Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18643
Ejecución de títulos judiciales 151/2015
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000151 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª SALVADOR MEDINA PARRA contra la empresa CARPINTERIA HOTELERA SL, FRIU SA , INVERSIONES MAYMO SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª. PAULA MATEO ERROZ
En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Diciembre de dos mil quince.
Habiéndose procedido a la consulta del Sistema de información laboral, a través del Punto Neutro Judicial, y visto que la empresa ejecutada, FRIU SA, consta de ALTA, se acuerda señalar comparecencia a los efectos de nombrar administrador judicial, para el próximo día 04/02/2016 a las 10:00 para que tenga lugar la referida.
Citar a las partes con apercibimiento que, de no comparecer sin que medie justa causa, tenerlos por conformes con el nombramiento que se realice.
Cítese a la ejecutada a través de edictos que se publicarán en el BOIB.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación y CITACIÓN en legal forma a FRIU SA en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Diciembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL