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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CAMPANET

Núm. 18
Aprobación definitiva modificación de crédito nº6 presupuesto-2015

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Texto

ANUNCIO: En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RDLG 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, no habiendo alegaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 9 de diciembre de 2015, sobre el expediente de modificación de crédito nº 6 del presupuesto en vigor, que se hace público a continuación:

Expediente de modificación de crédito nº 6-2015 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, de acuerdo con el siguiente detalle:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS:

Aplicación presupuestaria

Descripción

Crédito inicial

Crédito definitivo

1532 61902

Pavimentación y canalización de aguas pluviales Camí Blanc

0.00

273.794.49

FINANCIACIÓN:

Remanente de Tesorería 2014 y compromiso firme de aportación del Consorcio para la mejora de les Infraestructuras turísticas y el fomento de la desestacionalización de oferta de la Isla de Mallorca.

Remanente de Tesorería 2014 y compromiso firme de aportación del Consorcio

Partida presupuestaria ingresos

Descripción

Crédito definitivo

870.00

Remanente de tesorería 2014

54.758.90

751.00

Consorcio para la mejora de las infraes- tructuras turísticas y el fomento de la desestacionalización de oferta en la isla de Mallorca

219.035.59

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que establece el artículo 171 del RDLG 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del RDLG 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del citado recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

         

Campanet, 04/01/2016

           

La Alcaldesa

Magdalena Solivellas Mairata