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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 18357
Modificación ordenanza fiscal

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Texto

En sesión plenaria de 9/11/2015 se aprobó la modificación del artículo 5 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de residuos sólidos el cual se publicó en el BOIB núm. 167 de 12/11/2015 y se ha sometido a información pública por plazo de 30 días hábiles. Visto que no se ha presentado ninguna alegación se entiende elevado a definitivo el acuerdo según lo que dispone el artículo 17 TRLHL el cual se transcribe:

«La cuota tributaria vendrá determinada por la aplicación del siguiente cuadro de tarifas.

  • En el epígrafe primero se añade: “Viviendas bonificadas: 48,13 €”
  • En el epígrafe segundo:

Se elimina: «Hoteles, moteles, hoteles–apartamentos de cuatro estrellas o más, por plaza: 68,29 €”

Donde dice «Hoteles, moteles, hoteles–apartamentos, pensiones de menos de cuatro por plaza: 40,61 €» pasa a decir «Hoteles rurales y agroturismos (por plaza): 40,61 €

Se añade: «Vivienda turística vacacional (plaza): 24,00 €

  • En el epígrafe tercero se elimina «tiendas de vinos y licores: 296,45 €
  • En el epígrafe cuarto se elimina: «pubs: 462,00 €»
  • En el epígrafe sexto se elimina: “jardinería: 192,50 €”

 

Porreres, 22 de diciembre de 2015

La alcaldesa,
Francisca Mora Veny