO MUZO LOACHAMIN, FERNANDO ALVAREZ ZAMORA, PEDRO ALVAREZ CORONADO, JAIME BERGAS FERRIOL, LORENZO FELIPE ALVAREZ ZAMORA, Y CONSTRUCCIONES COFE SA.  

SEGUNDO.- JOSE LINARES CASTILLO ha solicitado en los autos nº 585/14 la acumulación de procedimientos.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Acumular este procedimiento con nº 585/13 al procedimiento PO 1263/13 que se siguen en este Órgano judicial.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 4. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  CONSTRUCCIONES COFE SA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Diciembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL