Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 18203
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 4 de diciembre de 2015 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Baberitos Tenis, de Palma
Hechos
1. El 16 de agosto de 2013 (NRE 46626/2013), la señora Antònia Palmer Tomás, en representación del centro CEI Baberitos Tenis, presentó una solicitud de autorización de la apertura y el funcionamiento de un centro privado de educación infantil de primer ciclo situado en la calle de Can Baró, 9, de Palma, con 3 unidades (0-1 años: 1 unidad; 1-2 años: 1 unidad; 2-3 años: 1 unidad).
2. El 25 de septiembre de 2013, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe desfavorable sobre la solicitud presentada.
3. El 8 de noviembre de 2013 (NRE 68735/2013), la señora Antònia Palmer Tomás, titular del centro, presentó la documentación necesaria para enmendar las deficiencias indicadas.
4. El 19 de noviembre de 2013, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe condicionado a la enmienda de deficiencias.
5. El 5 de mayo de 2014 (NRE 21420/2014), la titular del centro presentó un anexo del proyecto, en el que se enmendaban las deficiencias detectadas.
6. El 2 de junio de 2014, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un nuevo informe condicionado a la acreditación del cumplimiento de las medidas de seguridad del centro en caso de incendio y de las condiciones de seguridad, sanidad y accesibilidad.
7. El 9 de abril de 2015 (NRE 20917/2015), la titular del centro presentó la documentación solicitada y un informe de supresión de barreras arquitectónicas.
8. El 16 de abril de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe técnico favorable sobre el proyecto presentado.
9. El 9 de junio de 2015, después de visitar el centro el día 4 de junio, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe favorable.
10. El 24 de julio de 2015 (NRE 52100/2015), la titular del centro presentó una relación de las titulaciones del profesorado del centro.
11. El 24 de agosto de 2015, la Comisión de Valoración de la Calificación del Profesorado de Centros de Educación Infantil de Primer Ciclo emitió un informe favorable sobre la calificación del profesorado que figura en la relación aportada por el centro.
12. El 1 de diciembre de 2015, el Jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de autorización de la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Baberitos Tenis, de Palma.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. El Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB n.º 63, de 8 de mayo).
4. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE n.º 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE n.º 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 2 de diciembre de 2015, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2015-2016, la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Baberitos Tenis, de Palma, con el código 07015501.
Como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07015501
Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo
Denominación específica: Baberitos Tenis
Titular: Antònia Palmer Tomás
Domicilio: c. de Can Baró, 9
Localidad: Palma
Municipio: Palma
Código postal: 07014
Enseñanzas autorizadas: 3 unidades de educación infantil de primer ciclo:
0 a 1 años: 1 unidad
1 a 2 años: 1 unidad
2 a 3 años: 1 unidad
2. Recordar al centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 4 de diciembre de 2015
El Consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà