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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 17649
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de diciembre de 2015 de designación de los representantes del Gobierno de las Illes Balears en la Comisión Técnica Interinsular

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Texto

La futura ley de consejos insulares a la que se refiere el artículo 68 de la norma institucional autonómica será la disposición legal que determinará, además de las reglas de funcionamiento y del régimen jurídico de estas instituciones, el marco general de sus funciones y competencias, y, en consecuencia, el procedimiento ordinario para articular la transferencia o la delegación de competencias que prevé el artículo 71 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EAIB).

Mientras tanto, hasta que no se promulgue una nueva ley de consejos insulares adaptada al Estatuto reformado en el 2007, el procedimiento para formalizar la transferencia o la delegación de competencias en las materias a las que alude el artículo 71 del EAIB tiene que ser el establecido en los apartados 2, 3 y 4 de la disposición transitoria sexta de la norma autonómica.

El apartado 2 de la disposición transitoria sexta del actual EAIB prevé el nombramiento, a propuesta de la Comunidad Autónoma, conforme a una ley del Parlamento, de la denominada Comisión Técnica Interinsular, que tiene la composición que determina el apartado 3 de la citada disposición.

Esta ley del Parlamento, sin perjuicio de que el legislador autonómico pueda abordar de nuevo la regulación de la Comisión Técnica Interinsular, si así lo decide, se entenderá que es la vigente Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares (artículos 49 a 51 del capítulo IV del título IV), dado que los preceptos que regulan hoy la Comisión Técnica Interinsular no se oponen a las actuales previsiones estatutarias que contiene la disposición transitoria sexta ni las contradicen.

El apartado tercero de la disposición transitoria sexta del EAIB determina la composición de la Comisión Técnica Interinsular, que estará formada por veinte vocales, cuatro de ellos designados por el Gobierno de las Illes Balears y cuatro por cada uno de los consejos insulares de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera.

De esta manera, tras la reforma de la norma institucional autonómica, se amplía hasta veinte, con la incorporación de cuatro nuevos vocales en representación del Consejo Insular de Formentera, el número total de miembros que integran este órgano colegiado de naturaleza estatutaria, una de cuyas atribuciones, conforme a lo establecido en la disposición transitoria sexta, es la formulación de una propuesta al Parlamento de las Illes Balears de translación a los consejos insulares, a través de técnicas de transferencia o delegación, de la titularidad o el ejercicio de las competencias que, de acuerdo con el Estatuto, corresponden al Gobierno de las Illes Balears y que, en principio, son atribuidas a este ámbito institucional.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de septiembre de 2011, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2012, fueron designados los vocales, titulares y suplentes, que, en representación del Gobierno de las Illes Balears, tenían que formar parte de la Comisión Técnica Interinsular.

En este momento, tras los últimos comicios autonómicos, la nueva composición del Gobierno y la nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma que prevé el Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, así como lo preceptuado en el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, hacen necesario dejar sin efecto los acuerdos anteriormente citados y dictar otro nuevo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Presidencia, en la sesión del día 4 de diciembre de 2015 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Designar vocales titulares y suplentes de la Comisión Técnica Interinsular en representación del Gobierno de las Illes Balears a las siguientes personas:

  • Titular: Gabriel Barceló i Milta, vicepresidente y consejero de Innovación, Investigación y Turismo
  • Suplente: Josep Mallol Vicens, secretario general de la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo
  • Titular: Marc Pons i Pons, consejero de Presidencia
  • Suplente: Beatriz Gamundí Molina, directora general de Relaciones con el Parlamento
  • Titular: Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
  • Suplente: Joan Carrió Vidal, director general de Presupuestos y Financiación
  • Titular: Vicenç Vidal i Matas, consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca
  • Suplente: Joana Maria Garau Muntaner, directora general de Recursos Hídricos

Segundo. Dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de septiembre de 2011 mediante el que se designa a los vocales, titulares y suplentes, que tienen que formar parte de la Comisión Técnica Interinsular, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2012.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto. Disponer que el presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

 

Palma, 4 de diciembre de 2015

El secretario del Consejo de Gobierno
Marc Pons i Pons