Sección I. Disposiciones generales
MANCOMUNIDAD DE ES RAIGUER
Núm. 17744
Aprobación definitiva expediente MC 01/2015. Mancomunitat des Raiguer
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haber presentado alegaciones durante el periodo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de pleno de fecha 13 de noviembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 01/2015, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos:
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
---|---|---|---|
Progr. |
Económica |
|
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912 |
10000 |
Órganos de gobierno. Retribuciones básicas. Presidenta |
1.648,55 € |
211 |
16000 |
Pensiones. Cuotas Sociales |
520,10 € |
|
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TOTAL DESPESES |
2.168,65 € |
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los términos siguientes:
Bajas o anulaciones en concepto de ingresos
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
---|---|---|---|
Progr. |
Económica |
|
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912 |
23000 |
Órganos de gobierno. Dietas de cargos electivos |
2.168,65 € |
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TOTAL INGRESSOS |
2.168,65 € |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 171 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados pueden interponer directamente un recurso contencioso administrativo en la forma y los periodos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo que establece el artículo 171.3 del Texto refundido de la Ley reguladora de les haciendas locales, la interposición de este recurso no suspende por sí solo la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Binissalem, 10 de diciembre de 2015.
La Presidenta,
Catalina Siquier Capó