Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 18339
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por servicios de Temporada en Zonas Delimitadas de Playas
Exp. Núm. 1181/2015
Habiendo resultado aprobada definitivamente la modificación de tasas de la “Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por Servicios de Temporada en zonas delimitadas de Playas”, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno de fecha 29 de octubre de 2015, anuncio publicado en el BOIB número 164 de fecha 7 de noviembre de 2015, y tras haber permanecido expuesto al público durante el plazo reglamentario, sin que se hayan presentado reclamaciones sobre la misma; se transcriben íntegramente a continuación las modificaciones aprobadas definitivamente:
“...
Artículo 3º. Cuantía
1. La cuantía de la tasa regulado en esta Ordenanza, serán las fijadas en el cuadro de tarifas siguientes:
Concepto |
Cuota |
---|---|
Velomar |
350,00€ |
Vela – Surf |
250,00€ |
Stand up paddle surf |
250,00€ |
Piragua - Bote remo |
250,00€ |
Bote a vela |
275,00€ |
Escuela de vela |
175,00€ |
Bote / zodiac / velomar a motor |
600,00€ |
Sky acuático |
600,00€ |
Sky bus |
1.000,00€ |
Hamaca |
65,00€ |
Sombrilla |
65,00€ |
Quiosco |
8.000,00€ |
Punto atraque / Embarcadero |
2.500,00€ |
Lote 1 mesa / 4 sillas |
250,00€ |
Balón Volea |
600,00€ |
Los precios expresados se entienden con IVA incluido
Dichas tarifas se actualizarán anualmente por Decreto de Alcaldía de acuerdo con la variación del IPC provincial facilitado por el INE.
2) También se fijan los descuentos que a continuación se relacionan:
- S’ILLOT DES RENCLÍ 20%
- CALA XUCLAR 20%
- CALA D’EN SERRA 20%
- CALA D’ES MOLTONS 20%
- ES PAS DE S’ILLA DES BOSC 20 %
..”
Lo que se hace público para el general conocimiento.
Sant Joan de Labritja,
El Alcalde
Antoni Marí Marí