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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección tercera. Cursos y formación

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 18046
Resolución de la Presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 3 de diciembre de 2015 por la que se convocan y se publican las actividades formativas del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016

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Texto

Hechos

1. El 24 de noviembre de 2015, El Jefe de Estudios III de la EBAP, una vez elaborado el plan de formación que incluye la oferta de cursos para el personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut) para el año 2016 y las instrucciones de aplicación, emitió un informe propuesta sobre esta oferta, con el visto bueno de la Jefa del Departamento de Formación y Selección, con la finalidad de aprobar la correspondiente convocatoria.

2. El 3 de diciembre de 2015, el Consejo Rector de la EBAP acordó elevar al Consejo de Dirección de la EBAP la propuesta de aprobación del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016, de conformidad con la propuesta del Jefe de Estudios III.

3. En la sesión de 3 de diciembre de 2015, el Consejo de Dirección, en el ejercicio de la función que le atribuye el artículo 11.2.e) de los Estatutos de la EBAP, acordó aprobar el Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016, que incluye las instrucciones que rigen las actividades formativas programadas (anexo 1) y la lista de materias (anexo 2).

4. El Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016 se incluye dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013, publicado por la Resolución de 8 de octubre de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (BOE n.º 252, de 21 de octubre de 2013).

Fundamentos de derecho

1. El artículo 12 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que corresponde a la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) la formación, la capacitación y el perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración autonómica y de las entidades que dependen de ella.

2. El artículo 4 de los Estatutos de la EBAP, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, incluye, entre los objetivos específicos de la EBAP, la formación, la capacitación y el perfeccionamiento del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 191/1996, de 25 de octubre, regula las condiciones generales de las actividades formativas dirigidas al personal al servicio de la Comunidad Autónoma que organiza la Consejería de la Función Pública e Interior (ahora, Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas). El artículo 1 de este decreto indica que el Instituto Balear de Administración Pública (ahora, Escuela Balear de Administración Pública) es el principal instrumento de la política formativa de la Administración pública de las Islas Baleares y elabora periódicamente diferentes planes de formación que responden a los principios de eficacia y de calidad de las actividades formativas, con la finalidad de favorecer la participación del personal al servicio de la Administración.

4. La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, regula este tipo de firma, su eficacia jurídica y la prestación de servicios de certificación.

Por todo ello, de acuerdo con las atribuciones que me otorga el artículo 9 del Decreto 31/2012, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la convocatoria de las actividades formativas para el personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut), según el plan de formación aprobado por el Consejo de Dirección de la EBAP para el año 2016 y la lista de materias que establece el anexo 2 de esta resolución.

2. Publicar las instrucciones que rigen el desarrollo del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016, aprobadas por el Consejo de Dirección en la sesión de 3 de diciembre de 2015, de acuerdo con lo que establece el anexo 1 de esta resolución.

3. Publicar la oferta del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016 en la página web <http://ebap.caib.es>, con la indicación concreta de los títulos de las actividades, los destinatarios, el calendario, los lugares de realización y el resto de información correspondiente a las actividades programadas.

4. Sujetar la ejecución de las actividades programadas a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio de 2016, de acuerdo con la asignación económica correspondiente a los organismos que participan en la formación.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidenta de la EBAP en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de haberse publicado la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 3 de diciembre de 2015

 

La presidenta de la EBAP

Catalina Cladera Crespí

   

ANEXO 1

Instrucciones que rigen las actividades formativas del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016, organizadas por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Punto 1. Personas destinatarias

1.1. Las personas destinatarias de las actividades formativas del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud (Ib-salut), organizadas por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), son las siguientes:

a) El personal empleado público, funcionario y estatutario, del Servicio de Salud (Ib-salut) de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

b) El personal empleado público del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en caso de que resten plazas vacantes y si el contenido de la actividad formativa tiene relación con las funciones que desarrolla este personal.

c) El personal de las otras administraciones del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, cuando haya un convenio o acuerdo de colaboración entre administraciones.

1.2. El personal mencionado en los puntos anteriores tiene derecho a participar en las actividades formativas de la EBAP en los términos y en las condiciones que se determinan en esta convocatoria.

Punto 2. Número máximo de solicitudes

Las personas interesadas podrán solicitar hasta un máximo de cinco actividades formativas por cada uno de los periodos que se indican en el punto 4 de estas instrucciones. Esta limitación queda exceptuada en las actividades formativas abiertas con un nuevo plazo de inscripción.

Punto 3. Modalidades de inscripción en las actividades formativas y presentación de documentación

Empleados con acceso al Portal de Servicios al Personal

3.1. El personal del Servicio de Salud (Ib-salut) con acceso al Portal de Servicios al Personal debe tramitar sus solicitudes por este medio.

Empleados sin acceso al Portal de Servicios al Personal

3.2. El personal del Servicio de Salud (Ib-salut) sin acceso al Portal de Servicios al Personal puede tramitar sus solicitudes siguiendo dos procedimientos:

a) Mediante la matriculación por Internet, para lo cual se accederá a la página web <http://ebap.caib.es>; a continuación, se accederá a <Planes de formación de la EBAP 2016>; a continuación, se accederá a <Formación General - Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud 2016>; finalmente, se accederá a <Matriculación por Internet>.

b) Mediante el impreso habilitado a este efecto, en el cual se harán constar todos los datos que se piden, incluyendo la dirección electrónica, que es la herramienta para comunicar la admisión a las actividades formativas. La falta de datos podrá ser motivo de exclusión. Las solicitudes se deben presentar en el Registro de la EBAP o en cualquiera de las formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Presentación de solicitudes cuando se abra un nuevo plazo

3.3. Si quedan plazas disponibles en una actividad formativa, se podrá abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes. En este caso, las solicitudes se deberán presentar mediante el Portal de Servicios al Personal, la matriculación por Internet o el correo electrónico.

Punto 4. Plazo de presentación de solicitudes

4.1. El Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud (Ib-salut) se estructura en tres periodos, cada uno de los cuales tiene su propio plazo de inscripción.

Primer periodo

Plazo de inscripción: del 21 de diciembre de 2015 al 15 de enero de 2016 (ambos incluidos).

Segundo periodo

Plazo de inscripción: del 7 al 31 de marzo de 2016 (ambos incluidos).

Tercer periodo

Plazo de inscripción: del 20 de junio al 31 de julio de 2016 (ambos incluidos).

4.2. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se tendrán en cuenta.

4.3. Es de aplicación al Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud (Ib-salut) la Resolución de la Presidenta de la EBAP de 11 de julio de 2009 por la que se aprueban nuevas formas de inscripción a las acciones formativas de los planes de formación de la EBAP. En este sentido, una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas, los interesados que, de acuerdo con el punto 1 del anexo de la resolución antes mencionada, presenten una solicitud dentro de un nuevo plazo de inscripción en el registro de cualquier ente u órgano de la Administración diferente de la EBAP, deberán adelantar la solicitud y los justificantes de los requisitos, en su caso, al número de fax 971 17 76 19 o a la dirección electrónica <formaciogeneral@ebap.caib.es>. Las nuevas formas de inscripción a las actividades formativas no son de aplicación a las actividades de la modalidad en línea.

Punto 5. Calendario de las actividades formativas

Las fechas de impartición de las actividades formativas correspondientes a los tres periodos mencionados se publicarán en la página web <http://ebap.caib.es> antes de que empiece el respectivo plazo de inscripción.

Punto 6. Requisitos preferentes o exclusivos

6.1. Cuando la actividad formativa establezca destinatarios o requisitos preferentes, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones de preferencia. En caso de no haber aspirantes suficientes, la actividad formativa se podrá ofrecer a aspirantes que no cumplan estas condiciones, pero que tengan un perfil que se adapte al contenido de la actividad.

6.2. Cuando la actividad formativa establezca destinatarios o requisitos exclusivos, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones de exclusividad. No se admitirán las solicitudes de los aspirantes que no cumplan estas condiciones. La EBAP se reserva la posibilidad de modificar el requisito de exclusivo a preferente, siempre que el cambio esté debidamente justificado.

