Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 17727
Resolución de la directora gerente del Sector Sanitario de Llevant de 3 de diciembre de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de libre designación, un puesto de Supervisor/a de Unidad de del Hospital de Manacor

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

Dado que está vacante el puesto de trabajo de Supervisor/a de Unidad,  correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital de Manacor, es necesario publicar una convocatoria para cubrirlo.

Fundamentos de derecho

1. Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.

2. Punto 4.c de la Resolución del consejero de Salud y Consumo de 9 de abril de 2008 (BOIB n.º 48/2008, de 10 de abril) de delegación de competencias en materia de personal estatutario.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Aprobar la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Supervisor/a de la Unidad de la plantilla autorizada del Hospital de Manacor, de acuerdo con las bases que se publican en el anexo 1 de esta resolución.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-admi-nistrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Manacor, 3 de diciembre de 2015

 

La directora gerente del Sector Sanitario de Llevant

Por delegación de la consejera de Interior (BOIB 60/2008)

y del director general del Servicio de Salud (BOIB 62/2008)

Catalina Vadell Nadal

  

 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria.

1.- Puesto de trabajo convocado.

La denominación del puesto de trabajo convocado es Supervisor/a de Unidad.

2.- Características generales.

2.1. El régimen jurídico del puesto de trabajo objeto de la convocatoria es el que se establece en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y las demás disposiciones que le sean aplicables.

2.2. Este puesto de trabajo está establecido como de libre designación dentro de la plantilla autorizada del Hospital de Manacor, y depende –orgánicamente y funcionalmente- de la Dirección de Enfermería del Hospital de Manacor.

2.3. Debe desempeñar las funciones propias de una Supervisión de Unidad, tanto de Gestión y organizativas, como las asistenciales. Entre ellas:

a) Organizar, planificar y dirigir su Unidad de acuerdo con las líneas de Trabajo definidas por la Dirección de Cuidados Asistenciales.

b) Organizar y coordinar la distribución de los cuidados de Enfermería dentro del Equipo

c) Dar a conocer a los profesionales de su Unidad, las normas de calidad de Enfermería

d) Son los encargados de impulsar, coordinar y controlar que todas las actuaciones llevadas a término en su Unidad, sigan las directrices establecidas  sobre Prevención de Riesgos Laborales, garantizando la Seguridad y salud de los componentes de la Unidad y de las personas que la visiten.

e) Mantener una comunicación eficaz y periódica con la Dirección de Enfermería, informándola de la problemática y situación de la Unidad.

f) Planificar y gestionar los recursos humanos asignados a su Unidad en constante comunicación y coordinación con el departamento de Recursos Humanos, con tal de garantizar la utilización óptima de recursos.

g) Planificar el uso y distribución de los recursos materiales, realizando los pedidos necesarios para el funcionamiento óptimo y eficaz de la Unidad.

h) Revisar la dotación de material, y stocks de  Farmacia, aprobando las reposiciones de todos ellos, y proponiendo modificación de inventarios cuando sea necesario.

Además de las funciones asistenciales:

i) Coordinar y evaluar el seguimiento y cumplimentación de los planes de cuidados de enfermería, procedimientos de la Unidad y de la Organización.

j) Preservar la intimidad, bienestar, seguridad del paciente y familia, y la confidencialidad de todos sus datos.

k) Mantener la comunicación con el equipo multidisciplinario de la Unidad, y la Comunidad, con tal de garantizar  la continuidad de los cuidados asistenciales.

2.4. El personal que obtenga el puesto de Supervisor/a de Unidad en virtud de esta convocatoria no podrá compatibilizar el ejercicio de puesto de trabajo con un segundo trabajo, cargo o actividad en el sector público, excepto los supuestos excepcionales que prevé la normativa vigente en esta materia.

3.- Requisitos de los aspirantes:

3.1 - Requisitos generales:

Los aspirantes han de cumplir los requisitos generales establecidos en el artículo 30.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

3.2 - Requisitos específicos:

a) Podrán participar en esta convocatoria los diplomados universitarios en enfermería (DUE) y/o ayudantes técnicos sanitarios (ATS) con nombramiento como personal estatutario fijo, que ocupen una plaza en la categoría en la cual participan, así como los profesionales con nombramiento como funcionario de carrera o laboral fijo, que presten servicios en hospitales de titularidad pública en la categoría de la plaza que se convoca.

3.3 - Acreditación de los requisitos

Los requisitos se han de cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el nombramiento. La acreditación se hará en el momento de la presentación de la solicitud.

3.4 - Otros aspectos que se valorarán:

a) Formación y experiencia en la asistencia enfermera al paciente crítico:

Conocimientos y experiencia en terapias intensivas: ventilación mecánica, monitorización hemodinámica, atención al paciente portador de marcapaso, perfusiones de fármacos específicos, terapias renales continuas.

b) Conocimientos y experiencia en la actuación durante una parada cardiorespiratoria.

Capacidad y conocimientos para gestionar el modelo de registro de la historia enfermera informatizada (preferentemente "sistema *PICIS")

c) Capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.

d) Conocimientos en tecnología de la información.

e) Capacidad de gestión de los recursos materiales críticos, específicos de la unidad de Cuidados intensivos.

f) Capacidad de gestión de recursos humanos; capacidad de formar personal de nueva incorporación a la Unidad de Cuidados intensivos.

4.- Solicitudes:

4.1. Las personas interesadas en participar en esta convocatoria han de presentar la solicitud que figura como anexo 2 de esta Resolución.

4.2. La solicitud, dirigida  a la Dirección Gerencia del Hospital de Manacor, debe formalizarse en el Registro del Hospital de Manacor, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en los tablones de anuncios del Área de Salud de Mallorca. También pueden presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3. La consignación de datos falsos en la solicitud, o en la documentación aportada por los aspirantes, supondrá la perdida del puesto de trabajo además de las medidas legales que corresponda aplicar.

4.4. La dirección postal y teléfono de contacto designado en la solicitud por los aspirantes se entenderá como el legalmente válido a todos los efectos y en especial a los derivados de las notificaciones relativas a la presente convocatoria.

5.- Documentación

5.1 Juntamente con la solicitud los aspirantes deberán aportar los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte, (cuando no sea personal del Hospital Manacor).

b)  Fotocopia compulsada del título correspondiente al puesto al cual se opta (cuando no sea personal del Hospital Manacor).

c) Currículum profesional del candidato. Deben constar como mínimo los siguientes apartados:

o Formación universitaria.

o Formación especializada.

o Experiencia profesional.

o Otras actividades.

5.2. La acreditación de los méritos alegados por los aspirantes como formación y como experiencia profesional, deberá efectuarse en todo caso mediante documentos originales (títulos, diplomas, contratos de trabajo, nóminas, vida laboral expedida por el INSS, ...), o fotocopia compulsada.

5.3. En relación a los trabajos y a las publicaciones científicas, se puede aportar una fotocopia en la que se especifique la reseña de la publicación o la certificación acreditativa del centro o de la institución organizadora si se trata de aportaciones a reuniones científicas que no se han publicado.

5.4. La Gerencia del Hospital Manacor-podrá requerir a los aspirantes cualquier aclaración en referencia a la documentación presentada, y éstos estarán obligados a presentarlas. En el caso de que el requerimiento no sea atendido no se valorará el mérito correspondiente.

5.5. La Gerencia del Hospital Manacor solo podrá valorar o solicitar aclaraciones sobre méritos alegados por los aspirantes juntamente con la instancia.

5.6.  En cuanto a los méritos alegados, se valorarán los realizados hasta el día de la publicación de esta resolución.

6.- Admisión de solicitudes

6.1.  Al acabar el plazo de presentación de solicitudes, las listas provisionales de los aspirantes admitidos y excluidos se publicarán en los tablones de anuncios y la intranet del Hospital Manacor. En la lista de aspirantes excluidos constarán las causas de exclusión.

6.2. Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las listas para corregir en su caso los defectos apreciados.

6.3. La lista de reclamaciones aceptadas y denegadas se publicarán juntamente con la resolución que apruebe la lista definitiva, la cual seguirá un proceso idéntico de publicación que la lista provisional.

7.- Resolución de la convocatoria.

7.1. La Directora Gerente del Hospital de Manacor dictará una resolución con la adjudicación de la plaza al profesional seleccionado. Dicha resolución será publicada de igual forma que la convocatoria

7.2. Si el profesional es personal fijo del Hospital Manacor tendrá derecho a la reserva de la plaza básica de su categoría, de tal manera que el nombramiento no generará vacante en la plaza que el interesado ocupa con anterioridad, y por este motivo la citada plaza no podrá ser objeto de provisión definitiva ni temporal.

7.3. Si el profesional designado es personal estatuario fijo en un centro del Servei de Salut, podrá pasar a ocupar el puesto de Supervisor, previa comisión de servicios en una plaza de la categoría y especialidad correspondiente.

7.4. Si el profesional designado es personal funcionario de carrera o personal laboral fijo, ocupará únicamente la Supervisión convocada, por lo que su plaza quedará en la situación que declare el centro o la Administración de origen.

7.5. La Supervisión de Unidad, convocada para su provisión mediante el sistema de libre designación, podrá ser declarada desierta cuando se considere que no concurren aspirantes idóneos para su desempeño.

8.- Cese

El profesional nombrado para el puesto de Supervisor/a de Unidad, de acuerdo con esta convocatoria, podrá ser cesado discrecionalmente por la autoridad que acordó su nombramiento.

9.- Recursos

La presente convocatoria y cuantos actos sean dictados en su ejecución, podrán ser impugnados por los interesados mediante la interposición de un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta o un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

 

 

ANEXO II. MODELO DE SOLICITUD

1. DATOS PERSONALES

DNI/NIE: ________________________

APELLIDOS/NOMBRE: ___________________________________________________

FECHA DE NACIMIENTO: ________________________

NACIONALIDAD: _______________________

TELEFONO: ________________________

DOMICILIO: __________________________________________________

MUNICIPIO:________________________ CÓDIGO POSTAL : __________________

2. DATOS LABORALES

CATEGORÍA/ESPECIALIDAD: _________________________

RÉGIMEN JURÍDICO: (Estatutario, Funcionario o Laboral):

CENTRO EN EL QUE PRESTA SERVICIOS:

LOCALIDAD Y PROVINCIA:

Expongo:

Que reúno todos los requisitos que se exigen para participar en la convocatoria.

Solicito:

Que sea admitida esta solicitud para optar al puesto de Supervisor de Unidad,  por lo que adjunto los documentos que se piden en las bases de la convocatoria.

En Manacor,   a ___________   de __________________  de ______________

Firma

GERENCIA HOSPITAL DE MANACOR