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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

Núm. 17536
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito nº 3/2015: suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado mediante remanente líquido de tesorería

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Texto

Aprobación definitiva expediente modificación de crédito nº 3/2015: suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado mediante remanente líquido de tesorería.

En cumplimiento del que se dispone por el artículo 169, por remisión del 177.2 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de fecha 6 de noviembre de 2015, sobre el expediente nº 3/2015 de modificación del presupuesto de gastos por suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado mediante remanente líquido de tesorería, que se hace público con el siguiente detalle:

Las modificaciones que se acuerdan son las siguientes:

Suplemento de crédito:

APLIC.PPT.

EXPRESIÓN

PREV.ANT.

MODIF.

PREV.DEF.

920.22708

Servicios recaudación

45.000,00

35.000,00

80.000,00

920.20200

Alquileres

3.600,00

2.000,00

5.600,00

TOTALES

48.600,00

37.000,00

85.600,00

 

Crédito extraordinario:

ALIC.PPT.

EXPRESIÓN

PREV.ANT.

MODIF.

PREV.DEF.

332.13000

Retribuciones personal laboral fijo

0,00

2.093,35

2.093,35

332.16000

Seg. Social personal laboral fijo

0,00

705,45

705,45

150.22699

Otros gastos, indemnización responsabilidad patrimonial

0,00

182.000,00

182.000,00

TOTALS

0,00

184.798,80

184.798,80

Respecto al estado de ingresos, los conceptos del Presupuesto de ingresos quedaran de la siguiente manera:

Por remanente de tesorería líquida del ejercicio 2014:

CONCEPTO

EXPRESIÓN

PREVISIÓN ANTERIOR

MAYORES INGRESOS

PREVISIÓN DEFINITIVA

87000

REMANENTE  TESORERIA

453.447,95

221.798,80

675.246,75

TOTALES

453.447,95

221.798,80

675.246,75

Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Deià, a 1 de diciembre de 2015.

 

La Alcaldesa,

Magdalena López Vallespir