Punto 7. Selección

7.1. Solo se admitirán las solicitudes de las personas que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.

7.2. Teniendo en cuenta el punto 1 de estas instrucciones, si el número de admitidos a una actividad supera el número de plazas previsto, la EBAP hará la correspondiente selección. Los criterios de preferencia en la selección son los siguientes:

1º. Las personas destinatarias preferentes, cuando así lo establezca la actividad formativa. La relación de la actividad formativa con las funciones que desarrolla la persona solicitante se deben acreditar con un documento firmado por el superior jerárquico responsable del puesto de trabajo de que se trate. A este efecto, la EBAP hará las comprobaciones oportunas.

2º. El personal funcionario de carrera, el personal laboral fijo o el personal estatutario en propiedad. En este criterio se deberá tener en cuenta la situación laboral en activo.

3º. En igualdad de condiciones, tienen preferencia las personas aspirantes que no hayan participado en otras actividades formativas de la EBAP convocadas el año anterior o las personas aspirantes que hayan participado en menos actividades del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) convocadas durante el año en curso.

4º. La fecha de registro de la solicitud.

7.3. Las personas que, en el momento de presentar la solicitud, acrediten que se han reincorporado al servicio activo después de un permiso de maternidad o paternidad, o una excedencia por cuidado de familiares o de personas con discapacidad, tendrán máxima preferencia en la selección, durante un año, siempre que cumplan los requisitos.

Las referencias que se hacen en el apartado de personas destinatarias en relación con los grupos de personal funcionario son extensibles a los niveles correlativos del personal laboral al servicio de la Administración.

Asimismo, las referencias que se hacen en el apartado de personas destinatarias en relación con los grupos de personal funcionario son extensibles a los niveles y grupos correlativos del personal estatutario al servicio de la Administración.

7.4. En caso de que no se cubran todas las plazas de la actividad formativa con el personal del Servicio de Salud (Ib-salut) o del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se hará la selección para cubrir las plazas vacantes con las solicitudes del personal de las otras administraciones públicas y entes públicos dependientes del ámbito territorial de las Islas Baleares, y con las del personal que ha perdido su situación de preferencia en la selección (punto 12). En cualquier caso, los criterios de preferencia son los que se indican en el punto 7.2.

7.5. En caso de que haya actividades presenciales que coincidan parcialmente o totalmente en fechas, las personas interesadas solo serán admitidas en una. No obstante, se permite la admisión a una actividad formativa presencial y a una en línea que coincidan parcialmente o totalmente en fechas, o la admisión a dos actividades en línea que coincidan parcialmente o totalmente en fechas.

Punto 8. Causas de no admisión o exclusión de las actividades formativas

Quedarán excluidas del proceso de selección las personas que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Presentación de solicitudes fuera de plazo o por una vía diferente de las que se mencionan en el punto 3 de estas instrucciones.

b) Omisión, inexactitud o falta de veracidad de los datos consignados en la solicitud.

d) No pertenecer al grupo destinatario de la actividad formativa o no cumplir los requisitos.

Punto 9. Lista de personas admitidas

9.1. La EBAP publicará la lista de personas admitidas en la página web <http://ebap.caib.es> y también comunicará individualmente la admisión mediante la dirección electrónica adscrita al número de registro de personal o, en su caso, la dirección electrónica facilitada a la EBAP.

9.2. En caso de que las personas solicitantes cambien de dirección electrónica, lo deberán comunicar a la EBAP. También deberán informar a la EBAP si ya no es operativa la dirección electrónica que facilitaron en un principio.

9.3. La admisión a las actividades formativas no supone ninguna autorización de la EBAP para dejar el puesto de trabajo.

9.4. La EBAP, de conformidad con el personal colaborador, adaptará las actividades formativas a las necesidades de los alumnos que aleguen alguna discapacidad.

Punto 10. Número de personas asistentes y suspensión de actividades formativas

10.1. En general, las actividades formativas tendrán entre quince y treinta alumnos. Esta cantidad podrá aumentar o disminuir en caso de que la materia o la estructura de la actividad lo recomienden.

10.2. Se podrán suspender las actividades que tengan un número de inscritos (no excluidos) inferior al 75 % de las plazas ofrecidas, o menos de quince personas inscritas (no excluidas), en el caso de Mallorca; inferior al 70 %, o menos de diez personas inscritas (no excluidas), en el caso de Menorca y Eivissa, e inferior al 70 %, o menos de siete personas inscritas (no excluidas), en el caso de Formentera.

Punto 11. Lista de espera

11.1. Todas las actividades formativas podrán tener listas de espera para cubrir bajas o renuncias. Las listas de espera se publicarán en la página web <http://ebap.caib.es> en el momento de la selección y se actualizarán, permanentemente, de manera interna.

11.2. En cualquier caso, corresponde a la EBAP comunicar la admisión a las actividades formativas.

Punto 12. Asistencia e incapacidad laboral. Pérdida de la situación de preferencia

12.1. Con la solicitud se contrae la obligación de asistir o acceder a la actividad formativa, dependiendo de la modalidad de impartición. Si no se puede asistir a una actividad, se debe comunicar por escrito a la dirección electrónica <formaciogeneral@ebap.caib.es> o al número de fax 971 17 76 19, como mínimo, cinco días hábiles antes de que empiece la actividad.

12.2. El hecho de no renunciar a la actividad dentro del plazo fijado y de no comunicar la incapacidad laboral supondrá ocupar, durante un año natural, el último nivel en los criterios de preferencia en la selección, de acuerdo con lo que establece el punto 7 de estas instrucciones.

12.3. A efectos de justificar las ausencias, se considerarán las renuncias que se presenten fuera de plazo en los siguientes casos:

Baja por enfermedad.

Enfermedad de hijos menores de 12 años.

Ausencia motivada por necesidades del servicio.

Cumplimiento de un deber inexcusable.

Accidente o enfermedad grave, hospitalización o defunción de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Estas justificaciones se deben acompañar de la documentación acreditativa, a efectos de no perder la situación de preferencia en la selección, de acuerdo con lo que establece el punto 7 de estas instrucciones.

12.4. La asistencia a un 50 % mínimo de horas lectivas supone no perder la situación de preferencia en la selección, de acuerdo con lo que establece el punto 7 de estas instrucciones.

12.5. Las ausencias superiores al 20 % de horas lectivas, aunque estén justificadas, suponen la pérdida del derecho a obtener el certificado de asistencia o de aprovechamiento que se regula en el punto 16 de estas instrucciones.

12.6. Las personas admitidas deben asistir a la primera hora del primer día de la actividad formativa. En caso de que no asistan sin haberlo justificado previamente, su plaza podrá ser ocupada por personas que asistan en la modalidad del «último minuto», de acuerdo con lo que establece la Resolución de la Presidenta de la EBAP de 11 de julio de 2009.

12.7. Las personas en situación de licencia por maternidad o paternidad, excedencia por maternidad o paternidad, o cuidado de familiares o de personas dependientes pueden asistir a las actividades formativas de la EBAP.

12.8. Las personas en situación de incapacidad temporal no pueden asistir a las actividades formativas de la EBAP. La incapacidad temporal se debe comunicar por escrito a la dirección electrónica <formaciogeneral@ebap.caib.es> o al número de fax 971 17 76 19, con el fin de cubrir, en su caso, la plaza vacante y no perder la situación de preferencia en la selección, de acuerdo con lo que establece el punto 7 de estas instrucciones.

12.9. Con respecto al punto anterior, se exceptúan los casos en que se presente un informe médico a la EBAP que justifique que el seguimiento de la actividad formativa es compatible con la incapacidad temporal.

12.10. El punto 12.8 no es de aplicación a las actividades formativas de la modalidad en línea, excepto si la persona interesada considera que no puede cumplir el programa previsto de objetivos y contenidos de la actividad. En este caso, lo deberá comunicar a la EBAP con el fin de cubrir, en su caso, la plaza vacante.

Punto 13. Supresión y modificación de actividades formativas. Resolución de casos especiales

13.1. La EBAP, para desarrollar mejor sus funciones, puede suprimir actividades formativas; organizar actividades no programadas con anterioridad por necesidades concretas; efectuar varias ediciones, y modificar, si es pertinente, los objetivos, los contenidos, la duración, las fechas y los requisitos anunciados para adaptarlos mejor a los requerimientos de la formación. De todo ello, la EBAP informará puntualmente.

13.2. Corresponde a la EBAP resolver las dudas o las incidencias que surjan sobre la aplicación de estas instrucciones, o sobre casos concretos no previstos o excepcionales.

13.3. Se podrán excluir de las actividades formativas los participantes que muestren comportamientos o actitudes irregulares, o que impidan el desarrollo normal de la formación. Estas actividades también se podrán modificar o suprimir. En cualquier caso, la EBAP elaborará el correspondiente informe justificativo.

Punto 14. Material didáctico de las actividades formativas

14.1. Como norma general, el material didáctico de las actividades formativas se publicará en el repositorio de material que existe en la página web <http://ebapenlinia.caib.es>. Solo tendrán acceso al material las personas admitidas a las actividades formativas.

14.2. En ningún caso, el material didáctico se enviará por correo electrónico. Transcurrido un mes desde la finalización de la actividad, el material didáctico se eliminará del repositorio.

Punto 15. Instrucciones para las actividades formativas de la modalidad en línea

15.1. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos dispongan, durante el desarrollo de las actividades, de un aparato con conexión a Internet que permita su seguimiento. En caso contrario, no se podrán realizar las actividades formativas en línea de la EBAP.

15.2. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos tengan una dirección electrónica que sea operativa, dado que todas las comunicaciones de la EBAP con los alumnos se harán por este medio.

15.3. Los alumnos admitidos de la modalidad en línea están obligados a acceder a la actividad formativa dentro de los tres primeros días de actividad docente. En caso contrario, serán dados de baja y perderán la situación de preferencia en la selección (punto 7), excepto si, con antelación, justifican que no podrán acceder. Las plazas que queden libres podrán ser ocupadas por personas de la lista de espera.

15.4. A efectos de descargar documentos, las actividades formativas de la modalidad en línea se cerrarán y se ocultarán en la plataforma virtual un mes después de haber acabado el periodo de docencia. En ningún caso, el material didáctico se enviará por correo electrónico.

15.5. En el momento de empezar las actividades formativas en línea, los alumnos admitidos recibirán unas instrucciones concretas sobre el funcionamiento y el desarrollo de la actividad, y sobre los requisitos mínimos para obtener los certificados de aprovechamiento.

15.6. Lo que no especifica este punto 15 sobre las actividades formativas en línea se regula con las instrucciones generales.

Punto 16. Certificados de asistencia o de aprovechamiento

Las actividades formativas objeto de esta convocatoria permiten obtener un certificado de asistencia o de aprovechamiento, según corresponda.

Certificado de asistencia

16.1. El certificado de asistencia se entregará a los alumnos que hayan asistido a un 80 % mínimo de horas lectivas. No se computarán las firmas que correspondan a los días en que los alumnos hayan estado en situación de incapacidad temporal.

16.2. La única forma de demostrar la asistencia a una actividad es mediante la firma. Por ello, los alumnos deberán firmar las hojas de control de entrada y de salida de cada una de las sesiones de que conste la actividad. En caso de que solo se firme la entrada y no la salida, o viceversa, se considerará que se ha asistido a la mitad de horas de la sesión.

16.3. La falsificación de la firma supone la pérdida del derecho a obtener ningún certificado y la exclusión de las actividades formativas de la EBAP durante un año. En cualquier caso, la firma debe coincidir con la del DNI o con la de la solicitud de inscripción. La penalización se extenderá a la persona autora de la falsificación, independientemente de todas las otras acciones conforme a derecho que se puedan llevar a cabo.

Certificado de aprovechamiento

16.4. Los alumnos que asistan a un 80 % mínimo de horas lectivas y que superen la evaluación obtendrán el certificado de aprovechamiento; en caso de no superar la evaluación, obtendrán el certificado de asistencia. Los conocimientos se evaluarán mediante pruebas escritas o trabajos, o mediante otras modalidades de evaluación relacionadas con el contenido de la actividad formativa.

16.5. Las actividades formativas de la modalidad en línea solo permiten obtener el certificado de aprovechamiento, que se entregará a los alumnos que cumplan los requisitos de evaluación que se especifiquen en las instrucciones de la actividad formativa.

