Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 18554
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de diciembre de 2015 por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro privado concertado Virgen del Carmen de Palma
Hechos
1. La Orden del 16 de marzo de 1976 (BOE núm. 153, de 26 de junio) aprobó la transformación y la clasificación definitiva del Centro Virgen del Carmen, autorizando 12 unidades de Educación Primaria.
2. La Orden Ministerial de 19 de mayo de 1994 autorizó 3 unidades de Educación Infantil.
3. La Orden de 15 de noviembre de 1996 (BOE núm. 295, de 7 de diciembre) autorizó definitivamente la apertura y el funcionamiento del centro Virgen del Carmen, siendo su configuración:
- Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares
- Bachillerato: 4 unidades y 136 plazas escolares
Modalidades de Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales
4. La Resolución de la Consejera de Educación y Cultura de 15 de abril de 2008 (BOIB de 20 de mayo) autorizó el cambio de NIF y el cambio de la denominación del titular. En el punto 5 de esta Resolución se especifica que la titularidad del centro no cambia y que la entidad titular continúa siendo la Orden de los Carmelitas Descalzos.
5. Finalmente, la Resolución del Consejero de Educación y Cultura, de 29 de octubre de 2009 (BOIB núm. 164 de 10 de noviembre) autorizó una modificación de la autorización siendo la siguiente:
- Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares
- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares
- Bachillerato: 4 unidades,
Modalidades de Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales
6. En fecha 18 de noviembre de 2015, el Sr. Marc González Sabater, como representante de la Entidad Hermanos Descalzos de la Orden de la Bienaventurada María del Monte Carmelo (Carmelitas Descalzos), entidad titular del Centro Privado concertado Virgen del Carmen con código 07002816, solicitó el cambio de titularidad con efectos de 1 de enero de 2016 que pasará a ser de la Congregación de los Hermanos de la Sagrada Familia (Provincia de Nuestra Señora de la Asunción, España).
Para acreditar su solicitud, aportó la siguiente documentación:
• Nombramiento del Superior Provincial de los Carmelitas Descalzos.
• Certificación del nombramiento del Provincial de los Hermanos de la Sagrada Familia.
• Certificación del nombramiento del Administrador Provincial de los Hermanos de la Sagrada Familia.
• Certificación del Acuerdo del Consejo Provincial de los Carmelitas Descalzos de 19 de octubre de 2015, para la cesión de la titularidad del colegio Virgen del Carmen a los Hermanos de la Sagrada Familia.
• Certificación del acuerdo del Consejo Provincial de los Hermanos de la Sagrada Familia de 27 de agosto de 2015, aceptando la cesión de la titularidad del colegio Virgen del Carmen por parte de los Carmelitas Descalzos.
• Inscripción de los Hermanos de la Sagrada Familia en el registro de entidades religiosas de Ministerio de Justicia, en fecha 12 de abril de 1982, que se corresponde con el número de registro 797-SE / B, y que tiene el núm. de Identificación Fiscal R0700312B.
7. El 21 de diciembre de 2015, el Jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre el expediente de autorización del cambio de titularidad del centro privado concertado Virgen del Carmen de Palma.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE nº 159, de 4 de julio de 1985), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE), (BOE núm.106, de 4 de mayo), en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013 , de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa ( LOMCE ) , (BOE núm. 295 , de 10 de diciembre).
3. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
4. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE del 1 de marzo), reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE del 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
5. El Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares , por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros fechada el 22 de diciembre de 2015, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar el cambio de titularidad del centro privado concertado Virgen del Carmen de Palma, que hasta ahora era de los Hermanos Descalzos de la Orden de la Bienaventurada María del Monte Carmelo, Carmelitas Descalzos, que pasa a ser de la Congregación de los Hermanos de la Sagrada Familia (Provincia de Nuestra Señora de la Asunción, España) con efectos de 1 de enero de 2016
2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente manera:
Código de centro: 07002816
Denominación genérica: centro de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato
Denominación específica: Virgen del Carmen
Titular: Congregación de los Hermanos de la Sagrada Familia
Domicilio: C / Murillo, núm. 48
Localidad: Palma
CP: 07013
Municipio: Palma
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares
- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares
- Bachillerato: 4 unidades y 150 plazas escolares
Modalidades de Ciencias y Humanidades y Ciencias Sociales
3. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros Docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, con efectos de 1 de enero de 2016.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 23 de diciembre de 2015
El Consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà