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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 18282
Ejecución de Títulos Judiciales 163/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D.  JAVIER CASTILLO GARCIA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 163/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª OSCAR ROMERO ECHEVARRIA contra la empresa ROLF SCHILLING, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 10/12/15 

 Dispongo: Despachar orden general de ejecución  a favor de la parte ejecutante, OSCAR ROMERO ECHEVARRIA, frente a ROLF SCHILLING, parte ejecutada, por importe de 8478,87 euros en concepto de principal, (incluidos 300€ en concepto de COSTAS impuestas en Sentencia como consecuencia de lo previsto en el art. 66.3 LRJS por incomparecencia de la demandada al acto de conciliación) más otros 1635 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. 

DECRETO 10/12/15

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: 

 - Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado, para ello, se REQUIERE AL EJECUTANTE por un plazo de TRES DÍAS para que proceda a aportar el NIE del ejecutado. 

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC. 

- Notifíquese al ejecutado a través del BOIB. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a ROLF SCHILLING, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En IBIZA/EIVISSA, a diez de Diciembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL