Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17487
Juicio verbal 671/2014 sobre otras materias
D./Dª. LORENA QUIROGA MORALES, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 19 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JUICIO VERBAL seguido a instancia de MIGUEL VERGER SASTRE frente a ESTEFANIA PEDRERA GONZALEZ, EMILIO JOSE GONZALEZ CASTRO se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nº 119 / 2.015
En Palma de Mallorca, a 13 de Julio de 2.015
Vistos por mí, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 19, los autos de juicio ordinario registrados con nº 671 / 2.014, siendo demandante D. Miguel Verguer Sastre, representado por el / la Procurador / a de los Tribunales D. Miguel Arbona Serra , y asistida por el /la Letrado/ a Dª Mercedes Valls Aguinaco, y demandados D. Emilio José González Castro y Dª Estefanía Pedrera González, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por D. Miguel Verguer Sastre, representado por el / la Procurador / a de los Tribunales D. Miguel Arbona Serra, contra D. Emilio José González Castro y Dª Estefanía Pedrera González, debo condenar y condeno a los demandados al pago solidario de la suma de 1.583,03 Euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda y costas.
Notifíquese a las partes y háganles saber que contra la presente Sentencia no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado nº 19 de Palma de Mallorca.
Publicación: Leída y publicada esta Sentencia por el Juez que la suscribe celebrando Audiencia Pública en el día de la fecha . Doy fe
Y encontrándose dicho demandado, EMILIO JOSE GONZALEZ CASTRO, en paradero desconocido,se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a catorce de Julio de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,