Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 18535
Aprobación definitiva de la modificación de crédito núm. 4/2015
Vistos los artículos 169.1 y 177.2 del real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 38.2 del real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito 4/2015, para la realización de un crédito extraordinario a una partida del presupuesto del ejercicio 2015, adoptado por la corporación del Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 9 de noviembre de 2015, NO se ha presentado ninguna reclamación, por lo que queda aprobado definitivamente, y a continuación se transcribe a nivel de capítulos las partidas afectadas:
1.- Aprovar inicialmente la modificación de crédito en forma de crédito extraordinario a la partida siguiente del Presupuesto propio del ejercicio 2015 por el importe que se indica a continuación:
Partida |
Descripción gasto |
Importe |
---|---|---|
48027 48028 |
Subvención carrozas Sant Antoni Subvención carrozas de la Rua |
300,00 1.650,00 |
2.- Financiar esta modificación mediante la baja de crédito de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas:
Partida que se da de baja |
Descripción |
Importe de la baja |
---|---|---|
2269902 2269902 |
Fiestas populares Fiestas populares |
300,00 1.650,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de crédito se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, dentro del plazo establecido y en la forma oportuna que establecen las normas de dicha jurisdicción, conforme a lo que se dispone en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción o bien cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Ses Salines, 28 de diciembre de 2015.
El Alcalde
Bernat Roig.