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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 18521
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito 5/2015

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Texto

En cumplimiento del articulo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no presentar-se alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo pleno de día 21/09/2015, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 5/2015 en la modalidad de crédito extraordinaria y suplementos, lo que se hace pública, resumida por capítulos, el estado de ingresos y  gastos definitivos del Presupuesto para el 2015.

PRESUPUESTO DE GASTOS

CAPITULO

CONSIGNACIÓN INICIAL

MODIFICACIÓN

CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

I. GASTOS PERSONAL

2.116.426,19

-12.846,71

2.103.579,48

II. GASTOS EN BIENES CTS…

1.578.748,41

1.578.748,41

III. GASTOS  FINANCIEROS

33.870,00

33.870,00

IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

650.650,00

650.650,00

VI. INVERSIONES REALES

569.744,39

12.846,71

582.591,10

VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

36.305,00

36.305,00

VIII. ACTIVOS FINANCIEROS

0,00

0,00

IX. PASIVOS FINANCIEROS

280.012,78

280.012,78

TOTALES

5.265.756,77

0,00

5.265.756,77

PRESUPUESTO DE INGRESOS

CAPITULO

PREVISIÓN INICIAL

MODIFICACIÓN

PREVISIÓN DEFINITIVA

I. IMPUESTOS DIRECTOS

2.086.455,97

2.086.455,97

II. IMPUESTOS INDIRECTOS

50.000,00

50.000,00

III. TASAS Y OTROS INGRESOS

1.139.411,63

1.139.411,63

IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.425.529,29

1.425.529,29

V. INGRESOS PATRIMONIALES

18.110,00

18.110,00

VI. ALIENACIÓN INVERSIONES REALES

0,00

0,00

VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

249.822,24

249.822,24

VIII. ACTIVOS FINANCIEROS

280.427,64

280.427,64

IX. PASIVOS FINANCIEROS

16.000,00

16.000,00

TOTALES

5.265.756,77

0,00

5.265.756,77

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Sin perjuicio, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

 

A Lloseta, a 22 de diciembre del 2015

El Alcalde,

Bartomeu Moyà Ferragut