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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 18573
Aprobación definitiva presupuesto para 2016 y plantilla de personal

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Texto

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presupuesto general para el año 2016, inicialmente aprobado por la Corporación en pleno en sesión extraordinaria celebrada en fecha 4 de diciembre de 2015, publicada en BOIB nº 178 de fecha 05-12-2015, transcurrido el plazo de exposición al público reglamentariamente establecido, queda aprobado definitivamente.

El presupuesto general para el año 2016 resumido por capítulos es el siguiente:

INGRESOS

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

EUROS

Capítulo I

Impuestos directos

16.170.010,00 €

Capítulo II

Impuestos indirectos

1.775.260,00 €

Capítulo III

Tasas y otros ingresos

9.074.198,47 €

Capítulo IV

Transferencias corrientes

7.430.050,00 €

Capítulo V

Ingresos patrimoniales

1.047.556,81 €

Capítulo VI

Enajenación de inversiones reales

20,00 €

Capítulo VII

Transferencias de capital

812.074,72 €

Capítulo VIII

Activos financieros

15.010,00 €

Capítulo IX

Pasivos financieros

20,00 €

TOTAL INGRESOS

36.324.200,00 €

GASTOS

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

EUROS

Capítulo I

Gastos de personal

8.711.396,93 €

Capítulo II

Gastos en bienes corrientes y servicios

16.519.949,18 €

Capítulo III

Gastos financieros

152.541,91 €

Capítulo IV

Transferencias corrientes

2.194.934,50 €

Capítulo V

Fondo de contingencia

172.704,00 €

Capítulo VI

Inversiones reales

6.531.800,00 €

Capítulo VII

Transferencias de capital

257.510,00 €

Capítulo VIII

Activos financieros

15.010,00 €

Capítulo IX

Pasivos financieros

1.768.353,48 €

TOTAL GASTOS

36.324.200,00 €

ENTIDAD

ESTADO DE GASTOS

ESTADO DE INGRESOS

Santa Eulària des Riu XXI, S.A.

2.275.000,00 €

2.275.000,00 €

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Texto Refundido del Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, se publica la Plantilla de personal de la Corporación aprobada conjuntamente con el presupuesto.

PLANTILLA DE  PERSONAL 2016

A) PLAZAS RESERVADAS A FUNCIONARIOS DE CARRERA:

DENOMINACIÓN

VACANTE

GRUPO

1 ) HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

1.1

Secretario

1

1

A1

1.2

Vicesecretario

1

0

A1

1.3

Interventor

1

1

A1

1.4

Tesorero

1

1

A1

2) ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

2.1

Subescala Técnica :

2.1.1

Técnico administración general

2

2

A1

2.1.2

Técnico gestión servicios

1

1

A2

2.1.3

Técnico gestión administrativa

1

1

A2

2.1.4

Técnico recursos humanos

1

1

A2

2.2

Subescala Administrativa

18

6

C1

2.3

Subescala Auxiliar

13

12

C2

3) ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

3.1

Subescala Técnica:

3.1.1

Economista

1

0

A1

3.1.2

Ingeniero

1

1

A1

3.1.3

Arquitecto

1

1

A1

3.1.4

Técnico Medio Ambiente

1

1

A1

3.1.5

Técnico administración especial

1

1

A1

3.1.6

Técnico gestión administración económica

1

1

A2

3.1.7

Técnico gestión urbanística

1

1

A2

3.1.8

Técnico administración financiera

1

1

A2

3.1.9

Técnico gestión recaudatoria

1

1

A2

3.1.10

Técnico inspección tributaria

1

1

A2

3.1.11

Aparejador

1

0

A2

3.1.12

Arquitecto técnico

2

2

A2

3.1.13

Asistente social

1

1

A2

3.1.14

Delineante

1

1

C1

3.2

Subescala de Servicios Especiales:

3.2.1

Subinspector policía local

3

1

A2

3.2.2

Oficial policía local

9

4

C1

3.2.3

Agente policía local

52

10

C1

3.3

Personal oficios:

3.3.1

Sepulturero

1

1

C2

3.3.2

Celador

1

1

C2

B) PLAZAS RESERVADAS A PERSONAL EVENTUAL:

DENOMINACIÓN

VACANTE

1

Jefe gabinete alcaldía

1

0

2

Responsable comunicación

1

0

4

Auxiliar gabinete alcaldía

1

1

5

Consejo alcaldía

2

2

C) PLAZAS RESERVADAS A PERSONAL LABORAL:

DENOMINACIÓN

VACANTE

1) GRUPO 1

1.1

Técnico superior deportes

1

0

1.2

Técnico normalización lingüística

1

1

1.3

Psicólogo

1

1

2) GRUPO 2

2.1

Técnico gestión tributaria

1

1

2.2

Técnico juventud

2

1

2.3

Bibliotecaria

1

1

2.4

Trabajador social

5

2

2.5

Educador social

2

2

2.6

Orientador laboral

1

1

2.7

Agente desarrollo local

1

1

2.8

Técnico formación

1

1

2.9

Técnico Gestión documental y procedimientos

1

1

3) GRUPO 3

3.1

Recaudador

1

1

3.2

Oficial Recaudación

1

0

3.3

Delineante

2

1

3.4

Técnico atletismo

1

0

3.5

Gobernanta

1

1

3.6

Capataz brigada obras

1

1

4) GRUPO 4

4.1

Auxiliar administrativo

23

14

4.2

Auxiliar  biblioteca

1

1

4.3

Monitor

8

2

4.4

Encargado vigilancia polideportivo

1

1

4.5

Oficial mantenimiento

15

3

4.6

Oficial conductor

1

1

4.7

Celador

1

1

4.8

Operador radio

3

3

5) GRUPO 5

5.1

Portero –  notificador

1

0

5.2

Subalterno

1

1

5.3

Peón  mantenimiento

16

12

5.4

Limpieza

25

9

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En  Santa Eulalia del Río, a 28 de diciembre de 2015

El Alcalde

Vicente Marí Torres