Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 18064
Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Calvià por el que se crean ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:
Primero.- Los ficheros del Ayuntamiento de Calvià serán los contenidos en los anexos de este decreto.
Segundo.- Se crean los ficheros incluidos en el Anexo I de este decreto, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y del artículo 54.1 del reglamento de desarrollo de ésta.
Tercero.- Los ficheros que se recogen en los anexos de este Decreto de Alcaldía, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Cuarto.- En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Decreto de Alcaldía en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Alcalde-Presidente
Alfonso Rodríguez Badal
ANEXO I
Ficheros de nueva creación
Fichero: AYUDAS Y SUBVENCIONES
a) Denominación del fichero, descripción de su finalidad y usos previstos:
a.1) Denominación: Ayudas y Subvenciones.
a.2) Descripción de la finalidad y usos previstos: organización de actividades propias de las asociaciones. Se incluye la gestión, el control de las actividades y las subvenciones a dichas asociaciones. Dichas actividades son:
b) Procedencia de los datos de carácter personal, personas o colectivos de interesados y procedimiento de recogida de los datos:
b.1) Procedencia de los datos: de la persona interesada o su representante legal; otras personas físicas; registros públicos; fuentes accesibles al público; entidades privadas; administraciones públicas, otros (agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes….)
b.2) Colectivos de interesados: empleados, ciudadanos y residentes, asociados, socios o miembros, propietarios y/o arrendatarios, representantes legales, personas de contacto, beneficiarios.
b.3) Procedimiento de recogida: formularios de solicitud, vía telefónica, on-line y correo electrónico.
c) Estructura básica del fichero, descripción de los tipos de datos incluidos en el fichero y sistema de tratamiento utilizado:
c.1) Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF/otro documento identificativo oficial, nombre y apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico, firma, fax.
Información comercial: actividades y negocios, licencias comerciales.
Datos económicos, financieros, seguros: ingresos/rentas, datos bancarios, seguros, subsidios/beneficios, presupuestos.
Datos transacciones, bienes y servicios: transacciones financieras, subvenciones económicas.
Otros tipos de datos: programa de actuaciones, memoria de actividades.
c.2) Sistema de tratamiento: mixto.
d) Cesiones o comunicaciones de datos: hacienda pública y administración tributaria, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales. Las previstas en la legislación vigente en materia de ayudas y subvenciones.
e) Transferencias internacionales de datos: no están previstas.
f) Entidad pública titular del fichero: Servicio de Participación Ciudadana.
g) Servicio o unidad para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: el órgano administrativo ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999 es el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Calvià, calle Julià Bujosa Sans, Batlle, 1 (Calvià).
h) Nivel de seguridad adoptado: nivel básico.