Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17376
Juicio de Faltas 132/2015
En virtud de lo acordado en el presente procedimiento, remito a V.E. la presente CERTIFICACION DE SENTENCIA para su inserción en el BOLETÍN OFICIOAL DE LA C.A.I.B.
S E N T E N C I A 173/2015
En PALMA DE MALLORCA a trece de Mayo de dos mil quince.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 132/2015, seguida por una falta de ESTAFA, una falta de AMENAZAS y una falta de MALTRATO DE OBRA contra MIRIAM BACALAO ESTEVEZ, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal, representado por D. Julio Cano.
F A L L O
DEBO CONDENAR Y CONDENO a MIRIAM BACALLAO ESTEVEZ, como autora responsable de una falta de ESTAFA a la pena de DOS MESES MULTA A RAZON DE SEIS EUROS DIARIOS, como autora responsable de una falta de AMENAZAS, A LA PENA DE VEINTE DIAS MULTA A RAZON DE SEIS EUROS DIARIOS y, como autora de una falta de MALTRATO DE OBRA, a la pena de VEINTE DIAS MULTA A RAZON DE SEIS EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.
Asimismo acuerdo PROHIBIR A MIRIAM BACALLAO ESTEVEZ, PARA QUE SE APROXIME A UNA DISTANCIA MÍNIMA DE 500 METROS DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL MERCADONA SITO EN LA CALLE PUIG DE SARAGOSSA Nº 1 DE PALMANOVA POR UN PERIODO DE SEIS MESES.
En caso de impago de la multa los mismos quedan sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a MIRIAM BACALLAO ESTEVEZ, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 23 de noviembre de 2015.
EL/LA SECRETARIO