Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 18318
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 17 de diciembre de 2015 por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, procedimiento ordinario 309/2015, contra la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 27 de julio de 2015, el cual se ha ampliado a la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 sobre el establecimiento, la renovación y la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015-2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

La Asociación de Madres y Padres del Colegio Llaüt, la Asociación de Madres y Padres de los Colegios Aixa-Aladern y la entidad Promociones Educativas S’Embat, S. A., han interpuesto un recurso contencioso administrativo - actuaciones nº 309/2015, que se siguen por el procedimiento ordinario en la Sala Contenciosa Administrativa nº 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears - contra la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 27 de julio de 2015 por la cual se modifica la Resolución provisional del director general de Planificación e Infraestructuras Educativas de 22 de abril de 2015 sobre el establecimiento, la renovación y la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015-2016 (BOIB nº 118, de 6 de agosto). Mediante un auto de la Sala Contenciosa Administrativa nº 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de 14 de diciembre de 2015, este recurso se ha ampliado a la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 sobre el establecimiento, la renovación y la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015-2016 (BOIB nº159, de 31 de octubre).

Fundamentos  de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, actuaciones nº 309/2015, que se sigue en la Sala Contenciosa Administrativa nº 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, contra la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 27 de julio de 2015, el cual se ha ampliado a la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 sobre el establecimiento, la renovación y la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2015-2016, a fin de que se puedan personar como demandadas ante este Tribunal en el plazo de nueve días contadores desde la fecha de publicación de esta Resolución.

2.  Comunicar a las personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se las considerará parte, sin que por ello el procedimiento se tenga que retrotraer ni interrumpir, y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.

  

 Palma, 17 de diciembre de 2015

 El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla