Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
FUNDACIÓN PILAR Y JOAN MIRÓ A MALLORCA
Núm. 17765
Convocatoria y bases para la selección de la plaza de director-gerente de la Fundación Pilar i Joan Miró a Mallorca
En su sesión del 4 de setiembre de 2015 la Comisión de Gobierno de la Fundación Pilar i Joan Miró a Mallorca acordó:
1. Declarar desierto el proceso de selección para cubrir la plaza de director-gerente de la Fundación Pilar y Joan Miró en Mallorca.
2. Convocar un nuevo proceso selectivo de la plaza de director-gerente introduciendo las siguientes modificaciones a las bases publicadas en el BOIB núm. 152, de 17 de octubre de 2015:
a. Añadir a la base 4.1, “Requisitos”: “Los aspirantes a la plaza que no dispongan del documento acreditativo del dominio mínimo requerido de C1 de lengua catalana y/o C1 de la lengua inglesa podrán realizar una prueba específica de cada una de las lenguas. Esta prueba será valorada como apto o no apto sólo a efectos de esta convocatoria. Los candidatos que no puedan cumplir el requisito de lenguas o de cualquier de los otros requisitos exigidos en la base 4.1 serán excluidos del proceso de selección”.
b. En la base 6 “Presentación de solicitudes”, reducir el plazo de presentación de solicitudes a 10 días hábiles.
3. Los aspirantes del proceso selectivo declarado desierto que quieran presentarse al nuevo proceso selectivo sólo tendrán que presentar una solicitud en que manifiesten la disposición a realizar la prueba específica de la lengua o lenguas que no puedan acreditar documentalmente.
4. Notificar este acuerdo a los aspirantes del proceso selectivo declarado desierto.
Por eso y conforme a los artículos 20 i 21 de los Estatutos de la Fundación dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Publicar las bases de la convocatoria para cubrir la plaza de director/ra gerente de la Fundació Pilar i Joan Miró a Mallorca a los efectos de información pública al objeto de que durante el plazo de 10 días hábiles -el sábado se considera inhábil- a contar desde el día siguiente de la de la publicación de la convocatoria en el BOIB puedan presentarse los candidatos.
Las bases, el modelo de solicitud i toda la información relativa a esta convocatoria esta disponible en la página web de la Fundación http://miro.palma.es.
Palma, 9 de diciembre de 2015
El secretario
Antoni Pol Coll
CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE LA PLAZA DE DIRECTOR-GERENTE DE LA FUNDACIÓN PILAR I JOAN MIRÓ A MALLORCA
Base 1. Finalidades, funciones y actividades de la Fundación
Los Estatutos de la Fundación Pilar i Joan Miró a Mallorca fueron aprobados por el Patronato de esta Fundación en sesión del 5 de abril de 2011 y por el Pleno del Ayuntamiento en sesiones del 19 de abril y el 30 de junio de 2011, y publicados en el BOIB nº. 181, de 3 de diciembre de 2011. Su artículo 5 establece que “la Fundación tiene por objeto el fomento y la difusión del conocimiento artístico, facilitando la tarea creadora de futuro artistas, en íntima y constante colaboración con todos los sectores ciudadanos, superando los esquemas museísticos habituales con una realidad cardinal, dinámica, que explique vivencialment la estética del arte contemporáneo”.
Por otra parte, el artículo 6 enumera las siguientes funciones de la Fundación:
- Custodiar, conservar y administrar el fondo patrimonial, documental, bibliográfico y artístico propio de la Fundación.
- Custodiar y conservar los fondos que pueda acoger temporalmente como depósito o cesión temporal, con motivo de exposiciones u otros.
- Conservar el patrimonio arquitectónico que comprende el Edificio Moneo, el Taller Sert, Son Boter, la Casa de l’Amo de Son Boter, el Taller de Litografía y el denominado “Territori Miró”.
- Promover el arte y la cultura en todas sus manifestaciones.
- Difundir las actividades artísticas en el municipio de Palma acercándolas a nuestra comunidad y a la implicación de la sociedad civil.
- Impulsar la creación artística en todas sus manifestaciones.
- Optimizar el coste y el rendimiento de las actividades que se programen.
- Fomentar la creatividad, la reflexión, la investigación y la formación en todas las manifestaciones artísticas, con el fin de generar conocimiento, pensamiento y debate.
- Gestionar los espacios artísticos adscritos a esta Fundación (Edifici Moneo, Taller Sert, Son Boter, Casa del Amo de Son Boter, Taller de Litografía, Talleres Gráficos, jardines y otros del Territorio Miró) y los que se puedan adscribir a la misma en un futuro.
- Atraer y llegar a un público plural como clave de viabilidad y vitalidad y cohesión social.
- Comprometerse con la lengua catalana y nuestra realidad sociocultural, como también con el territorio y el medio ambiente.
Finalmente, el artº. 7 estipula que “para alcanzar los fines fundacionales la Fundación desarrolla las actividades que el Patronato considera necesarias directamente y/o en colaboración con otras entidades, instituciones o personas, de acuerdo con la normativa sobre fundaciones.” Según este artículo puede llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades:
- actuaciones destinadas a la conservación, la catalogación, la investigación y la difusión del fondo patrimonial y artístico
- actos y manifestaciones culturales, conferencias, publicaciones, exposiciones, muestras artísticas, seminarios, conciertos, cursos, lecturas poéticas o similares
- edición de catálogos, libros y otros tipos de publicaciones y ediciones en diferentes soportes
- concesión de premios, becas y estímulos para la creación artística
- actividades educativas: creación de experiencias y relatos que se generen en torno al Territorio Miró y de la contemporaneidad en general, buscando lazos y complicidades con movimientos sociales, otras instituciones, entidades y asociaciones
- impulso constante de los talleres gráficos y los talleres de creación dirigidos a artistas y creadores en general, en un equilibrio entre la memoria y la innovación, y estimulando la creación y el apoyo a jóvenes creadores
- generación de redes de actividades de reflexión en relación con los contenidos de las exposiciones y de las actividades educativas
Las actividades relacionadas con los fines fundacionales deben llevarse a cabo según las normas que las regulan específicamente y obteniendo, si procede, los permisos o licencias pertinentes.
El Patronato tiene libertad a la hora de determinar las actividades de la Fundación para alcanzar los objetivos o las finalidades mencionadas anteriormente.
Base 2. Atribuciones del director-gerente
El artículo 23 de dichos Estatutos establece que en el ámbito técnico corresponde al director-gerente:
a. Dirigir el funcionamiento ordinario de la Fundación para la consecución de los objetivos de la misma de conformidad con el presupuesto y programa de actividades aprobado por el Patronato y la Comisión de Gobierno.
b. Proponer a la Comisión de Gobierno el organigrama de personal.
c. Proponer la programación anual de las actividades de la Fundación.
d. Presentar la memoria anual de las actividades realizadas.
e. Impulsar y realizar la elaboración de bases de datos, libros, catálogos, guías didácticas y otros materiales relacionados con los fondos de la Fundación.
f. Velar por la proyección pública de las actividades de la Fundación y de impulsar toda clase de iniciativas que permitan la captación de recursos ajenos.
g. Ser el responsable último de la dirección de los recursos humanos y de la coordinación de los jefes de departamento y otros jefes de la Fundación, y velar, junto con el jefe del departamento de Administración para que los encargos, funciones y tareas asignadas al personal se ejecuten correctamente, así como el seguimiento de las bajas y absentismo laboral y, en su caso, ejercer las potestades disciplinarias ante las posibles infracciones que se cometan y proponer al órgano competente (presidenta o comisión de gobierno) la adopción de las sanciones y/o medidas que correspondan.
h. Hacerse cargo de todos los aspectos relacionados con la promoción de las actividades de la Fundación: elaboración de programas, relaciones con los medios de comunicación, publicidad, relaciones públicas...
i. Despachar la correspondencia y otros asuntos, si se le encargan.
j. Otras tareas que el Patronato, la Comisión de Gobierno o el/la president/ta le puedan encargar.
A continuación prevé que para llevar a cabo las funciones de carácter económico y administrativo le corresponde:
a. Formular las cuentas anuales confeccionadas a este efecto para presentar a la Comisión de Gobierno y someterlas a la aprobación definitiva de la Junta del Patronato (balance, cuenta de resultados y memoria económica junto con la memoria de actividades, liquidación del presupuesto e inventario).
b. Redactar y someter a la Comisión de Gobierno para la posterior aprobación definitiva de la Junta del Patronato el plan de actuación del ejercicio siguiente, junto con el correspondiente presupuesto de ingresos y gastos.
c. Gestionar y ejecutar el plan de actuación y el presupuesto aprobado por el Patronato siguiendo las directivas marcadas por la Comisión de Gobierno, dentro del límite que dispone la Junta del Patronato.
Base 3. Régimen de contratación e incompatibilidades
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca deberá suscribir un contrato de alta dirección, regulado por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto, con una duración de dos años y con la posibilidad de prórroga de dos años como máximo, salvo denuncia expresa por cualquiera de las dos partes formulada con un mes de antelación a la fecha de su vencimiento.
La retribución del director-gerente se establece en 48.593,44 €. Estará sometido al régimen establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Su dedicación a la Fundación será completa (40 horas semanales) y no podrá desarrollar otra actividad laboral, mercantil o vinculada al comercio del arte o coleccionismo privado. Excepcionalmente, se podrá aceptar su participación en algún proyecto externo a la Fundación, con la autorización de la Comisión de Gobierno.
Base 4. Requisitos y méritos de los candidatos
1. Los candidatos deben cumplir los requisitos siguientes:
a. Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea. En caso contrario, antes de subscribir el contracto deberá acreditar residencia legal y permiso de trabajo en las Islas Baleares.
b. Disponer de una titulación universitaria con el nivel de licenciatura o grado.
c. Tener una trayectoria y una experiencia significativa de dirección o gestión de museos, centros de arte o de espacios culturales.
d. Tener conocimientos sólidos en arte moderno y contemporáneo, y en gestión cultural.
e. Dominar las lenguas catalana (nivel mínimo requerido C1), castellana e inglesa (nivel mínimo requerido C1). Si no es español i procede de un país donde el idioma oficial no es el castellano debe aportar un título acreditativo del dominio de este idioma.
f. Proyecto de funcionamiento de la Fundación para los próximos dos años, que incluya los objetivos a alcanzar, las líneas básicas de actuación, los criterios de trabajo y otra planificación que se considere adecuado proponer.
Los aspirantes a la plaza que no dispongan del documento acreditativo del dominio mínimo requerido de C1 de lengua catalana y/o C1 de la lengua inglesa podrán realizar una prueba específica de cada una de las lenguas. Esta prueba será valorada como apto o no apto sólo a efectos de esta convocatoria. Los candidatos que no puedan cumplir el requisito de lenguas o de cualquier de los otros requisitos exigidos en la base 4.1 serán excluidos del proceso de selección.
2. Se valorarán los méritos siguientes:
a. Licenciatura o grado en historia del arte.
b. Cursos de posgrado o master en gestión cultural, de patrimonio y museología.
c. Experiencia en gestión de colecciones artísticas.
d. Capacidad para desarrollar redes de relaciones, tanto nacionales como internacionales, que propicien la colaboración con centros de arte, espacios de creación, y/o organismos culturales para la organización conjunta de proyectos y actividades.
e. Conocimientos y vinculación con el mundo de la cultura y el arte en las Islas Baleares.
f. Experiencia en la elaboración de planes de actuación, presupuestos y gestión de proyectos culturales.
g. Conocimiento suficiente de los agentes económicos susceptibles de aportar recursos financieros, humanos y culturales a la Fundación, así como capacidad para desarrollar programas que incentiven el patrocinio.
h. Dotes de liderazgo y capacidad de motivar al equipo de trabajo.
i. Capacidad para dirigir la gestión económica, contable y administrativa de la Fundación, así como para estimular y coordinar iniciativas vinculadas al incremento de recursos propios y al desarrollo de programas y proyectos de mecenazgo y patrocinio.
j. Capacidad para representar la Fundación en todas las funciones que le deleguen los órganos de gobierno de la Fundación.
k. Publicaciones y aportaciones al análisis de la gestión cultural y artística en el ámbito de la cultura contemporánea.
Base 5. Presentación de candidaturas
Los candidatos deberán aportar la siguiente documentación:
a. Documento acreditativo de la identidad y la nacionalidad, así como, si procede, los oportunos permisos de residencia y de trabajo.
b. Currículum con los documentos acreditativos de los requisitos y méritos establecidos en la base 4 que se han alegado, con el mismo orden que los señalados en el CV (especialmente títulos académicos, lenguas requeridas y certificados acreditativos de la experiencia profesional).
c. Proyecto de funcionamiento de la Fundación que se propone para los próximos dos años, que incluya los objetivos a alcanzar, las líneas básicas de actuación, los criterios de trabajo y otra planificación que se considere adecuado proponer, con una extensión máxima de 10 hojas (20 páginas), letra calibrí, interlineado sencillo, cuerpo de letra 12 y márgenes de 2,5 cm.
Si la documentación se presenta en un idioma diferente al catalán o castellano deberá acompañarse de una traducción efectuada por traductor jurado.
Base 6. Presentación de solicitudes
Los aspirantes deberán presentar el modelo de la solicitud normalizado por duplicado disponible en la página web de la Fundación (http://miro.palma.es) para que el interesado se quede una copia sellada de la solicitud presentada, junto con la documentación original o fotocopia compulsada de la base 5, en un sobre cerrado en el cual se indique: “Concurso para la contratación del director gerente de la Fundación Pilar i Joan Miró a Mallorca” en el plazo de 10 días hábiles -el sábado se considera inhábil- contados desde el día siguiente a aquél en que se publique esta convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), en horario del lunes al viernes, de 9 a 14 h, en:
Fundación Pilar i Joan Miró a Mallorca – Departamento de Administración –
C. de Saridakis, 29
07015 Palma (Islas Baleares)
Si el último día de presentación es festivo o inhábil se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
La solicitud y la documentación también se podrán presentar mediante correo certificado, justificando la fecha mediante el sello de la oficina de Correos o cualquiera de las otras formas previstas por el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son responsabilidad exclusiva de los interesados las gestiones necesarias para que la Fundación reciba la documentación libre de cargas.
No presentar las solicitudes en el tiempo y la forma establecidos determinará que no se admita al aspirante.
Los aspirantes del proceso selectivo declarado desierto por la Comisión de Gobierno de la Fundació Pilar i Joan Miró a Mallorca del pasado 4 de diciembre, que quieran presentarse al nuevo proceso selectivo sólo tendrán que presentar una solicitud en que manifiesten la disposición a realizar la prueba específica de la lengua o lenguas que no puedan acreditar documentalmente.
Base 7. Proceso de selección
La selección del candidato estará a cargo de una comisión integrada por expertos en la materia y representantes del Patronato de la Fundación.
La composición de la comisión de selección se hará pública antes de que concluya el plazo de presentación de candidaturas.
Una vez que haya examinado la documentación, el proyecto de funcionamiento presentado y la acreditación y justificación de los requisitos y méritos alegados, la Comisión podrá convocar a los candidatos para que expongan el proyecto y respondan a las preguntas que los formule para poder valorar la candidatura.
La comisión queda autorizada para resolver las dudas que se puedan presentar y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo aquello que no prevén estas bases.
Una vez finalizado el proceso de selección la comisión elaborará una propuesta de la persona seleccionada para ocupar la dirección/gerencia a la Comisión de Gobierno de la Fundación, la cual propondrá al presidente su nombramiento, que la Junta del Patronato de la Fundación deberá ratificar.
La decisión final del Patronato será inapelable.
La convocatoria se podrá declarar desierta si se considera que ninguna de las personas presentadas se adecua al perfil exigido o no cumple los requisitos del cargo.
Cuando haya finalizado el proceso de selección los aspirantes podrán retirar los documentos acreditativos de los méritos presentados en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente que se nombre el candidato seleccionado.
Base 8. Confidencialidad
Se garantiza la confidencialidad de la participación de las personas que tomen parte en este proceso de selección, así como de todos sus datos personales y profesionales. Sólo se hará público el nombre del candidato que resulte designado para ocupar la dirección del centro.
Base 9. Principio de igualdad
En la web de la Fundación (http://miro.palma.es) se puede consultar toda la información respecto de esta convocatoria y el proceso de selección previsto se rige por los principios de igualdad de tratamiento y de oportunidades y no discriminación recogidos a la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad