Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 7
Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal del inmueble Albergue Juvenil situado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma a la entidad Cruz Roja Española (Exp. DGTPFP/SP 310/2015)
Antecedentes
1. El día 10 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº149, la Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de 7 de octubre de 2015 relativa a la adscripción del Albergue Juvenil al Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares, situado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma, para destinarlo como centro de acogida temporal de refugiados.
2. El día 1 de diciembre de 2015 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el oficio de la Secretaría General de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación solicitando la desadscripción del Albergue Juvenil situado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares, dado que será la entidad Cruz Roja Española quien se encargará de gestionar dicho albergue y se adjuntó la siguiente documentación de dicha entidad:
-NIF De la entidad Cruz Roja Española
-Estatutos De la entidad Cruz Roja Española
-Nombramiento Del Presidente Autonómico
-DNI Del Presidente Autonómico
3. El día 9 de diciembre de 2015 se firmó la Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autorizó la desafectación del dominio público y la desadscripción del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares de la inmueble Albergue Juvenil situado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma.
4. El día 17 de diciembre de 2015 se firmó la resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se autorizó el inicio del expediente para la cesión de uso gratuita y temporal del inmueble Albergue Juvenil situado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma a la entidad Cruz Roja Española.
Fundamentos de derecho
1.Los artículos 63, 64, 87 g y concordantes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril de 2001), y demás disposiciones aplicables concordantes.
2.Los artículos 128, 129, 130 y concordantes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).
3.La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril de 2003).
4.El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).
5.El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).
6.El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).
7.El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 108, de 17 de julio).
RESOLUCIÓN
1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal por un periodo de 1 año, que se podrá prorrogar tácitamente por anualidades hasta un período máximo de 20 años, del inmueble abajo reseñado en la entidad Cruz Roja Española:
-Albergue Juvenil ubicado en la calle Costa Brava nº13 de la Playa de Palma
Referencia catastral 7750503DD7775B0001TK
-Activo Fijo 100000002370-0
Se podrá prorrogar tácitamente si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes con tres meses de antelación al vencimiento de la cesión o de las prórrogas, y siempre de manera supeditada a las necesidades y a la disponibilidad del inmueble por parte de la Comunidad Autónoma.
2. La entidad Cruz Roja Española será quien se encargará de gestionar el albergue para dar el servicio de acogida temporal de refugiados.
3. La entidad Cruz Roja Española deberá hacerse responsable del mantenimiento preventivo y correctivo del edificio así como del pago de los tributos que se pudieran derivar por cualquier concepto a cargo de dicho edificio.
4. Por la naturaleza de la cesión de uso gratuita y temporal, queda prohibido expresamente cualquier acto de disposición, de cesión, de arrendamiento, de subarriendo o cualquier otro acto de naturaleza análoga, restrictiva del dominio y la posesión.
5. Notificar esta Resolución a la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación ya la entidad Cruz Roja Española.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
7. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma de Mallorca, 17 de diciembre de 2015
El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Francesc Colom Coll
Palma de Mallorca,
De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí