Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 18065
Acuerdo de la Comisión de Valoración de 4 de diciembre de 2015 por el que se modifica la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para participar en el concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem, conforme a la Resolución de 22 de octubre de 2014
1. En fecha 23 de octubre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) la Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 22 de octubre de 2014, que se dictó en ejecución parcial y provisional de la Sentencia número 23/2014, de 29 de enero de 2014, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, por la que se convoca un concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem.
2. El 17 de enero de 2015 se publicó en el BOIB número 9, de 17 de enero de 2015, el requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes presentadas, concediendo un plazo de diez días hábiles para que los participantes al concurso subsanaran las deficiencias observadas o aportaran los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el punto cuarto del anexo 1 de dicha Resolución.
3. El punto quinto del anexo 1 de la Resolución de 22 de octubre de 2014 establece que una vez agotado el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, de subsanación, se publicará en el BOIB la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, concediéndose un plazo de quince días para que los solicitantes puedan presentar las reclamaciones y alegaciones que consideren oportunas a la citada lista provisional.
Cabe considerar que aquello que determina la exclusión de los participantes en el concurso es la no presentación de la documentación relacionada en el apartado 2.1 del anexo 1 de la Resolución de convocatoria del concurso, o bien la presentación de dicha documentación preceptiva aunque sin cumplir lo establecido en el apartado 2.2 del propio anexo 1 de la citada Resolución y en el artículo 38.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4. Una vez terminado el preceptivo plazo para la subsanación de deficiencias de las solicitudes, la Comisión de Valoración, en la sesión de 16 de febrero de 2015 adoptó el Acuerdo de 4 de marzo de 2015 por el que se aprobó la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicó en el BOIB número 38, de 19 de marzo de 2015.
Por una parte, en el anexo 1 del citado Acuerdo, en el que figura la lista provisional de aspirantes admitidos, se incluyeron los siguientes participantes:
De otra, en el anexo 2 del citado Acuerdo se incluyeron los participantes provisionalmente excluidos indicando las causas de dicha exclusión. En el punto 2 del mismo Acuerdo se concedió un plazo de quince días para que estos solicitantes pudieran presentar las reclamaciones y alegaciones que consideraran oportunas a la citada lista provisional.
5. La Comisión de Valoración revisó de nuevo los expedientes y comprobó que una de las personas solicitantes que figuraba en la lista provisional de admitidos, la señora Rosana Noya Hervas, que presentó su solicitud conjuntamente con la señora Joana Mª Jaume Torrens, no aportó el original o copia compulsada del título universitario de licenciada en farmacia, y por omisión involuntaria de la Comisión no se le requirió para que presentara dicho documento en el requerimiento conjunto de subsanación de deficiencias de las solicitudes de fecha 22 de diciembre de 2014, publicado en el BOIB número 9, de 17 de enero de 2015.
Por ello, se dictó el correspondiente Requerimiento de subsanación de deficiencias de fecha 20 de julio de 2015, publicado en el BOIB número116, de 1 de agosto de 2015, mediante el que se concedió a la Sra. Noya un plazo de diez días hábiles para la presentación de la citada documentación, advirtiéndola de que en caso de incumplir ese requerimiento dentro del plazo señalado las dos serían excluidas del concurso y, en consecuencia, se modificarían las listas de participantes de admitidos y excluidos.
6. En el mismo Requerimiento de subsanación de deficiencias, publicado en el BOIB número 116, de 1 de agosto de 2015, se requirió al Sr. Corral la aportación del documento acreditativo de la prestación de servicios en la farmacia Antònia Bagur Claverol entre el día 01/11/2003 y el día 02/02/2004, puesto que por error tipográfico se requirió a otra concursante la subsanación de la documentación que correspondía también requerir al Sr. Corral Costa, concretamente la aportación del original o fotocopia compulsada de toda la documentación presentada (documento nacional de identidad, título de licenciado en farmacia, así como el resto de documentación adjunta a la solicitud), habida cuenta de que los documentos constan compulsados por el secretario del CEPA de la Mancomunidad del Raiguer, sin que se presentara la solicitud y documentación adjunta en el registro de entrada de dicho CEPA.
La Comisión de Valoración, en la sesión de 28 de octubre de 2015, revisó la documentación aportada por el Sr. Luis José Corral Costa junto con su solicitud y, conforme a los criterios adoptados en las sesiones anteriores con respecto a la validez de la compulsa de documentos aportados por los concursantes y conforme a lo previsto en el punto cuarto de las bases, se dictó el correspondiente Requerimiento de subsanación de deficiencias otorgando a la persona interesada un plazo de diez a contar desde el día siguiente a la publicación del requerimiento en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB nº. 159, de 31 de octubre de 2015) para que subsanara las deficiencias relacionadas, con los efectos de desistimiento de la solicitud previstos por el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, respecto al incumplimiento del requerimiento, con la consecuente inclusión en la lista provisional de excluidos.
7. Una vez acabado el periodo de tiempo concedido para la subsanación de documentación, ni la Sra. Rosana Noya Hervas, que presentó su solicitud conjuntamente con la señora Joana M. Jaume Torrens, ni el Sr. Luis José Corral Costa han subsanado las deficiencias requeridas en la presentación de la documentación.
En consecuencia, la Comisión de valoración ha adoptado el siguiente
Acuerdo
1. Aprobar y publicar la modificación de la lista provisional de aspirantes admitidos que queda patente en el anexo 1 de este Acuerdo para participar en el concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem, convocado mediante Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 22 de octubre de 2014.
2. Aprobar y publicar la modificación de la lista provisional de aspirantes excluidos, así como las causas de exclusión que quedan patentes en el anexo 2 del presente Acuerdo, para participar en el concurso de méritos para la adjudicación de tres oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Palma y una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Binissalem, convocado mediante Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 22 de octubre de 2014.
3. Conceder a la Sra. Rosana Noya Hervas, a la Sra. Joana M. Jaume Torrens y al Sr. Luis José Corral Costa un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el BOIB, para que puedan presentar las reclamaciones y alegaciones que consideren oportunas a dicha lista provisional.
4. Informar que no procede conceder un nuevo plazo al resto de aspirantes provisionalmente excluidos del anexo 2, dado que ya se les concedió mediante el Acuerdo de 4 marzo de 2015 por el que se aprobó la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos publicado en el BOIB número 38, de 19 de marzo de 2015.
Palma, 4 de diciembre de 2015
El presidente de la Comisión
Joan Pou Bordoy
La secretaria de la Comisión
Maria Bauçà Miralles
ANEXO 1
Lista provisional de aspirantes admitidos
Nombre
Adrover Rigo, Maria
Alcover Garau, María Emilia
Alomar Henríquez, Antonio
Álvarez Barreiros, Manuel
Andreu Santandreu, Margarita I.
Anrubia Cebolla, Josefa L.
Arnal Calvo, Ramon
Artacho Merlo, Se Estila
Bordoy Seguí, Andrés Pablo
Borràs Urtubia, Teresa
Cabrer Servera, Paloma
Campos Martínez, Óscar Alberto
Claro Blanch, María Magdalena
De la Plaza De Cozar, Asunción
Escobar Prieto, Ana María
España Lladó, Àgueda
Falomir Gómez, Teresa María
Fenner, Katharina
Fernández García, Vanesa
Ferriol Duran, Gemma
Carpintero Cervilla, Neus
García Aguiló, Eva
Gayà Cantallops, María Magdalena
González San Miguel, Hilda María
Grandío García, María Reyes
Homar Ferrer de Sant Jordi, Mª de la Concepción
Manresa Ballester, Margalida
Martínez Jiménez, María Victoria
Méndez Lorenzo, Bárbara A.
Maestro Barceló, María Magdalena
Miro Sacristán, Miguel
Miralles Coll, Miguel Ángel
Montaner de Iranzo, Paloma
Moranta Ribas, Francesc X.
Mudoy Servera, Francisca
Mulet Trobat, Agustín
Muñoz Agullo, José Francisco
Nicolás Picó, Jorge
Oliver Karger, Isabel Marina
Oliver Quetglas, Francisca A.
Palos Martínez, Carmen
Perales López, Bernardo
Pérez García, Susana
Pizà Vidal, Margarita V.
Pones Servera, Cristóbal
Pones a Jaume, Maria Aina
Poves Faure, Sara
Quiñones Piquero, Silvia
Rico Fernández, María
Riutort Arroyo, María Esperanza
Salvà Cerdà, María Apolonia
Santandreu Jaume, Francisca María
Seco Melantuche, Raquel
Sierra Llobet, Sara
Tomàs Esteva, María Pilar
Pulpejos Vanrell, Mateo Jesús
Valor Alcalde, Julián Alberto
Ventanyol Aguiló, Pedro
ANEXO 2
Lista provisional de aspirantes excluidos
Nombre:
Corral Costa, Luis José
Causa de exclusión
No ha aportado el original, testimonio notarial o fotocopia compulsada, en la forma prevista en el artículo 38.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, del documento nacional de identidad o el documento equivalente, del título de licenciado en farmacia o equivalente y del resto de documentación presentada junto a la solicitud, dado que los documentos constan compulsados por el secretario del CEPA de la Mancomunidad del Raiguer sin que se hubiera registrado la solicitud en el registro de entrada de esa unidad.
Nombre
Di Forte, Miriam Mònica
Causa de exclusión
No ha aportado el documento nacional de identidad o documento equivalente.
Nombre
Miquel Obrador, María José
Causa de exclusión
No ha presentado copia compulsada completa del título de farmacéutica o equivalente (únicamente se aportó copia compulsada del anverso del título) en el plazo establecido.
Nombre
Noya Hervas, Rosana y Jaume Torrens, Joana M.
Causa de exclusión
No ha aportado copia compulsada del título de farmacéutica o equivalente.
Nombre
Villalonga Vadell, María del Carmen
Causa de exclusión
No ha aportado copia compulsada del documento nacional de identidad.