Punto 17. Lista de personas con derecho al certificado de asistencia o de aprovechamiento. Envío del certificado y reclamaciones

17.1. En el plazo de un mes, a contar a partir de la fecha de cierre del expediente, la EBAP publicará en la página web <http://ebap.caib.es> la lista de personas participantes que tienen derecho al certificado de asistencia o de aprovechamiento.

17.2. La EBAP enviará por correo electrónico, con firma digital, los certificados de asistencia y de aprovechamiento.

17.3. Se podrán presentar reclamaciones a la lista de personas con derecho al certificado de asistencia o de aprovechamiento en el plazo de treinta días naturales, a contar a partir del día siguiente de haberse publicado. Una vez finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones, el expediente de la actividad formativa será definitivo.

Punto 18. Evaluación de la transferencia

La EBAP puede establecer los mecanismos necesarios para evaluar la transferencia de la formación al puesto de trabajo de los alumnos, al objeto de valorar la contribución de la formación a la mejora del cumplimiento individual y organizacional.

  

ANEXO 2

Materias que son objeto de las actividades formativas

A continuación se expone la lista de materias que se incluyen en las actividades del Plan de Formación para el Personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut) para el año 2016, distribuida según los organismos que intervienen en la elaboración del plan.

A propuesta del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-salut):

Curas paliativas.

Programa informático SAP Recursos Humanos.

Atención al público.

Gestión y desarrollo de recursos humanos.

Programa CIVITAS.

Aplicación ITIL en el sector sanitario.

Protección de datos de carácter personal.

Código de buenas prácticas en el uso de los sistemas de información y del tratamiento de datos de carácter personal.

Administración electrónica y Proyecto Cl@ve.

Sistema de Información Poblacional.

Infraestructura informática en el Ib-salut.

Tecnología y comunicación en el ámbito sanitario y el Ib-salut.

Módulo de gestión de expedientes de contratación de las administraciones públicas (GEXSAP).

Contratación pública en el Ib-salut.

Certificación energética.

      

A propuesta de la Consejería de Salud:

Protección radiológica.

Bioética.

Farmacovigilancia.

Implicaciones legales del especialista interno residente.

Técnicas de tutorización del especialista interno residente.

Comunicación con los pacientes y entrevista clínica.

Calidad y seguridad del paciente.

Deshabituación tabáquica para profesionales sanitarios.

Formación avanzada de profesionales que desarrollan el programa de obesidad en centros de atención primaria de salud.

PubMed y busca bibliográfica en la base de datos MEDLINE.

Bibliosalut para enfermería y para psicología.

    

A propuesta de la gerencia de Atención Primaria de Mallorca:

Enfermedades de transmisión alimenticia y educación sanitaria de las familias.

Uso de MEGACODE.

Soporte vital avanzado.

Soporte vital inmediato.

Sistema endocrino en pediatría.

Cirugía menor.

Enfermos con dependencia.

Tabaquismo.

Pie diabético.

Prescripción de ejercicio físico.

    

A propuesta de la gerencia del Hospital Universitario Son Espases:

Soporte vital avanzado.

Soporte vital avanzado en pediatría.

Soporte vital avanzado en pacientes con politraumatismo.

Reanimación cardiopulmonar en recién nacidos.

Soporte vital básico y DESA.

Agresiones en el ámbito sanitario.

Autoprotección y contención sanitaria.

Movilización de pacientes y de cargas en el ámbito sanitario.

Gestión de crisis y mediación sanitaria.

Atención centrada en el desarrollo y la familia.

Afrontamiento y gestión del duelo en pediatría. Duelo perinatal.

Dinámicas de grupo en salud mental y psiquiatría.

Úlceras por presión.

Seguridad clínica y prevención de la infección en el ámbito hospitalario.

Seguridad del paciente y mejora en la calidad de los cuidados.

Instrumentación quirúrgica avanzada: procedimientos en otorrinolaringología.

Instrumentación quirúrgica avanzada: procedimientos en cirugía de traumatología urgente.

Instrumentación quirúrgica avanzada: procedimientos de cirugía vascular.

Administración endovenosa al paciente crítico adulto y fármacos habituales.

Autoconciencia y gestión del estrés.

Instauración de catéter central por vía periférica (PICC).

Régimen jurídico del Ib-salut.

Contratación administrativa en el sector público.

Seguridad vial laboral en el ámbito sanitario.

Conducción segura y eficiente en el ámbito sanitario.

Gestión de residuos y medio ambiente en el ámbito sanitario.

Factores de riesgo ergonómico en el ámbito sanitario.

Accidentes de trabajo en el ámbito sanitario.

Prevención de riesgos laborales.

Equipos de protección individual en el ámbito sanitario.

Desarrollo personal y trabajo en equipo.

Contabilidad financiera con el programa SAP R3.

Programa informático de hoja de cálculo.

        

A propuesta de la Gerencia del Hospital Son Llàtzer:

Movilización de pacientes.

Procedimientos quirúrgicos.

Lactancia materna.

Reeducación neuromotriz en fisioterapia.

Canalización de vasos sanguíneos con ecógrafo.

Úlceras por presión.

Prevención de la infección nosocomial.

Vendajes e inmovilizaciones.

Agresiones en el ámbito sanitario.

Metodología enfermera y taxonomías NANDA, NOC y NIC.

Aspectos éticos en la atención al paciente de salud mental.

Comunicación científica.

Gestión del capital humano.

Inglés sanitario.

Alemán sanitario.

Investigación y experimentación básica.

Ventilación mecánica.

Trastornos somatomorfos.

Programa informático de hoja de cálculo.

Ofimática.

Estadística.

Atención al público.

    

A propuesta del Hospital Comarcal de Inca:

Soporte vital avanzado.

Actuación en urgencias y emergencias.

Metodología de la investigación.

Gestión y desarrollo de recursos humanos.

Inglés sanitario.

Liderazgo, dirección y trabajo en equipo.

Ofimática.

      

A propuesta de la gerencia del Hospital de Manacor:

Reanimación cardiopulmonar básica.

Reanimación cardiopulmonar avanzada.

Prevención de la infección intrahospitalaria.

Curas paliativas.

Lactancia materna.

Gestión de crisis.

Agresiones en el ámbito sanitario.

Mejora del trato con el paciente.

Prevención de riesgos laborales.

Alemán sanitario.

Inglés sanitario.

Apoyo psicoemocional en caso de enfermedad, muerte y duelo.

Actualización en neonatología.

Afrontamiento del estrés laboral.

Prevención del riesgo biológico en el ámbito sanitario. Inmunización.

Metodología, revisión y elaboración de artículos.

 

A propuesta de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 Mallorca:

Capnografía en el paciente crítico.

Atención al parto extrahospitalario.

Atención urgente extrahospitalaria al paciente pediátrico.

Simulación clínica avanzada.

Atención en intoxicación por drogas de diseño.

 

A propuesta del Área de Salud de Menorca:

Punción seca.

Reanimación cardiopulmonar en recién nacidos.

Reanimación cardiopulmonar avanzada.

Comunicación en la relación de ayuda.

Medicina integrativa.

Presentación eficaz en público.

Inglés sanitario para cuidados de enfermería.

Programa informático de hoja de cálculo.

Valoración y tratamiento del dolor agudo y crónico.

 

A propuesta de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 Menorca:

Capnografía en el paciente crítico.

Atención al parto extrahospitalario.

 

A propuesta del Hospital Can Misses:

Soporte vital básico y DESA.

Soporte vital avanzado.

Comunicación con los pacientes y entrevista clínica.

Metodología en educación para la salud y participación comunitaria.

Pruebas diagnósticas de laboratorio clínico.

Radiología en traumatología.

Trabajo en equipo en instituciones sanitarias.

 

A propuesta del Hospital de Formentera:

Soporte vital avanzado en pediatría.

Soporte vital avanzado en pacientes con politraumatismo.

 

A propuesta de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 Ibiza y Formentera:

Capnografía en el paciente crítico.

Atención al parto extrahospitalario.

Atención urgente extrahospitalaria al paciente pediátrico.