Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 17627
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Ibiza de corrección de error material detectado en la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas para el otorgamiento de la carta de artesano, la carta de maestro artesano y el documento de calificación artesanal
El Pleno del Consejo Insular de Ibiza, en sesión ordinaria de día 27 de noviembre de 2015, aprobó por unanimidad (12) la propuesta de corrección de error material detectado en la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas para el otorgamiento de la carta de artesano, carta de maestro artesano y documento de calificación artesanal, en los términos siguientes:
“(…)
PRIMERO. Subsanar el error material detectado en la propuesta y, allá donde dice:
"CUARTO: Publicar en el BOIB el texto íntegro de la ordenanza, que entrará en vigor a los 20 días de su aprobación".
debe decir:
"CUARTO: Publicar en el BOIB el texto íntegro de la ordenanza, que entrará en vigor a los 20 días de su publicación".
SEGUNDO. Subsanar el error material detectado en la disposición final única de la ordenanza y, allá donde dice:
"La presente ordenanza fiscal entrará en vigor el día siguiente a aquel en el que se haya publicado en el BOIB el texto íntegro de la ordenanza en su redacción definitiva y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa".
debe decir:
"La presente ordenanza fiscal entrará en vigor a los veinte días de la publicación en el BOIB del texto íntegro de la ordenanza en su redacción definitiva y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa".
Ibiza, 3 de diciembre de 2015
El secretario técnico de Economía, Hacienda, Industria y Comercio
Sergio Sora Pascual