Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE INCA
Núm. 10232
Procedimiento ordinario 270/2012 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado en fecha 12/5/2014 la sentencia del tenor literal siguiente:
SENTENCIA: 00087/2014
En Inca, a 12 de mayo de 2014.
Vistos por la Sra. D.ª Ana Mª Sánchez Macías, Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de los de Inca, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 270/2012, seguidos en este Juzgado a instancia de la mercantil Grupo Leche Pascual, S.A., representada por la Procuradora D.ª Samantha Meade-Newman Whittington y asistida por el Letrado D. Pau Donat i Balcells, contra la sociedad Out Door Mallorca, S.L., declarada en rebeldía, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.
(…)
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda formulada por la Procuradora D.ª Samantha Meade-Newman Whittington, en nombre y representación de la mercantil Grupo Leche Pascual, S.A., contra la sociedad Out Door Mallorca, declaro resuelto el contrato celebrado por las partes en fecha 9 de febrero de 2005, por incumplimiento contractual imputable a la referida demandada, condenando a ésta a abonar a la parte actora el importe de 18.426,74 euros, más los intereses moratorios determinados en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Les Illes Balears, en el término de VEINTE DÍAS, contados desde el siguiente hábil a la fecha de su notificación, debiéndose depositar, conforme a la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso, en la cuenta de este Juzgado, la cantidad de 50 euros.
Y como consecuencia del ignorado paradero de OUT DOOR MALLORCA, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En INCA, a 28 de noviembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL