Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE MANACOR
Núm. 17716
Juicio verbal 166/2015 sobre otras materias
D./Dª. JOSE ANTONIO COUSO MARTINEZ, Secretario/a Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.3 de MANACOR, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento juicio verbal seguido a instancia de SCHINDLER SA frente a AUTOVENTA SON MAS SL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Fecha: once de Noviembre de dos mil quince. DON JUAN MANUEL GÓMEZ FORKER, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de MANACOR, ha visto los presentes autos de JUICIO VERBAL núm.166/2015, siendo partes intervinientes, como demandante, SCHINDLER SA, representado/a y asistido/a por el/la Procurador/a Don/Doña Juan Francisco Cerdá Bastard y asistido/a por el/la Letrado/a Don/Doña Juan Rosa Roldán; como demandado/a, AUTOVENTA SON MAS SL, en situación procesal de rebeldía; dictándose la presente Sentencia con base en los siguientes. ANTECEDENTES DE HECHO. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
FALLO.
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por SCHINDLER SA, representado/a y asistido/a por el/la Procurador/a Don/Doña Juan Francisco Cerdá Bastard y asistido/a por el/la Letrado/a Don/Doña Juan Rosa Roldán; contra AUTOVENTA SON MAS SL, en situación procesal de rebeldía, CONDENO a dicho demandado a abonar a la demandante la suma de 926,28 € (correspondiendo 190,42 € a facturas impagadas, 72,13 € a reintegro de descuentos y 663,73 € a penalización por resolución anticipada), con más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución y con expresa imposición de las costas causadas.
Y encontrándose dicho demandado, AUTOVENTA SON MAS SL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MANACOR a doce de Noviembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,