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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 18545
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 15 de diciembre de 2015 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Angelets de Llum, de Palma

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Texto

Hechos

1. El 21 de abril de 2008 (NRE 25506/2008), la señora M. Àngela Vich Torres, en representación del centro CEI Pepons, presentó una solicitud de autorización de la apertura y el funcionamiento de un centro privado de educación infantil de primer ciclo situado en la calle de Jorge Sepúlveda, n.º 5, de Palma, con 3 unidades (0-1 años: 1 unidad; 1-2 años: 1 unidad; 2-3 años: 1 unidad).

2. El 18 de septiembre de 2008, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe desfavorable sobre la solicitud presentada.

3. El 7 de octubre de 2008 (NRE 66911/2008), la representante del centro presentó nuevos planos para enmendar las deficiencias indicadas y solicitó cambiar la configuración, de manera que pasara a tener 2 unidades (0-2 años: 1 unidad; 2-3 años: 1 unidad). También presentó la licencia de actividades del Ayuntamiento.

4. El 5 de enero de 2009, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe favorable sobre el nuevo proyecto presentado.

5. El 10 de noviembre de 2015 (NRE 68255/2015), la señora Noralba Cardona Cabrera, como nueva titular del centro, presentó una solicitud para cambiar la denominación por la de Angelets de Llum. También solicitó cambiar la titularidad. Para ello, aportó la documentación necesaria: el cambio de titularidad del Ayuntamiento de Palma y la Resolución del Director General de Salud Pública y Consumo por la cual se ordena el cambio de titularidad y de denominación comercial de la inscripción al Registro de Empresas.

6. El 30 de noviembre de 2015, la titular del centro presentó las titulaciones del profesorado de que dispone. La Comisión de Valoración de la Calificación del Profesorado de Centros de Educación infantil de Primer Ciclo, reunida el día 11 de diciembre de 2015, emitió un informe favorable sobre la calificación del profesorado que figura en la relación aportada por el centro.

7. El 9 de diciembre de 2015, el Jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de autorización de la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Angelets de Llum, de Palma.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. El Real decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE n.º 152, de 26 de junio).

4. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE n.º 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE n.º 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 11 de diciembre de 2015, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2015-2016, la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Angelets de Llum, de Palma, con el código 07015513.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015513

Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo

Denominación específica: Angelets de Llum

Titular: Noralba Cardona Cabrera

Domicilio: c. de Jorge Sepúlveda, n.º 5

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07010

Enseñanzas autorizadas: 2 unidades de educación infantil de primer ciclo:

0 a 2 años: 1 unidad

2 a 3 años: 1 unidad

3. Recordar al centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 15 de diciembre de 2015

 

El Consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà