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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 18345
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de diciembre de 2015 por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2015 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas

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Texto

Antecedentes

 1. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de julio de 2015, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 101, de 8 de julio, se delegaron determinadas competencias, así como la firma de algunos documentos, en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y se fijó el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, todo ello en el marco de la nueva estructura organizativa de la Administración autonómica a raíz del Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma.

 2. Dicha Resolución —que incluye las delegaciones de carácter general que se realizan a la secretaria general de la Consejería, al director general de Presupuestos y Financiación y al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio— fue modificada mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 13 de julio de 2015 (BOIB n.º 111, de 23 de julio), a fin, entre otras modificaciones, de incorporar algunas delegaciones puntuales en materia de patrimonio al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, y completada, posteriormente, con otras delegaciones específicas en materia de gestión de personal y en materia de emergencias e interior, mediante varias resoluciones de 4 de septiembre, de 21 de septiembre y de 17 de noviembre de 2015 (BOIB n.º 148, de 8 de octubre, y BOIB n.º 175, de 28 de noviembre).

 3. Pues bien, con el fin de agilizar los procedimientos administrativos inherentes a la gestión patrimonial de los bienes y derechos de la Comunidad Autónoma, se considera conveniente delegar en el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el ejercicio de determinadas competencias adicionales en materia de patrimonio que corresponden originariamente a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, concretamente las resoluciones de inicio de todos los procedimientos de gestión patrimonial, que, en el marco de la Ley 6/2001, de 6 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, se inician de oficio, lo cual exige modificar la Resolución de delegación general de 7 de julio de 2015, antes citada.

 Fundamentos de derecho

 1. El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 2. Los artículos 25 y 42 c de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 Por todo ello, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN

1. Añadir un nuevo punto, el 4.º, a la letra e del apartado 2 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de julio de 2015 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la siguiente redacción:

 4.º Las resoluciones de inicio de todos los procedimientos administrativos inherentes a la gestión patrimonial de los bienes y derechos de la Comunidad Autónoma y, en particular, de los relativos a adquisiciones, alienaciones, permutas, arrendamientos, aceptación de donaciones, cesiones gratuitas, cesiones de uso, revocaciones de cesiones gratuitas de uso de estos bienes y derechos, particiones y amojonamientos, recuperación de la posesión, concesiones demaniales, reservas demaniales, explotación de bienes patrimoniales, adquisiciones de títulos representativos del capital y ejercicio de la potestad investigadora.

 2. Disponer que la presente resolución tenga efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 Palma, 18 de diciembre de 2015

 La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí