Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17789
Juicio de Faltas 274/2015
DÑA NIEVES AFÁN DE RIVERA JIMÉNEZ, Secretaria del JDO DE INSTRUCCIÓN N 8 DE PALMA DE MALLORCA.
POR LE PRESENTE HAGO CONSTAR; Que en los autos de JUICIO POR DELITO LEVE 274/15 ha recaido Sentencia , del tenor literal:
S E N T E N C I A NÚM. 262/2015
En PALMA DE MALLORCA a veinticuatro de Julio de dos mil quince.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción número ocho de Palma de Mallorca, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000274/2015, seguida por una falta de HURTO contra MONIR BOUQASRI KOULIJ habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal.
F A L L O
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a MONIR BOUQASRI KOULIJ, como autor responsable de una falta de HURTO a la pena de UN MES DE MULTA A RAZON DE 6 EUROS DIARIOS ; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa, la misma queda sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, y sirva la presente de notificación a : MONIR BOUQASRI KOULIJ extiendo la presente a 26 de noviembre 2015.
EL SECRETARIO JUDICIAL