Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 17531
Anuncio de información pública de los pliegos de condiciones y convocatoria simultanea de licitación del servicio complementario de control y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipalesy equipos deportivos adscritos al Patronat municipal d'esports del Ayuntamiento de Manacor
Por acuerdo del Consejo de Administración del Patronato Municipal de Deportes de 02/12/2015 se ha aprobado el expediente de contratación que es objeto de este anuncio. De conformidad con este y los efectos previstos en el artículo 188 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, los pliegos de condiciones reguladores de esta contratación se exponen al público durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOIB, para que puedan presentarse reclamaciones con carácter simultáneo a la apertura del procedimiento de licitación.
1. Entidad adjudicadora
a) Organismo: Patronato municipal de deportes de Ayuntamiento de Manacor.
b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación
c) Resolución que aprueba el expediente: acuerdo de 02/12/2015 del Consejo de Administración del Patronato municipal de Deportes
2. Objeto del contrato
a) Descripción: servicio complementario de control y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales y equipos deportivos adscritos al Patronato municipal de deportes
b) Plazo de ejecución: 2 años, pudiéndose prorrogar 2 años más
c) Exp. núm .: 42/2015
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Forma: selección en función de varios criterios
4. Gasto máximo anual
38.112 euros, más el 21% de IVA como partida independiente (€ 8.003,52). Coste total anual para la Administración: 46.115,52 euros IVA incluido. En función del precio unitario de precio por hora de servicio: 15,88 euros sin IVA; 19,21 euros IVA incluido.
Valor estimado del contrato: 155.496,96 euros sin IVA
5. Garantías: Definitiva: 5% del precio de adjudicación.
6. Presentación de las ofertas
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BOIB, de 9 a 14 horas, si el último día fuera inhábil o sábado se prorrogará hasta el primer día hábil.
b) Documentación a presentar: la indicada en la cláusula 15 del pliego de cláusulas administrativas.
c) Lugar de presentación:
1º. Entidad: Registro de entrada del Ayuntamiento de Manacor
2º. Domicilio: plaza Convento, 1
3º. Localidad y código postal: Manacor 07500.
4º. Teléfono: 971849100. Fax: 971 849 133
7. Apertura de las ofertas
La apertura del sobre B tendrá lugar el séptimo día natural, a las 12 horas en el edificio administrativo (2º piso, Ayuntamiento nuevo) a contar desde la apertura de la documentación administrativa. Si fuera inhábil o sábado se prorrogará al día hábil siguiente.
8.Criterios de adjudicación
Los que constan en la cláusula 18 del pliego de cláusulas administrativas:
Criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas: hasta 50 puntos.
1- Por rebaja del precio unitario máximo indicado en el pliego: de 0 a 45 puntos.
2- Bolsa de horas de servicio anuales durante toda la duración del contrato y de las posibles prórrogas. Se valorará la oferta de horas a disposición del Patronato sin coste añadido por éste para la prestación del servicio objeto de contratación. Las horas ofertadas serán deducidas anualmente de las primeras facturas presentadas por el contratista; se establece un máximo de 50 horas anuales. Hasta un máximo de 5 puntos
9. Acreditación de la solvencia económica financiera y técnica
Los que constan en la cláusula 19, apartado c) del PCA:
c) Acreditación de la solvencia podrá ser acreditada indistintamente mediante:
A) La clasificación en el registro de contratistas de servicios en el grupo L y subgrupo 6 (servicios de portería, control de accesos y información al público) y categoría 1.
Acreditará mediante la presentación del certificado de clasificación expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Si la empresa se hallase pendiente de clasificación, deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la solicitud correspondiente para obtenerlo. Sin embargo, posteriormente debe justificar que ha obtenido la clasificación exigida en el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la documentación a que se hace referencia en este Pliego.
El certificado de clasificación debe ir acompañado en todo caso de una declaración responsable, en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han experimentado variación.
No obstante, con respecto a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea sólo acreditarán solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional establecidos en la cláusula 12 de este pliego.
B) Los siguientes requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional por cualquiera de los medios siguientes:
La solvencia económica y financiera se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
- Volumen anual de negocios de los servicios o trabajos realizados por la empresa disponibles en función a la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario, o bien volumen anual de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al El objeto del contrato en los tres últimos ejercicios concluidos. Será requisito mínimo de solvencia: que el año del mayor volumen de negocios en el curso de los últimos 3 años concluidos, debe ser al menos de una vez y media el valor estimado del contrato cuando el contrato no sea de una duración superior a 1 año, y al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato si la duración del contrato es superior a 1 año, o con una cuantía media de los tres años que debe ser como mínimo de una vez y media el valor estimado del contrato cuando el contrato no sea de una duración superior a 1 año, y al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato si la duración del contrato es superior a 1 año. Si como consecuencia de la fecha de creación de la empresa, no se puede acreditar una cifra de negocios en la totalidad de los períodos exigidos, al menos deberá aportar un ejercicio cerrado. Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil o en el registro oficial que corresponda. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios a través de sus libros de inventarios y cuentas anuales debidamente legalizados por el registro mercantil.
- Patrimonio neto, o ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que está vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.
Será requisito mínimo de solvencia, acreditar que dispone de unos fondos propios (patrimonio neto) que sean de al menos el 20% del importe del contrato (financiero). Acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil o en el registro oficial que corresponda. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su patrimonio neto, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales debidamente legalizados por el registro mercantil.
La solvencia técnica se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
- Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por estos o a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador. Los certificados y/o la declaración deben acreditar que el licitador ha ejecutado durante cualquiera de los últimos cinco años servicios similares al que son objeto de esta licitación, avalados por certificados de buena ejecución. A efectos de determinar la coincidencia entre los servicios acreditados y los que son objeto del contrato, cuando exista clasificación a aplicable a este contrato se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen los servicios objeto de este contrato y los que acredita el licitador, entendiendo que las prestaciones serán coincidentes si los servicios acreditados pertenecen al grupo y subgrupo que se indica en el sub-apartado A) de este apartado. Cuando no exista clasificación aplicable a este contrato, se entenderá que las prestaciones son coincidentes cuando coincidan los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. A estos efectos los certificados indicarán el beneficiario del servicio especificando si es entidad del sector público o un sujeto privado, las fechas en que ha prestado los servicios, y el importe de los mismos.
No se admitirán los acuerdos de adjudicación ni el documento de formalización del contrato como documentos que acrediten la ejecución de servicios prestados.
Será requisito mínimo de solvencia haber ejecutado servicios respecto a los cuales:
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato.
Manacor, 2 de diciembre de 2015
El presidente del Patronato de Deportes
Pedro Rosselló Cerdá